Los jueces españoles en su papel de jueces comunitarios: el intercambio de cuotas pesqueras en el Golfo de Vizcaya y el principio de estabilidad relativa en las sentencias del Tribunal de Luxemburgo, de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo.

Palabras clave
Unión Europea
Pesca
Principio de estabilidad relativa
Intercambio de cuotas pesqueras
Anchoa
Golfo de Vizcaya
Acuerdo de Arcachon
Anulación
Responsabilidad extracontractual
Resumen
El Acta relativa a las condiciones de adhesión de España a las la Comunidades europeas (1986) estableció que el 90% de la cuota de anchoa en el Golfo de Vizcaya correspondería a España y el 10% restante a Francia. En virtud del Acuerdo de Arcachon (1992), España y Francia acordaron que España cedería 6000 toneladas anuales de cuota de anchoa a Francia, a cambio de mini cuotas de otras especies por parte de Francia. Cofradías de pescadores españoles de anchoa impugnaron la renovación del Acuerdo de Arcachon que tuvo lugar en 2003 y solicitaron indemnización por los perjuicios sufridos hasta entonces como consecuencia del Acuerdo (1992-2002). Un largo recorrido procesal ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo (2003-2011) en el que  se desestimaron las pretensiones de las Cofradías y que llevó a los jueces españoles a  aplicar Derecho comunitario (jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo; principio de estabilidad relativa; intercambio de cuotas pesqueras entre Estados) y nacional (contrato sin causa, responsabilidad patrimonial por lesión causada por los servicios públicos).
Keywords
European Union; Fisheries; Principle of Relative Stability; Fishing quota exchanges; Anchovy; Bay of Biscay; Arcachon Accord; Annulment; Non-contractual liability
Abstract
The Act concerning the conditions of accession of Spain (1986) allocated 90% of the total allowable catches for anchovy in the Bay of Biscay to Spain and 10% to France. According to the Arcachon Accord (1992), Spain transferred 6000 tonnesper year to France in exchange for miniquotas of other species. Associations of Spanish fishers of anchovy impugned the renovation of the Accord in 2003 and required compensation for the damages suffered as result or the Accord (1992-2002). The demands of the Spanish Associations were dismissed after a long judicial process in the Spanish National Audience and the Spanish Supreme Court (2003-2011); the Spanish judges had to apply European Union Law (jurisprudence of the EU Court of Justice; the principle of relative stability; fishing quota exchanges) and national law (agreement without consideration, compensation for damages caused by public services).