Derecho de residencia de los progenitores nacionales de terceros Estados e interés superior del niño «europeo». Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 10 de mayo de 2017 en el asunto Chávez-Vílchez

Palabras clave
Ciudadanía de la UE
derecho derivado de residencia de los nacionales de países terceros
acceso a prestaciones sociales y a prestaciones familiares
interés superior del niño.
Resumen
El derecho derivado de residencia en favor de los nacionales de países terceros, familiares de ciudadanos UE, que residen en el Estado miembro de nacionalidad del ciudadano UE junto con él fue reconocido por vía pretoriana en la sentencia Ruiz Zambrano. Desde entonces, tal derecho derivado de residencia, basado en el art. 20 TFUE, ha sido objeto de numerosas sentencias dictadas en procedimientos prejudiciales, la última de las cuales es la recaída en el asunto Chávez-Vílchez. Este comentario analiza la sentencia Chávez-Vílchez y pone de manifiesto cómo la argumentación del TJUE en este asunto no se ciñe exclusivamente a la interpretación del art. 20 TFUE, sino que atribuye a la aplicación del principio de interés superior del niño un carácter central en el examen de la problemática jurídica. En el comentario se pone en evidencia que a través de la aplicación contextual del art. 20 TFUE, del art. 7 de la Carta y del principio del interés superior del niño, reconocido en el art. 24 de la Carta, el Tribunal refuerza la tutela de los derechos de los ciudadanos UE de corta edad, especialmente cuando se pone en tela de juicio el derecho de residencia de sus madres nacionales de países terceros, si con estas mantienen relaciones de tal naturaleza que una eventual denegación a estas del derecho de residencia obligaría a sus hijos —ciudadanos europeos de corta edad— a abandonar el territorio de la Unión europea y por ello les privaría del «disfrute efectivo del contenido esencial de los derechos conferidos por el estatuto de ciudadanía europea».
Keywords
EU Citizenship; derived right of residence to third-countries nationals; access to social assistance and child benefit; the highest interest of the child.
Abstract
The derived right of residence of EU citizens’ relatives, nationals from third-countries, recognized by the case-law, has been widely discussed in recent years, above all after Ruiz Zambrano judgment. In Chávez-Vílchez judgment, analysed in this work, the Court of Justice focuses its attention not only on the interpretation of TFUE Article 20, but above all on the principle of the highest interest of the child. The work points out that EU younger citizens are better protected by a joint application of Article 20 TFEU and Article 7 of the Charter together with the principle recognised by Article 24 of the Charter. These young citizens strongly depend on their mothers, therefore if the right of residence is not given to their mothers, nationals from third-countries, their children will be obliged to leave EU, thus depriving them of «the genuine enjoyment of the substance of the rights conferred by the status» of EU citizenship.