La problemática constitucional de la formación del Gobierno y la intervención del monarca en nuestro régimen parlamentario

Palabras clave
Sistemas parlamentarios
jefe de Estado
presidente de Gobierno
formación de Gobierno
presidente de las Cortes
sanción real
reformas constitucionales.
Resumen
Entender la crisis de Gobierno prolongada por la que ha pasado recientemente la democracia española requiere no solo de un repaso a los supuestos normativos concretos de los que se parte, esto es interpretar el art. 99 de la Constitución, sino en un contexto más amplio, considerar el rol del jefe del Estado en los sistemas parlamentarios, hablemos de las monarquías o de las repúblicas. De este contexto teórico e institucional pueden sacarse importantes conclusiones, que quizá propongan una lectura nueva de la posición constitucional del rey en lo que puede ser denominado, como hizo, el profesor Stern, refiriéndose a la formación del Gobierno en los regímenes parlamentarios, «el núcleo del sistema». El estudio finaliza con una conclusión dudosa acerca de las posibilidades de plantear una reforma constitucional del art. 99 de la Constitución española.
Keywords
Parliamentary systems; head of State; king; president; president of Government; formation of Government; Cortes Presidency; assent royal; constitutional reforms.
Abstract
Understanding the prolonged government crisis that the Spanish democracy has recently experienced requires a review of the specific normative assumptions from which it starts, that is, to interpret article 99 of the Constitution. Besides, in a broader context, we need to consider the role of the Head of State in parliamentary systems, both in a Monarchy and in a Republic. From this theoretical and institutional context, important conclusions can be drawn, which may propose a new reading of the King’s constitutional position in what can be termed, as Professor Stern did, referring to the formation of government in parliamentary regimes, «the Core of the system». Finally, the study accomplishes a dubious conclusion about the possibilities of bringing a constitutional reform of the previously mentioned article 99 of the Constitution.