El Tribunal Supremo como mero órgano unificador de doctrina: la posible afectación de su garantía institucional.

Palabras clave
Poder Judicial. Tribunal Supremo. Recurso de casación. Estado Autonómico.
Resumen
La reforma procesal instada por el Gobierno ante el Parlamento español en julio de 2005, en lo que a la modificación del tradicional régimen del recurso de casación se refiere, afecta a una serie de cuestiones que, más allá de la necesidad declarada de dar solución a un retraso —ya cada vez menor— en la resolución de esta clase de recursos por el Tribunal Supremo, trascienden a las de mero procedimiento para entrar de lleno en la configuración de uno de los poderes del Estado: el Poder Judicial.
Los motivos y unas posibles consecuencias de su pretendida «territorialización» son objeto de atención en las líneas escritas a continuación acerca de una reforma legislativa que, de aprobarse en el modo propuesto, habría de producir una profunda transformación en la concepción que del Poder Judicial y del órgano superior en todos los órdenes jurisdiccionales se consagró en la Constitución de 1978.
Keywords
Judicial Power. Supreme Court. State of the Autonomies.
Abstract
The procedural reform that the Government urged from the Spanish Parliament in July of 2005, related to the modification of the traditional regime of appeals before the Spanish Supreme Court, affects a number of questions that, besides the declared necessity of finding a solution for the delay —shorter than it used to be— of this highest jurisdictional organ in pronouncing its sentences, go beyond the proceeding ones to get completely involved by the configuration of one of the powers of the State: the Judicial Power.
The motives and some hypothetical consequences of turning the Judicial one into a «territorial power» are considered in the following lines, concerned by a legislative reform that, on the assumption of it were finally approved as raised, should produce a deep change in the way in which either that state Power and the Supreme Court of Spain were regulated in the Constitution of 1978.