El registro de derechos de emisión de los gases de efecto invernadero de la Unión Europea

Palabras clave
derechos de emisión
comercio
registro
administrador
gestión
cuentas
saldo
Resumen
La Directiva 2003/87/CE, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión en la Comunidad, sienta las bases del establecimiento de este importante mecanismo de reducción de emisiones a la atmósfera; en su art. 19, se insta a todos los Estados miembros para la creación de un registro nacional. Este Sistema Comunitario de Registros Integrados permanece vigente hasta 2013, año en que la Unión Europea aboga por la creación de un Registro Comunitario Único.

Este Registro dispone de una estructura de doble escalón: por un lado, el Administrador Central, y, por otro lado, los administradores nacionales, responsables de las cuentas de todos sujetos que radiquen en su territorio o jurisdicción. Sobre este término, apostamos por la utilización de la expresión demarcación o circunscripción registral.

Otra de las novedades se centra en la designación del Administrador Central. Ante la falta de nombramiento oficial, proponemos la consideración como tal de la Autoridad Europea de Valores y Mercados.
Keywords
Emission allowances; trading; registry; administrator; keeping; accounts; balance
Abstract
Council Directive 2003/87/EC establishing a scheme for emission allowance trading within the Community, lays the foundations for this crucial mechanism to reduce emissions released into the atmosphere; article 19 encourages all member states to create a national registry. This integrated community system of registries is valid until 2013, at which point the European Union intends to create a single EC registry.

This registry follows a two-phase system: on the one hand, the Central Administrator, and on the other hand, national administrators, who are responsible for keeping the books on all subjects registered in their territory or jurisdiction. As regards the latter term, we prefer the use of the expression demarcation or registry district.

Another of the novelties found focuses on the designation of the Central Administrator. In the absence of an official appointment, we suggest that the European Securities and Markets Authority be considered to play this role.