El régimen de relaciones personales entre abuelos y nietos fijado judicialmente, con especial referencia a su extensión (A propósito de la STC, Sala 2.ª, n.º 138/2014, de 8 de septiembre)

Palabras clave
Derecho de visita
relaciones personales entre abuelos y nietos
patria potestad
interés del menor.
Resumen
A propósito de una sentencia del Tribunal Constitucional que invalida un amplio régimen de relaciones personales fijado judicialmente entre unos abuelos maternos y sus dos nietos, tras el fallecimiento de la madre de los mismos, se analizan los caracteres generales del reconocimiento que el Código Civil español efectúa del derecho de abuelos y nietos a relacionarse —salvo que concurra una justa causa que lo impida— y más concretamente la extensión que dicho régimen puede tener, atendiendo a la defensa de los intereses del nieto y su posible colisión con los derechos inherentes a la patria potestad de los progenitores.
Keywords
Right of visits; relationships between grandparents and grandchildren; paternal authority; the best interest of the child
Abstract
With regard to a judgment of the Constitutional Court, which invalidated a comprehensive regime of personal relationships fixed by the judge between a maternal grandparents and their two grandchildren, after the death of the mother of them, discussed the general characteristics of the recognition that the Spanish Civil Code carries out of the right of the grandparents and grandchildren to relate —except that if there is a fair cause that prevents it— and in particular, the extension that this regime can have, serving the defense of the grandchildren’s interest and the possible collision with the rights inherent to the parental authority.