TEDH - Sentencia de 15.03.2011, Otegi Mondragón c. España, 2034/07 - «Artículo 10 del CEDH - Libertad de expresión - Límites - Delito de injurias contra el Jefe del Estado - Exhortación a la violencia y discurso de odio» - Los límites de la libertad de

Palabras clave
Libertad de expresión, debate político, derecho al honor, discurso de odio
Resumen
El TEDH considera desproporcionada la sanción penal de privación de libertad impuesta a Arnaldo Otegi por sus declaraciones en las que calificó al Rey de España de “jefe de los torturadores”. La resolución se centra en el contenido del ejercicio de la libertad de expresión en el debate político y en la interpretación restrictiva de sus límites cuando se trata de la crítica para con las autoridades estatales. El TEDH despliega una consolidada jurisprudencia que otorga preferencia al derecho a la libertad de expresión frente al derecho al honor, por ser aquél inherente a la propia democracia. Asimismo, la Corte reitera la incompatibilidad con el CEDH de las normas internas que dotan de sobreprotección a sus autoridades frente a las ofensas de los ciudadanos y señala como desproporcionada la pena de prisión para estos supuestos a no ser que estén en juego otros derechos fundamentales, como sería el caso de manifestaciones que inciten a la violencia o se inscriban en el denominado discurso de odio, algo que el TEDH no aprecia en las declaraciones litigiosas.
Keywords
Freedom of speech, political debate, protection of reputation and personal honour, hate speech
Abstract
The Judgment of the Court of Justice in Case Otegi Mondragon v. Spain, considered disproportionate the imposition of a prison sentence on Arnaldo Otegi by asserting that the King of Spain was “in charge of the torturers.» The resolution focuses on the exercise of freedom of expression in political debate and the restrictive interpretation of its limits when it comes to critical with state authorities. The ECHR displays its arguments based on an established jurisprudence on freedom of expression that is considered inherent to democracy and thus, a priority with respect to the protection of reputation and personal honour. The Court also reiterates that internal rules which provides to the head of State increased protection with regard to insults against him are not in keeping with the ECHR and states that the imprisonment penalty is disproportionate, except for the circumstances where other fundamental rights have been seriously impaired, as in the case of incitement to violence or hate speech, something the ECHR does not appreciate in the disputed statements.