RESUMEN

El objetivo de este artículo es aportar elementos para construir una comprensión del uso de la metáfora orgánica durante los totalitarismos (Italia y Alemania). El Estado orgánico fue configurado como un cuerpo necesitado de inmunización frente a los sujetos que lo pudieran poner en peligro. De esta forma, durante los totalitarismos se llevó a la práctica la alianza entre la metáfora orgánica y el paradigma inmunitario en lo que podríamos llamar organicismo inmunitario: el Estado, como organismo biológico, aplica una terapia a las patologías que puedan infectarlo.

Palabras clave: Estado; inmunidad; organicismo; totalitarismo;

ABSTRACT

This paper aims to provide elements to construct an understanding of the use of the organic metaphor during periods of totalitarianism (Italy and Germany). The Organic State was conceived as a body that needed to be immunized because of the existence of subjects that endangered it. In this way, there was an alliance between the organic metaphor and the immunity paradigm. In what we call immune organicism, the State, as a biological organism, implemented a therapy for diseases that could have infected it.

Keywords: State; immunity; organicism; totalitarism;

Cómo citar este artículo / Citation: García López, D. J. (2016). Metáfora orgánica y paradigma inmunitario en el pensamiento jurídico totalitario. Revista de Estudios PolÌticos, 172, 109-136. doi: http://dx.doi.org/10.18042/cepc/rep.172.04

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SUMARIO

  1. Resumen
  2. Abstract
  3. I. Introducción
  4. II. «La verdad es el Todo». Los cirujanos del Estado orgánico
  5. III. La juridificación del organicismo
    1. 1. Stato etico, Stato corporativo
    2. 2. Volksgemeinschaft
  6. Conclusión
  7. Notas
  8. Bibliografía

I. Introducción [Subir]

En 1933, la editorial alemana Hanseatische Verlagsanstalt publicó tres textos fundamentales para comprender los años sucesivos: Staat, Bewegung, Volk, de Carl Schmitt, Der totale Staat, de Forsthoff, y la segunda edición (primera de 1920) de Staatsbiologie. Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates, del biólogo Jakob Johann von Uexküll, fundador de la teorética biológica.

La idea central de este último libro queda representada por una metáfora arbórea: en los Estados existe una cadena de producción orgánica, cerrada en sí misma y sin lagunas, como un sistema circulatorio en donde la economía fluye y cuyas raíces se hunden en la naturaleza (Uexküll, J. J. (1933). Staatsbiologie: Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates. Hamburg: Hanseatische Verlagsanstalt.Uexküll, 1933: 25-26). Así, por ejemplo, la cadena de producción del pan se configura con el esquema campo-recogida del trigo-molino-panadero. Del mismo modo se puede cartografiar todo un pueblo por medio de esta misma estructura arbórea. Sin embargo, a diferencia del organismo animal o vegetal compuesto de células, el organismo Estado está configurado por seres humanos con posibilidad de movimiento y, al mismo tiempo, fijados espacialmente (Uexküll, J. J. (1933). Staatsbiologie: Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates. Hamburg: Hanseatische Verlagsanstalt.Uexküll, 1933: 13).

Los seres humanos son entendidos como una cadena de producción donde cada uno cumple una función. Tanto la biología como el Estado se mueven por medio de funciones (leyes) (Uexküll, J. J. (1933). Staatsbiologie: Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates. Hamburg: Hanseatische Verlagsanstalt.Uexküll, 1933: 15-17). Sin embargo, reclama la necesidad de una serie de centros neurálgicos que, de modo similar al funcionamiento de un ferrocarril, regulen el tráfico dentro del órgano. De ello deriva Uexküll la forma de gobierno que ha de tener un Estado: una monarquía que culmine en un funcionario más elevado que controle el ritmo general de la función estatal, garantizando así el orden (Uexküll, J. J. (1933). Staatsbiologie: Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates. Hamburg: Hanseatische Verlagsanstalt.Uexküll, 1933: 29, 31, 35, 36). ¿Quién puede ser este funcionario que venga a salvar al Estado? La respuesta es tajante: Adolf Hitler (Uexküll, J. J. (1933). Staatsbiologie: Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates. Hamburg: Hanseatische Verlagsanstalt.Uexküll, 1933: 71). Tanto es así que si el Estado quiere seguir vivo debe obviar la voluntad popular (Uexküll, J. J. (1933). Staatsbiologie: Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates. Hamburg: Hanseatische Verlagsanstalt.Uexküll, 1933: 68).

El orden, en tanto ritmo que debe imperar en el Estado orgánico, queda garantizado con la jerarquización funcional. Las diferencias individuales son limitadas a través de la división del trabajo, entendida como una consecuencia lógica y natural (una ley biológica), como si proyectara las diferencias naturales en el mundo laboral (Uexküll, J. J. (1933). Staatsbiologie: Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates. Hamburg: Hanseatische Verlagsanstalt.Uexküll, 1933: 40-43). El fin último que debe realizar el Estado es su propia conservación, su inmunización. Es por ello que este requiera ciertas exigencias a sus ciudadanos: 1) una cantidad de hombres que formen la materia prima del Estado; 2) los hombres deben servir al bien e interés del Estado; 3) salud moral del pueblo; 4) ensanchamiento y saneamiento del entorno del pueblo; 5) paz entre los distintos miembros que componen el órgano; 6) educación diferenciada al igual que la división del trabajo; 7) cada miembro del órgano debe defender con su vida al Estado (Uexküll, J. J. (1933). Staatsbiologie: Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates. Hamburg: Hanseatische Verlagsanstalt.Uexküll, 1933: 43-55).

Sin embargo, esta última exigencia puede quebrarse y situar al Estado en una situación de peligro. Así, por ejemplo, si las personas que pertenecen a una misma profesión crean lazos solidarios entre sí pueden llegar a separarse e independizar sus intereses de los del Estado, incumpliendo la segunda exigencia y disolviéndose el tejido estatal (Uexküll, J. J. (1933). Staatsbiologie: Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates. Hamburg: Hanseatische Verlagsanstalt.Uexküll, 1933: 62-63). De ahí que, a juicio del biólogo, se requiera de un Estado sin espacios libres; un Estado total que, incluso, se desprenda de los parásitos, aquellos que pertenecen a otra raza y que tratan de sacar beneficio del cuerpo debilitado del Estado (Uexküll, J. J. (1933). Staatsbiologie: Anatomie-Physiologie-Pathologie des Staates. Hamburg: Hanseatische Verlagsanstalt.Uexküll, 1933: 72-73). Se trata, en última instancia, de una suerte de medicina estatal como terapia ante una política enferma.

Las reflexiones de Uexküll no son nuevas. La metáfora orgánica posee una larga historia (Dorhn-van Rossum y Böckenförde, 1978: 519-622; Dorhn-van Rossum, 1977; García López, D. J. (2013). Organicismo silente. Rastros de una metáfora en la ciencia jurídica. Granada: Comares.García López, 2013). Si en algunos puntos de su historia la encontramos visiblemente vigorosa, en otros apenas se percibe levemente[2]. En el presente texto nos interesa analizar cómo la metáfora orgánica consiguió articular el pensamiento jurídico y la praxis totalitaria. Para ello nos centraremos en el discurso de sus dirigentes (Hitler y Mussolini), así como en el de sus principales teóricos del derecho[3].

Una aproximación sencilla al organicismo nos lleva a pensar en la idea de cuerpo político. La sociedad o el Estado son concebidos como un organismo biológico, similar al ser humano. De esta forma, el todo queda a salvo de las partes. Carl Schmitt realizó una síntesis de los puntos que articulan el devenir del organicismo: 1) no mecánico: el organicismo se opone a todas las representaciones instrumentales del Estado, a la imagen del Estado como máquina o a su concepción como aparato administrativo; 2) no proveniente del exterior: el monarca deviene órgano estatal. Se explica el Estado desde su inmanencia; 3) no proveniente desde arriba: el Estado se hace visible desde la voluntad común de todos en comunidad (Gemeinschaft), no desde el soberano y su dominio (Herrschaft ). Se trata de un Estado popular (Volksstaat); 4) no atomístico ni individualístico: el organicismo está marcado por lo colectivo; 5) no violento: organicismo significa armonía y disolución de los conflictos siempre en beneficio del todo, evitando así la desmembración; y 6) no particularístico: el organicismo muestra ante todo la unidad frente a la diversidad y la fragmentación (Schmitt, C. (1960). Der Gegensatz von Gemeinschaft und Gesellschaft als Beispiel einer zweigliedrigen Unterscheidung. Betrachtungen zur Struktur und zum Schicksal solcher Antithesen. En VV.AA. Estudios jurídico-sociales. Homenaje al Profesor Luis Legaz y Lacambra (pp. 165-178). Santiago de Compostela: Universidad Santiago de Compostela.Schmitt, 1960: 169-170).

En el marco del Estado biológico del que hablara Uexküllse mueven también los juristas del régimen nazi, desde Larenz hasta Schmitt. El Estado y el derecho se configuran como la forma de vida del Volk (pueblo) racial en la que el soberano posee la misión de proteger la Constitución (idiosincrasia del pueblo) que luego dará lugar a la Volkgemeinschaft (comunidad del pueblo). El Estado es considerado anatómicamente un organismo vivo que debe inmunizarse de las patologías que lo hacen peligrar a través de un proceso terapéutico. En última instancia, se trata de decidir quién es el enemigo interno del pueblo[4]. Der Führer schützt das Recht (el Führer protege el derecho) (Schmitt, C. (1934). Der Führer schützt das Recht. Zur Reichstagsrede Adolf Hitlers vom 13.Juli 1934. Deutsche Juristen-Zeitung, (15), 945-950.Schmitt, 1934: 945-950).

II. «La verdad es el Todo»[5]. Los cirujanos del Estado orgánico [Subir]

El 30 de marzo murió definitivamente el tiempo del individualismo. El nuevo tiempo no en vano se llama época popular. El individuo particular es sustituido por la comunidad del pueblo. Si yo en mi consideración política sitúo al pueblo en el centro, la primera consecuencia es que todo lo demás, lo que no es pueblo, solo puede ser medio para el fin. Por tanto, en nuestra confirmación tenemos de nuevo un centro, un punto fijo en la fuga de las apariciones […] a saber, el pueblo como cosa en sí, el pueblo como el concepto de la inviolabilidad, al que todo ha de servir y subordinarse (Safranski, R. (2009). Romanticismo. Una odisea del espíritu alemán. Madrid: Tusquets.Safranski, 2009: 316-317).

Estas fueron las palabras pronunciadas por Joseph Goebbels poco después de la subida al poder del partido nazi. Se puede extraer la base de lo que se conoció como totalitarismo: la comunidad del pueblo, el pueblo como sustancia en sí, la subordinación del individuo. Un nuevo Volk se organiza en torno a una concepción biológica.

Podrían situarse las siguientes características de los totalitarismos: antiliberalismo y antisocialismo, ultranacionalismo, darwinismo social, organización capilar de las masas, reivindicación de la élite, caudillaje, jerarquía y disciplina, exaltación de la violencia, militarización del único partido político, sacralización de la política, carácter antidemocrático, exacerbado capitalismo[6], reconstrucción del pasado glorioso, mitología de la unidad… (Águila, R. (2002). Los fascismos. En F. Vallespín (ed.). Historia de la teoría política. Vol. 5 (pp. 182-232). Madrid: Alianza.Águila, 2002: 200-230; Antón, J. (2006). Fascismo. En J. Antón (coord.). Ideologías y movimientos políticos contemporáneos (pp. 213-234). Madrid: Tecnos.Antón, 2006: 229-232; Díaz, E. (1998). Estado de derecho y sociedad democrática. 9ª ed. Madrid: Taurus.Díaz, 1998: 57-68; Gentile, E. (2002). El fascismo italiano. En J. Antón (coord.). Orden, jerarquía y comunidad. Fascismos, dictaduras y postfascismos en la Europa contemporánea (pp. 77-102). Madrid: Tecnos.Gentile, 2002: 80-102; Jiménez Campo, J. (1980). Rasgos básicos de la ideología dominante entre 1939 y 1945. Revista de Estudios Políticos, (15), 79-118.Jiménez Campo, 1980: 79-117). Fin del Estado de derecho y de las garantías jurídicas del individuo, fin de la distribución y separación de poderes, fin del pluralismo. El Estado totalitario requiere de un Estado policía que acapare todos los derechos, la concentración del poder, el partido único y la violencia[7]. El viejo poder de la soberanía (hacer morir y dejar vivir) se fusiona con el nuevo poder de regularización (hacer vivir y dejar morir) bajo la égida del racismo. La biopolítica, tal como la concibió Foucault, vertebra a las dictaduras totalitarias (Foucault, M. (2003). Hay que defender la sociedad. Madrid: Akal.Foucault, 2003: 202-225).

Racismo y autoritarismo serán los puntos cardinales del ordenamiento jurídico. Este pasa de la forma al contenido: si en el sistema clásico se abstraen de la norma jurídica los conceptos generales y abstractos (forma), basándose en la fuerza de la lógica, en los sistemas totalitarios se ocupan del contenido específico de cada norma, utilizando la lógica de la fuerza (Losano, 2002: 159-160). Así la pureza no se busca en la forma del derecho, como la pureza metodológica kelseniana, sino en su contenido.

La dimensión biopolítica de los totalitarismos mantiene una vocación de destrucción y de creación ex novo. En el lenguaje se entrelazan lo biológico y lo político para purificar y regenerar. La democracia parlamentaria, al estilo de Weimar o la II República española, representaban, a la vista de los totalitarismos, puro atomismo, entes mecánicos sin vida, desorden. Frente a estas, los totalitarismos forjarán, de nuevo, la idea de organismo, de vida, de homogeneidad, de totalidad ahora bajo la forma del caudillaje. El viejo romanticismo, con sus ideas de organismo y pueblo, queda obsoleto. Se propugna un Romanticismo de acero (Safranski, R. (2009). Romanticismo. Una odisea del espíritu alemán. Madrid: Tusquets.Safranski, 2009: 319): simbiosis entre organicismo y técnica[8].

En este nuevo Estado el individuo no puede estar en situación de apatía o de simple subordinación. Se le exige un convencimiento, una fe, una adhesión plena al movimiento con todas sus energías[9]. Frente a su disolución atomística en la sociedad, el totalitarismo necesita de las masas jerárquicamente organizadas y su control total. La democracia deviene así orgánica. A la democracia parlamentaria le sustituye el corporativismo, el Estado corporativo, el Estado-cuerpo con sus particulares necesidades vitales. Se produce la solución al problema de la representación política: el individuo, su corporalidad viva, queda insertado orgánicamente en la comunidad. El totalitarismo supera a la democracia (Rocco, A. (1927). La trasformazione dello Stato. Firenze: La Voce.Rocco, 1927: introducción). Realiza los valores de la democracia en el deber: libertad, igualdad y fraternidad en y para la comunidad, de ahí que el Estado solo utilice su poder coercitivo para redireccionar las actitudes de los individuos hacia el bien común (Pagliaro, A. (1938). Il fascismo contro il comunismo. Florencia.Pagliaro, 1938: 34-37). Se trata de la verdadera democracia[10], de la única democracia posible (Legaz Lacambra, L. (1940). Introducción a la teoría del Estado nacionalsindicalista. Barcelona: Bosch.Legaz Lacambra, 1940: 69-70) que inevitablemente advendría[11]. Incluso no solo es una democracia sino todo un Estado de derecho[12]. Se trata, en fin, de una estrategia de usurpación de conceptos y categorías y, al mismo tiempo, de inversión histórica (Fernández-Crehuet López, F. (2009). Pensamiento político de Franco. 25 años de paz. En F. Fernández-Crehuet López y D. J. García López (eds.). Derecho, memoria histórica y dictaduras (pp. 171-197). Granada: Comares.Fernández-Crehuet López, 2009: 176). Lo que provoca, en última instancia, una mitologización de la estructura totalitaria. Se reinventan viejos conceptos, se crea un pasado.

El mundo, representado por el Estado liberal, se encuentra enfermo, pudiendo infectarse la sangre del organismo[13], por eso se encargarán de matarlo y sustituirlo por un Estado vivo, por un Estado totalitario[14]. En su configuración la metáfora orgánica jugará un papel crucial. El Estado como organismo vivo debe desarrollarse por encima de todo y todos, su cuerpo no puede quedar inmovilizado, debe expandirse en proporción a su vitalidad y a costa de otros organismos, decadentes y degenerados[15].

El Estado como cuerpo vivo es susceptible de enfermar, contagiarse, infectarse o lesionarse. Aquí la visión anatómica y fisiológica queda subordinada a la patológica. Por ello necesita de un médico, de un caudillo, que lo dirija por el buen camino, que lo cuide y lo inmunice, y, en su caso, lo cure aplicando para ello, si es preciso, cirugía (Rigotti, F. (1982). Il medico-chirurgo dello Stato nel linguaggio metaforico di Mussolini. En VV.AA. Cultura e società negli anni del fascismo (pp. 501-517). Milano: Istituto lombardo per la storia del movimento di liberazione in Italia, Cordani.Rigotti, 1982: 501-517). En el Estado totalitario se hará realidad la teoría de la defensa social. El delito ahora será entendido como un componente biológico. Ya no importan los hechos cometidos, sino la posibilidad misma de tales hechos, esto es, la peligrosidad pre-delictual del sujeto (Terradillos Basoco, J. (1981). Peligrosidad social y Estado de Derecho. Madrid: Akal.Terradillos, 1981). Frente a estos sujetos peligrosos, en palabras de Mussolini, «[se necesita] utilizar inexorablemente el bisturí para eliminar todo lo parasitario, dañoso y sofocante» (Mussolini, B. (1958). Risposta al sindaco di Cremona (a Piacenza, 17 giugno 1923, Il Popolo d´Italia, n.145, 19 giugno 1923, X). Opera omnia. vol. XIX (pp. 273-274). Firenze: La Fenice.Mussolini, 1958b: 109). El pueblo debe estar sano, en plenas condiciones físicas y morales, para crecer y producir. Ante la patología y la enfermedad, se propone una terapéutica total. El Estado-cuerpo debe abarcar todos los ámbitos de la vida: se medicaliza la sociedad y se produce una reacción inmunitaria tendente a eliminar todo cuerpo extraño, todo componente que pueda contaminar la pureza racial.

III. La juridificación del organicismo [Subir]

El organicismo se realizará a través de dos conceptos, tanto en su desarrollo legislativo como en su aplicación por las autoridades de los Estados totalitarios. Estos dos conceptos se manifiestan como particularidades del organicismo circunscritas a la Italia fascista y la Alemania nazi: Stato etico-Stato corporativo y Volksgemeinschaft. Su realización conllevará las dos grandes pretensiones del organicismo: corporeizar la totalidad y eliminar a los sujetos que puedan infectarla.

Coinciden en los fines y en los medios. Los dos pretenden un Estado total desposeído de todo elemento extraño. Tanto el discurso oficial —aquel pronunciado por Mussolini y Hitler— como su plasmación jurídica en el discurso normativo —tanto el académico como el legal— convergen en la necesidad de hacer de la totalidad un organismo vivo. Pero no se trata de una mera declaración de intenciones. Alrededor del organismo construyen todo un edificio normativo en forma de coraza.

Más claramente se declaró el fascismo al publicar en 1927 la Carta del Lavoro. Una suerte de norma que se encuentra entre dos mundos, el legal y el supralegal[16]. En el artículo 1 no deja un abismo de duda: «La Nación italiana es un organismo que tiene unos fines, una vida y unos medios de acción superiores en potencia y duración a los diferentes individuos o grupos de individuos que la componen. Es una unidad moral, política y económica, que se realiza integralmente en el Estado fascista». En estas pocas palabras se concentran las líneas fundamentales de la doctrina jurídico-política fascista. Encontramos dos sujetos: la Nación y el Estado. La primera se configura como un organismo vivo al que los individuos quedan subordinados, una sangre nueva[17]. El segundo viene entendido como una unidad moral, como un Estado ético. Organicismo y totalitarismo quedan impresos en un texto jurídico. Junto a este principio directriz, base del sistema jurídico en su conjunto (Mussolini, B. (s/f). El Estado corporativo. Salamanca: U.S.I.Mussolini, s/f: 119), se encuentra la afirmación que preside la vida del organismo: «Todo en el Estado, nada fuera del Estado, nada contra el Estado» (Mussolini, B. (1958). Discorso al III Anniversario della Marcia su Roma, 28 ottobre 1925. Opera omnia. vol. XXI (pp. 425-427). Firenze: La Fenice.Mussolini, 1958c: 424-425).

Bajo estas pretensiones se redactarán las principales leyes que realizan el corporativismo y la desnaturalización de algunos individuos, esto es, la eliminación jurídica, social y física de determinados sujetos que, según los postulados totalitarios, infectaban la salud del cuerpo del Estado, del pueblo o de la Comunidad: Legge sul Consiglio Nazionalle delle Corporazioni, de 15 de marzo de 1930; Provvedimenti per la difesa della razza italiana, de 17 de noviembre de 1938; Reichsbürgergesetz, de 15 de septiembre de 1935; Gesetz zum Schutze des deutschen Blutes und der deutschen Ehre, de 15 de septiembre de 1935.

1. Stato etico, Stato corporativo [Subir]

El desarrollo de la concepción del Estado como organismo ético se debe al filósofo Giovanni Gentile[18]: un Estado con una vida moral propia en donde el individuo únicamente puede realizarse dentro del Estado. En tanto organismo, el Estado fascista crece y debe ser conservado (Gentile, G. (1934). Origini e dottrina del fascismo. Roma: Istituto Nazionale Fascista di Cultura.Gentile, 1934: 77). Como señaló Norberto Bobbio —arrepentido discípulo de Gentile (Bobbio, N. (2006). Ensayos sobre el fascismo. Buenos Aires: Universidad Nacional de Quilmes.Bobbio, 2006: 106)— «lo que fue llamado el proceso de fascistización del Estado no fue otra cosa que la transformación del Estado democrático en el Estado ético a la manera de Gentile, esto es, en Estado totalitario» (Bobbio, N. (2006). Ensayos sobre el fascismo. Buenos Aires: Universidad Nacional de Quilmes.Bobbio, 2006: 43). Gentile se encargó de darle forma a la idea. Un jurista, Alfredo Rocco, hizo el trabajo de ejecución: del Stato etico al Stato corporativo.

Gentile llevó al extremo la concepción hegeliana del Estado eliminando los tres límites que Hegel había pensado: la presencia de otros Estados, la pertenencia del Estado a la esfera del espíritu objetivo y la existencia, en el seno del Estado, de dos momentos (la familia y la sociedad civil) (Gentile, G. (1961). I Fondamenti della Filosofia del Diritto. Firenze: Sansoni.Gentile, 1961: 114). Sin embargo, la exposición sistemática de su concepción del Estado fue publicada con la firma de otra persona, a saber: Benito Mussolini, il Duce. La voz Fascismo en la Enciclopedia italiana de 1932 fue escrita por Gentile, pero firmada por Mussolini. Posteriormente este artículo fue publicado en una separata bajo el título La dottrina del fascismo [19]. El Estado es concebido desde una concepción ética, religiosa, histórica y antiindividualista (Mussolini, B. y Gentile, G. La dottrina del fascismo. Disponible en: http://litgloss.buffalo.edu/mussolini/text.shtml.Mussolini y Gentile: parágrafo 6).

Este texto deposita sus bases en otro anterior de Gentile. En su obra I Fondamenti della Filosofia del Diritto hace una distinción crucial en su pensamiento entre la sociedad inter homines y la sociedad in interiore homine (Gentile, G. (1961). I Fondamenti della Filosofia del Diritto. Firenze: Sansoni.Gentile, 1961: 75-76). Supedita la existencia de la sociedad entre hombres a la previa sociedad en el interior del hombre creando un hombre solo que tiene un solo interés (Gentile, G. (1961). I Fondamenti della Filosofia del Diritto. Firenze: Sansoni.Gentile, 1961: 73-76; Mussolini, B. y Gentile, G. La dottrina del fascismo. Disponible en: http://litgloss.buffalo.edu/mussolini/text.shtml.Mussolini y Gentile: parágrafo 2). Esta sociedad in interiore homine se realiza en el Estado, pues todo individuo lo lleva en su corazón (Gentile, G. (1961). I Fondamenti della Filosofia del Diritto. Firenze: Sansoni.Gentile, 1961: 129; Lo Schiavo, A. (1975). La filosofía política de Giovanni Gentile. Madrid: Instituto de Estudios Políticos.Lo Schiavo, 1975: 311-312). Esta es la verdad profunda del sujeto, su autoconsciencia (Costa, P. (2001). Civitas. Storia della cittadinanza in Europa. Vol. 4. L´età dei totalitarismi e della democrazia. Bari: Laterza.Costa, 2001: 233-234). De esta forma, el individuo no es concebido fuera del Estado (Gentile, G. (1961). I Fondamenti della Filosofia del Diritto. Firenze: Sansoni.Gentile, 1961: 129; Mussolini, B. y Gentile, G. La dottrina del fascismo. Disponible en: http://litgloss.buffalo.edu/mussolini/text.shtml.Mussolini y Gentile: parágrafo 7). Al encontrarse este dentro de cada individuo, realmente tampoco se hace necesaria la relación entre los individuos, ya que quedan trascendidos e inmersos en la totalidad (Gentile, G. (1934). Origini e dottrina del fascismo. Roma: Istituto Nazionale Fascista di Cultura.Gentile, 1934: 47; Mussolini, B. y Gentile, G. La dottrina del fascismo. Disponible en: http://litgloss.buffalo.edu/mussolini/text.shtml.Mussolini y Gentile: parágrafo 5).

De ahí que no sea pensable el individuo sin el Estado. El individuo se encuentra en el Estado en tanto que el Estado se encuentra en el interior del individuo (Lo Schiavo, A. (1975). La filosofía política de Giovanni Gentile. Madrid: Instituto de Estudios Políticos.Lo Schiavo, 1975: 304). Aquel es mucho más que una simple institución jurídica. El Estado es acción y espíritu (Gentile, G. (1924). Che cos’è il fascismo? Firenze.Gentile, 1924: 35), es un todo, es un fin (Gentile, G. (1961). I Fondamenti della Filosofia del Diritto. Firenze: Sansoni.Gentile, 1961: 112), es la vida (Mussolini, B. y Gentile, G. La dottrina del fascismo. Disponible en: http://litgloss.buffalo.edu/mussolini/text.shtml.Mussolini y Gentile: parágrafo 1). Como apunta Lo Schiavo en su obra sobre Gentile, «el Estado es precisamente la manifestación del todo del cual los singulares no son más que epifenómenos que en vano intentan amenazar al dominio absoluto y universal» (Lo Schiavo, A. (1975). La filosofía política de Giovanni Gentile. Madrid: Instituto de Estudios Políticos.Lo Schiavo, 1975: 271).

La voluntad del pueblo es la voluntad del Estado (Gentile, G. (1961). I Fondamenti della Filosofia del Diritto. Firenze: Sansoni.Gentile, 1961: 128). No se trata de una suma de voluntades. Hay un querer común y universal. El Estado es la realidad primera, la condición y no lo condicionado (Lo Schiavo, A. (1975). La filosofía política de Giovanni Gentile. Madrid: Instituto de Estudios Políticos.Lo Schiavo, 1975: 309). La forma de este Estado ético, finaliza Gentile su libro, necesita de un derecho moldeado a ella. El derecho corporativo crea aquí su monopolio superando la vieja concepción del sujeto abstracto (Gentile, G. (1934). Origini e dottrina del fascismo. Roma: Istituto Nazionale Fascista di Cultura.Gentile, 1934: 50-51)[20]. La cristalización de la voluntad en la ley es inderogable. El Estado fascista se configura como una superación del Estado democrático, como más democrático que la democracia parlamentaria (Gentile, G. (1934). Origini e dottrina del fascismo. Roma: Istituto Nazionale Fascista di Cultura.Gentile, 1934: 48-49), puesto que ha solucionado el problema de la representación política y la idea abstracta de ciudadano insertando orgánicamente a los individuos en la comunidad (Capobianco, G. L. (1929). Sindicalismo e diritto. L’ordinamento corporativo dello Stato, disciplina dei rapporti collettivi del lavoro e riorganizzazione giurisdizionale nelle controversie del lavoro. Milano: Società Editrice Libraria.Capobianco, 1929: 47; Lo Schiavo, 1975: 353-354). El Estado ético es un Estado corporativo[21].

En este sentido, Ugo Spirito logró concretar las ideas de Gentile: la relación entre individuo y Estado encontró su solución en la identificación. El actualismo gentiliano es aplicado así a la economía. El individuo consigue realizarse suprimiendo su particularidad y actuando en orden de un fin social superior presentado por el Estado. El individuo coincide con el Estado (Volpicelli, A. (1933). La teoria dell’identità di individuo e Stato. Archivio di Studi Corporativi, (4), 547-557.Volpicelli, 1933)[22]. Se trata de la suprema instancia ética: la verdad se convierte así en el bien, pues la economía se resuelve en este plano. La economía corporativa de Spirito se presenta como un imperativo ético. La corporación deviene el organismo en el que la voluntad del individuo se identifica con la del Estado. Concretando en el plano económico, Spirito pensaba que la idea de propiedad liberal debía ser eliminada[23] y en su lugar aplicar el artículo VII de la Carta del lavoro: la organización privada de la producción y la empresa debían ser consideradas funciones nacionales (Spirito, U. (1932). Individuo e Stato nella concezione corporativa. En Atti del secondo convengo di studi sindacali e corporativi (pp. 179-192). Ferrara.Spirito, 1932)[24].

Si la custodia de este Stato etico fue encomendada a Benito Mussolini, pontífice de la nueva teoría superadora del Estado de derecho (Capobianco, G. L. (1929). Sindicalismo e diritto. L’ordinamento corporativo dello Stato, disciplina dei rapporti collettivi del lavoro e riorganizzazione giurisdizionale nelle controversie del lavoro. Milano: Società Editrice Libraria.Capobianco, 1929: 30 y 36), de su realización se ocupó el jurista Alfredo Rocco, y su armadura de acero (Ungari, P. (1963). Alfredo Rocco e l´ideologia giuridica del fascismo. Brescia: Morcelliana.Ungari, 1963: 28-29)[25], en dos fases: sindical (1926) y corporativa (1930) (Pera, G. (1985). Dallo Stato corporativo alla libertà sindacale. Esperienze comparative. Milano: Franco Angeli.Pera, 1985: 13-36). El diagnóstico de Rocco era tajante: el Estado estaba en crisis (Rocco, A. (1921). Crisi dello Stato e sindacati. Politica, (7), 1-14.Rocco, 1921). De esta forma se pasa del Estado liberal al fascista con el objetivo de la unificación nacional de la producción y del trabajo, superando la contraposición entre Estado e individuo por medio de la representación de los intereses[26]: potenciamiento del gobierno, suspensión de las garantías estatutarias, partido único, sindicato único, leyes de excepcción para la defensa del Estado, reforma electoral, constitucionalización del Gran Consiglio del fascismo, reforma el Parlamento (Bresso, P. y Cereja, F. (1992). L’Italia liberale e fascista. Scritti e documenti (1861-1939). Roma: La Nuova Italia Scientifica.Bresso y Cereja, 1992: 193). Primero atribuyó pleno poder al jefe del Gobierno a través de la Ley sobre las atribuciones y prerrogativas del jefe del Gobierno, primer ministro secretario de Estado, de 24 de diciembre de 1925. Posteriormente se produce el reforzamiento del poder del ejecutivo, en perjuicio del Parlamento, a través de la posibilidad de dictar normas que otorgaba la Ley de 31 de enero de 1926. Finalmente, el 25 de noviembre de 1926 se promulga la ley para la defensa del Estado. Dos años después, el 9 de diciembre de 1928, se redacta la ley por la que el Gran Consejo de Estado pasa de ser un órgano del partido al órgano constitucional supremo.

La máxima expresión del Estado ético vendrá a cargo del corporativismo. Su propia raíz etimológica, corpo, nos da la primera señal de su desarrollo orgánico. Pero no solo proviene de la metáfora del cuerpo, el corporativismo hunde sus raíces en la institución romana de la corporación (Schiera, P. (2005). Il corporativismo: concetti storici. En Mazzacane, Somma, y Stolleis (eds.). Korporativismus in den südeuropäischen Diktaturen (pp. 35-48). Frankfurt: Vittorio Klostermann Verlag.Schiera, 2005: 35-36). Hace las veces de vasos sanguíneos del totalitarismo fascista. No busca la pluralidad sindical, la lucha y representación obrera. Todo lo contrario. No existe lucha de clases: el proyecto de Rocco pretende poner fin a la autodefensa de clase del sindicalismo revolucionario (Capobianco, G. L. (1929). Sindicalismo e diritto. L’ordinamento corporativo dello Stato, disciplina dei rapporti collettivi del lavoro e riorganizzazione giurisdizionale nelle controversie del lavoro. Milano: Società Editrice Libraria.Capobianco, 1929: 84). El trabajo se configura como un deber.

La armonía entre trabajadores y patronos se convierte en la ecuación aplicada. Se trata de una fórmula para fortalecer la posición y el poder del Estado frente a la crisis del Estado liberal y, al mismo tiempo, eliminar la autonomía de la clase obrera. El objetivo consiste en que las masas tengan fieles sentimientos hacia el Estado. No una masa indiferenciada, sino una masa organizada corporativamente (Sordi, B. (2005). Corporativismo e dottrina dello stato in Italia: incidenze costituzionali e amministrative. En Mazzacane, Somma y Stolleis (eds.). Korporativismus in den südeuropäischen Diktaturen (pp. 129-146). Frankfurt: Vittorio Klostermann.Sordi, 2005: 131). La corporación será entendida, en palabras de Mussolini, como un instrumento del Estado para la práctica de «la disciplina integral, orgánica y unitaria de las fuerzas productoras, tendiendo al desarrollo de la riqueza, a la potencia política y al bienestar del pueblo italiano» (Mussolini, B. (s/f). El Estado corporativo. Salamanca: U.S.I.Mussolini, s/f: 7-8). El corporativismo vendría a sanar aquella herida dejada por el capitalismo (Mussolini, B. (s/f). El Estado corporativo. Salamanca: U.S.I.Mussolini, s/f: 11). El sujeto no existe sino en tanto miembro del partido o de la corporación. El sujeto, por tanto, pertenece (Costa, P. (2001). Civitas. Storia della cittadinanza in Europa. Vol. 4. L´età dei totalitarismi e della democrazia. Bari: Laterza.Costa, 2001: 262-263). La libertad no es entendida como un derecho natural del individuo sino como una concesión del Estado. El corporativismo no dejaba de ser un elemento más de la idea de totalidad (Mussolini, B. (s/f). El Estado corporativo. Salamanca: U.S.I.Mussolini, s/f: 35).

Posteriormente, con la Ley de 15 de marzo de 1930 (Legge sul Consiglio Nazionale delle Corporazioni), en palabras de Gentile, «se da forma orgánica al nuevo Estado corporativo» (Gentile, G. (1934). Origini e dottrina del fascismo. Roma: Istituto Nazionale Fascista di Cultura.Gentile, 1934: 90). Así, apunta Gentile, se pone fin a la lucha de clases, a la separación sindicato-Estado por medio de la conciliación (Gentile, G. (1934). Origini e dottrina del fascismo. Roma: Istituto Nazionale Fascista di Cultura.Gentile, 1934: 92). Todo un eufemismo. Con esta institución se cumplía en el ámbito económico el mismo rol que el Gran Consejo había tenido en el plano político, a saber: el fin y superación del liberalismo (Mussolini, B. (s/f). El Estado corporativo. Salamanca: U.S.I.Mussolini, s/f: 33-34). El Consejo Nacional de las Corporaciones, como ya apuntaba Mussolini en 1933 (Mussolini, B. (s/f). El Estado corporativo. Salamanca: U.S.I.Mussolini, s/f: 32), acabará remplazando al Parlamento. Hecho que se producirá con la Ley de 19 de enero de 1939 que instituye la Camera dei Fasci e delle Corporazioni.

En definitiva, el Estado corporativo se caracterizó, principalmente, por tres elementos: 1) el principio de la representación de los intereses colectivos (encargado a la organización sindical); 2) el principio de la eficacia sustitutiva del acto colectivo (corresponde al reglamento colectivo); 3) el principio de administración colectiva de los intereses de la producción nacional (corresponde a la organización corporativa estatal, constituida por los órganos corporativos propiamente dichos: Corporazioni, Consiglio Nazionale della Corporazioni, y a los órganos jurisdiccionales o administrativos con funciones corporativas) (Chiarelli, G. (1936). Lo Stato corporativo. Padova: CEDAM.Chiarelli, 1936: 99-100).

No obstante, al Estado italiano no le bastó con corporeizarse, sino que, como en Alemania, aplicó una terapia, así como la expansión del territorio (Battente, S. (2003). Alle origini dell’imperialismo coloniale italiano da Crispi a Mussolini: il nazionalismo giuridico-economico di Alfredo Rocco tra modernizzazione e sviluppo economico. Italian Politics and Society, (57), 36-49.Battente, 2003: 41-48). El 15 de julio de 1938 se publica en la portada del Giornale d´Italia,un importante periódico nacido a principios de siglo, el texto anónimo Il Fascismo e i problemi della razza. Pocos días después se publica como página de apertura de una nueva revista, La difesa della razza (Costa, P. (2001). Civitas. Storia della cittadinanza in Europa. Vol. 4. L´età dei totalitarismi e della democrazia. Bari: Laterza.Costa, 2001: 293-294). Son solo diez puntos en los que se resume toda la teoría de la raza —noción no acogida hasta entonces por el fascismo— ya aplicada en la Alemania nazi[27]. Las ideas de Julius Evola se llevan a la práctica (Gregor, J. (2005). Mussolini’s intellectuals. Fascist social and political thought. Princeton: Princeton University Press.Gregor, 2005: 191-221).

Ese mismo año comienzan a redactarse las leyes raciales. El 5 de septiembre se publica el Real Decreto para la defensa de la raza en la escuela italiana que establece la imposibilidad de coexistencia en un mismo colegio de italianos y judíos (arts. 1, 2 y 3). El 7 de septiembre se publica el Real Decreto contra los judíos extranjeros que prohíbe el asentamiento de judíos (art.1). El 6 de octubre de 1938 el Gran Consejo del Fascismo emite una declaración acogiendo la noción de raza y la ejecuta el 17 de noviembre de 1938 con la publicación del Real Decreto-Ley para la defensa de la raza italiana. Establece la prohibición del matrimonio de italianos con otras razas, aunque se permite el matrimonio con extranjeros arios previo permiso del Ministerio de Interior (arts. 1 y 2), la prohibición a toda persona que ocupe un cargo público de contraer matrimonio con cualquier mujer extranjera sea cual sea su raza (art. 3). Lo peor está por llegar.

2. Volksgemeinschaft [Subir]

En 1933, el mismo año en el que el partido nazi entra en el poder en Alemania, se publican dos trabajos de maestro y discípulo, como señalábamos al inicio. Schmitt publica Staat, Bewegung, Volk, y Forsthoff, por su parte, Der totale Staat. Si el Estado liberal se caracteriza por su abstencionismo y por su neutralidad[28], el Estado total, en el que el poder se encuentra concentrado en manos del líder, interviene en todos los ámbitos de la vida (Schmitt, C. (2005). El concepto de lo político. Madrid: Alianza.Schmitt, 2005: 53). Todo se hace público, nada es privado. En este Estado total, el pueblo debe caracterizarse por su homogeneidad racial, por la supresión de la privacidad y por el corporativismo (Campderrich, R. (2005). La palabra de Behemoth. Derecho, política y orden internacional en la obra de Carl Schmitt. Madrid: Trotta.Campderrich, 2005: 76-77). Nada de democracia. El pueblo no concede el poder, simplemente lo reconoce (Neumann, F. (1943). Behemoth. Pensamiento y acción en el nacionalsocialismo. México: Fondo de Cultura Económica.Neumann, 1943: 68). Se trata de un Estado orgánico y jerárquicamente estructurado en el que el individuo o es miembro o no es nada.

El Estado total se presenta como la antítesis del Estado liberal. Pero no se trata de un Estado total porque intervenga burocráticamente en todos los aspectos de la vida social, sino porque es la organización política de un pueblo cuyos miembros sienten la pertenencia a una comunidad de destino y asumen su responsabilidad. El Estado total es el Estado de la total responsabilidad (Costa, P. (2001). Civitas. Storia della cittadinanza in Europa. Vol. 4. L´età dei totalitarismi e della democrazia. Bari: Laterza.Costa, 2001: 329-330).

Staat, Bewegung, Volk se configura como la estructura del nacionalsocialismo. Pero esta tríada no se encuentra en igualdad. Existe una jerarquía: Movimiento, Estado, Pueblo. En la doctrina nacionalsocialista, lo dinámico (el Movimiento) se encuentra por encima de lo estático (el Estado) y lo político (Movimiento y Estado) por encima de lo no-político (el Pueblo). El Movimiento es el verdadero guía del Estado y del Pueblo (Neumann, F. (1943). Behemoth. Pensamiento y acción en el nacionalsocialismo. México: Fondo de Cultura Económica.Neumann, 1943: 86-87). Esta postura de Schmitt será corregida en la práctica, pues el nacionalsocialismo hará girar toda su doctrina alrededor de la Volkgemeinschaft.

La realización del Estado total comenzó pronto. Tres semanas después de las elecciones de 1933, el 23 de marzo el Reichstag aprueba la Gesetz zur Behebung der Not von Volk und Reich (Ley para remediar la miseria del pueblo y del Reich). Se otorga un poder ilimitado al gobierno. Se unifica el poder y se convierte en absoluto (Neumann, F. (1943). Behemoth. Pensamiento y acción en el nacionalsocialismo. México: Fondo de Cultura Económica.Neumann, 1943: 72-73). No se trata de una simple ley emanada del Parlamento, detrás tiene toda una doctrina inmunizadora: la decisión soberana.

Es de sobra conocida la cita con la que Schmitt inicia su obra de 1922 Politische Theologie: «Soberano es quien decide sobre el estado de excepción» (Schmitt, C. (2009). Teología política. Madrid: Trotta.Schmitt, 2009: 13). Frente al normativismo kelseniano, Schmitt sitúa el fundamento último de la validez del ordenamiento jurídico en la situación de excepción. El contenido material de la decisión consiste en decidir quién es el amigo y quién es el enemigo (Schmitt, C. (2005). El concepto de lo político. Madrid: Alianza.Schmitt, 2005: 56). El enemigo es el otro, el extraño, el hostis. Decidir el enemigo y decidir la excepción son los elementos que hacen al soberano.

Por eso ya no poseen validez los conceptos abstractos. La nueva teoría nacionalsocialista debía seguir el camino opuesto: acudir a lo concreto. En un texto de 1934, Schmitt reflexiona sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica. Ese mismo año Kelsen publica su Reine Rechtslehre. La coincidencia de los dos juristas, compañeros en Colonia el año anterior, es palmaria. Frente al normativismo kelseniano, Schmitt opone la fórmula del orden concreto[29]; frente a la pureza metodológica como guía del pensamiento, el nomos como desarrollo de una comunidad vital en el espacio. El derecho presupone, por tanto, este nomos que lo determina y condiciona.

Schmitt localiza tres formas de pensar la ciencia jurídica: a través de la regla, de la decisión y del orden concreto (Schmitt, C. (1996). Sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica. Madrid: Tecnos.Schmitt, 1996: 5). Sin embargo, las dos primeras formas no logran captar la amplitud de la vida. El positivismo jurídico dominante durante el siglo xix ha sido una combinación del pensamiento decisionista y del de reglas, desplazando el pensamiento del orden concreto. Aunque, señala Schmitt, «en Alemania, el pensamiento del orden concreto y comunitario nunca ha dejado de estar presente» (Schmitt, C. (1996). Sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica. Madrid: Tecnos.Schmitt, 1996: 47). Y en este mantenimiento del orden concreto el organicismo, como auténtica gran política[30], jugó un papel fundamental en la configuración de una forma vital concreta de la comunidad (Schmitt, C. (1996). Sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica. Madrid: Tecnos.Schmitt, 1996: 51-52).

El pensamiento del orden concreto, enmarcado en una tradición —señala Larenz— que encuentra su origen en Hegel y Savigny, se configura como una alternativa que supera tanto al iusnaturalismo como al iuspositivismo, incapaces de ocuparse de la realidad del derecho (Larenz, K. (2008). La filosofía contemporánea del derecho y del Estado. Madrid: Reus.Larenz, 2008: 259-260): de esta forma se llega a «la nueva ciencia jurídica alemana en su posición más allá del iusnaturalismo y del positivismo, en cuanto pensamiento ordinalista concreto sobre la base del concepto objetivo idealista de la realidad y de su dialéctica sustancial» (Larenz, K. (2008). La filosofía contemporánea del derecho y del Estado. Madrid: Reus.Larenz, 2008: 284).

La soberanía schmittiana tiene un carácter autoritario, polémico y fáctico. Autoritario en tanto que es únicamente el soberano quien decide cuándo es el estado de excepción y qué medidas se adoptarán. Polémico, puesto que no se configura en modo afirmativo cuál es el orden público, de seguridad o interés del Estado, sino que en modo negativo se determina en qué consiste la amenaza (enemigo) para dicho orden. Fáctico, pues no es una norma jurídica la que determina quién es el soberano, sino la decisión sobre el estado de excepción que haga restablecer de nuevo el orden (Estévez Araujo, J. A. (1988). La crisis del Estado de Derecho liberal. Schmitt en Weimar. Barcelona: Ariel.Estévez Araujo, 1988: 188-189).

El orden también debe ser establecido en el exterior. La doctrina del Lebensraum (espacio vital) del geógrafo del siglo xix F. Ratzel se lleva a la práctica. Este consideraba al Estado como un organismo con capacidad para crecer y expandir sus fronteras, su espacio vital (Neumann, F. (1943). Behemoth. Pensamiento y acción en el nacionalsocialismo. México: Fondo de Cultura Económica.Neumann, 1943: 164-175). El Lebensraum así como el Großraum (el gran orden espacial), son ejemplos del orden concreto. Con ellos se concibe a la unidad política como una forma viva que tiende a ampliar su espacio.

Así, el pueblo se funda sobre la base del darwinismo social (Lukács, G. (1972). El asalto a la razón. La trayectoria del irracionalismo desde Schelling hasta Hitler. Barcelona: Grijalbo.Lukács, 1972: 538-617). Se trata de un pueblo racial (Hitler, A. (s/f). Mi lucha. Buenos Aires: Luz.Hitler, s/f: 135), una Volkgemeinschaft (el pueblo constituido en comunidad), una unidad vital (Lebensganzes), sangre y tierra (Blood und Boden ). Los elementos culturales o espirituales del pueblo (idioma, historia, destino) son solo elementos diferenciadores de los distintos grupos que pueden componer la raza. El pueblo racial (elemento biológico) llega a ser nación (elemento político) cuando, por utilizar las palabras de Neumann, «tiene conciencia de unas aspiraciones políticas comunes, cuando es capaz de lograr y mantener una voluntad política unificada» (Neumann, F. (1943). Behemoth. Pensamiento y acción en el nacionalsocialismo. México: Fondo de Cultura Económica.Neumann, 1943: 124).

La comunidad del pueblo, racialmente determinada, elimina el punto de vista individual. El Führer asegura su conducción (Führung) , pues su voluntad individual coincide con la voluntad del pueblo. De ahí que el derecho, como voluntad del pueblo, emane del Führer. Este representa Hacemos referencia al concepto Repräsentation que en Schmitt tiene una carga existencial más que jurídica (Schmitt, C. (1982). Teoría de la Constitución. Madrid: Alianza.Schmitt, 1982: 209). , en tanto que encarna «El espíritu objetivo no es una entelequia: es el espíritu que vive hoy en Alemania y la impulsa a empresas grandiosas; y ese espíritu no está difundido amorfamente en la subconsciencia popular; posee entidad propia y se halla encarnado, corporeizado en una personalidad viva, la personalidad del Führer, en quien la comunidad, por así decirlo, se hace carne y sangre» (Legaz Lacambra, L. (2008). Prólogo. En K. Larenz. La filosofía contemporánea del derecho y del Estado (pp. 19-29). Madrid: Reus.Legaz Lacambra, 2008: 23). , al pueblo. Es imposible que haga nada en contra del pueblo, pues no puede hacer nada en contra de sí mismo. Nos encontramos con el Führerprinzip . Para ello se servirá del partido, de las instituciones del Estado —de las cuales es el Leiter — y del derecho, en tanto que este último se configura como el elemento vital de la comunidad del pueblo. Ya no existe oposición entre Estado e individuo. Este último vive incorporado en la comunidad. Las leyes naturales que imperan en el organismo determinan las leyes jurídicas. El vínculo normativo (deber ser) se hace vínculo existencial (ser) (Larenz, K. (1935). Rechtsperson und subjektives Recht — Zur Wandlung der Rechtsgrundbegriffe. En K. Larenzl (ed.). Grundfragen der neuen Rechtswissenschaft (pp. 225-260). Berlin: Junker und Dünnhaupt.Larenz, 1935: 48).

La teoría racista protagoniza el sistema. Establece tanto los principios-guía para una interpretación tanto praeter como contra legem de las normas ya existentes, así como inspira una legislación basada en la idea de pureza racial (Losano, M. (2002). Sistema e struttura nel diritto. Vol. II. Il novecento. Milano: Giuffrè.Losano, 2002: 165). La Volkgemeinschaft se convierte en el centro gravitacional del nazismo.

La noción es doble: pueblo y comunidad, organicismo biológico y espiritualista. El concepto de pueblo no será configurado como un ente jurídico, como es el caso de la noción francesa, sino como un ente racial (Bonnard, R. (1950). El Derecho y el Estado en la doctrina nacionalsocialista. Barcelona: Bosch.Bonnard, 1950: 34 y ss). La diferencia es notable. Si se considera al pueblo como noción jurídica se presupone la existencia anterior de un Estado y de un sistema jurídico. A la inversa, si se entiende el pueblo como una noción étnica ya no es necesario el Estado, sino que el pueblo será algo exterior y anterior al Estado. El pueblo, configurado sobre esta base racista, se forma y organiza en comunidad. Esta será la sustanciación colectiva del Volksgeist [33], la comunión total entre los miembros y el todo (Díaz, E. (1961). Sustanciación de lo colectivo y Estados totalitarios. Anuario de Filosofía del Derecho, (8), 77-118.Díaz, 1961: 77-118).

Los individuos se encuentran coordinados, y no meramente yuxtapuestos, en la comunidad. Se convierten en simples miembros, pierden su personalidad individual en favor de la personalidad de la comunidad (La Torre, M. (1988). La lotta contro il diritto soggettivo. Karl Larenz e la dottrina giuridica nazionalsocialista. Milano: Giuffrè.La Torre, 1988: 81). Hay aquí una ordenación orgánica de la comunidad. A diferencia de la concepción del Estado-persona, propia de la ciencia jurídica del siglo xix, este nuevo organicismo escapa de las connotaciones individualistas (Costa, P. (2001). Civitas. Storia della cittadinanza in Europa. Vol. 4. L´età dei totalitarismi e della democrazia. Bari: Laterza.Costa, 2001: 327). El organicismo produce una superación dialéctica del polo individualista. En el III Reich el Estado es un instrumento para la Führung, el medio para realizar los fines de la raza alemana. Por eso se niega su personalidad jurídica. En cambio, el sujeto primario del ordenamiento es, reiteramos, la Volksgemeinschaft.

El organicismo es llevado a su máxima expresión: los individuos carecen de derechos subjetivos que puedan interponer (Bonnard, R. (1950). El Derecho y el Estado en la doctrina nacionalsocialista. Barcelona: Bosch.Bonnard, 1950: 67). El ordenamiento jurídico aquí se cierra sobre la comunidad. No existen bienes jurídicos. Solo existe la comunidad y el deber que cada miembro tiene hacia ella. El derecho que vive en ella vive también en el interior del individuo. Es imposible la heteronomía. Las normas jurídicas no preceden del exterior, sino que provienen de la naturaleza, del vínculo orgánico del miembro con la comunidad. Cometer un acto delictivo supone violar los deberes hacia la comunidad y, al mismo tiempo, atacarse a sí mismo perdiendo su posición en la comunidad. El ilícito constituye, de esta forma, la ruptura y pérdida del vínculo orgánico entre el individuo y la comunidad. La sanción jurídica que se imponga solo es el reflejo externo de tal hecho (Larenz, K. (1936). Vom Wesen der Straffe. Zeitschrift fur Deutsche Kulturphilosophie, (2), 26-50.Larenz, 1936: 33).

No todos los individuos pueden ser miembros de la comunidad y, por consiguiente, no todos están bajo el sistema jurídico. Solamente aquellos que participan en el espíritu del pueblo pueden ser miembros de la comunidad, compañeros del pueblo (Volkgenosse) (La Torre, M. (1988). La lotta contro il diritto soggettivo. Karl Larenz e la dottrina giuridica nazionalsocialista. Milano: Giuffrè.La Torre, 1988: 181-182). Aquella máxima que aparecía redactada en el punto cuarto del programa del partido nacional-socialista es acogida por la doctrina jurídica al defender que la comunidad jurídica comprende solo a quien forma parte de la comunidad del pueblo, individualizada a través del vínculo de sangre. Aquel que no sea de sangre alemana queda fuera del pueblo, del Estado, del derecho (Losano, M. (2002). Sistema e struttura nel diritto. Vol. II. Il novecento. Milano: Giuffrè.Losano, 2002: 165-166).

Los que no participen de este espíritu, no formarán parte de la Volkgemeinschaft. Su otra cara estaba representado por la anomia, el vacío jurídico, la discrecionalidad (Fraenkel, E. (1941). The Dual State. A contribution to the Theory of Dictatorship. New York: Oxford University Press.Fraenkel, 1941) tendente a la purificación del cuerpo de la nación: Decreto del presidente del Reich para la protección del Pueblo y del Estado de 28 de febrero de 1933[34] y las leyes de 14 de julio de 1933 sobre Revocación y Naturalización[35], y para la Prevención del Surgimiento de Enfermedades Hereditarias[36]. Fin de las garantías jurídicas y comienzo del Gleichschaltung [37].

El fin último era la consecución de una sociedad pura en un cuerpo sano[38] y la conservación de los elementos raciales que constituyen el organismo homogéneo del Estado (Hitler, A. (s/f). Mi lucha. Buenos Aires: Luz.Hitler, s/f: 163). Los medios para conseguirlo fueron principalmente dos: purificación de la raza aria y extirpación del cuerpo social de aquellos individuos racialmente inferiores (Burleigh, M. y Wippermann, W. (1991). The Racial State: Germany 1933-1945. Cambridge University Press.Burleigh y Wippermann, 1991). En el plano jurídico se redactaron y ejecutaron judicialmente[39] una serie de leyes tendentes a la purificación de la sangre alemana (Bonnard, R. (1950). El Derecho y el Estado en la doctrina nacionalsocialista. Barcelona: Bosch.Bonnard, 1950: 45-54; Neumann, F. (1943). Behemoth. Pensamiento y acción en el nacionalsocialismo. México: Fondo de Cultura Económica.Neumann, 1943: 137-147). Durante el primer año destaca la Ley para impedir la transmisión de taras hereditarias, de 14 de julio de 1933, que establece, de forma similar a otras legislaciones europeas y norteamericanas (Pichot, a. (2000). La societé pure. De Darwin a Hitler. Paris: Flammarion.Pichot, 2000: 204-215), la esterilización de aquellos sujetos con imbecilidad congénita, esquizofrenia, manía depresiva, epilepsia hereditaria, ceguera hereditaria, sordera hereditaria y deformaciones físicas graves hereditarias. También ha de destacarse la Ley de higiene matrimonial del pueblo alemán, de 18 de octubre de 1935, que establece como requisitos para el matrimonio el examen médico y eugenésico.

En 1935 la legislación de purificación de la sangre alemana comienza a centrarse en el pueblo judío. Se promulgan las Leyes de Núremberg de 15 de septiembre de 1935. La Reichsbürgergesetz (Ley de ciudadanía) hace realidad la manifestación que años antes había realizado Hitler en el Mein Kampf: la necesidad de vincular la ciudadanía a la raza (Hitler, A. (s/f). Mi lucha. Buenos Aires: Luz.Hitler, s/f: 182). Distingue los varios estatus que deben existir en Alemania en función de una jerarquía racial y de fidelidad a la Volkgemeinschaft y al Führer: súbditos del Estado (Staatsbürgerchaft) y ciudadanos del Reich (Reichsbürgerschaft ). Se produce una gradación de la capacidad jurídica, entendida como la idoneidad para ocupar una posición jurídica o función dentro del organismo (La Torre, M. (1988). La lotta contro il diritto soggettivo. Karl Larenz e la dottrina giuridica nazionalsocialista. Milano: Giuffrè.La Torre, 1988: 195, 205-234). Los ciudadanos son aquellos individuos de sangre alemana o racialmente similar que hayan dado pruebas de su voluntad y capacidad para servir fielmente al pueblo alemán y al Reich (art. 2.1). La ciudadanía se adquiere mediante la carta de ciudadanía del Reich (art. 2.2), el título más valioso en palabras de Hitler (Hitler, A. (s/f). Mi lucha. Buenos Aires: Luz.s/f: 183), que otorga al individuo los plenos derechos políticos (art. 2.3).

El 14 de noviembre de 1935 se publica la primera ordenanza de desarrollo de la ley de ciudadanía. En el artículo 1 se otorga la condición de ciudadano, sin necesidad de la carta de ciudadanía que establecía la ley, a través de dos medios. Bien a todo nacional de sangre alemana o racialmente similar que tuviera derechos electorales o a través de la actuación directa del ministro del Interior. Asimismo, concede en exclusividad los cargos públicos a los ciudadanos (art. 3), excluyendo de tal condición a los judíos (art. 4.1), los cuales deberán abandonar su cargo antes del 31 de diciembre de 1935 (art. 4.2). El artículo 5 establece las condiciones o elementos que identifican al judío: el descendiente de al menos tres abuelos judíos (judío puro), quien descendiera de uno o dos abuelos judíos (judío mestizo).

Junto a esta ley se promulgó la Gesetz zum Schutze des deutschen Blutes und der deutschen Ehre (Ley para la protección de la sangre y el honor alemanes). Su finalidad, como establece el preámbulo de la ley, era conseguir la pureza de la sangre alemana como medio para la continuidad del pueblo alemán. Prohibieron el matrimonio entre judíos y ciudadanos alemanes de sangre alemana o similar (art. 1). El incumplimiento de esta prohibición, o, incluso, mantener relaciones sexuales fuera del matrimonio (art. 2), se castiga con prisión (art. 5). En base al artículo 2 del Código Penal alemán, tras su modificación de 28 de junio de 1935, se extiende el ámbito espacial punible más allá de las fronteras del Estado alemán. De ahí que cualquier alemán que cometa un acto de traición contra la raza, con independencia del lugar en el que se encuentre o haya cometido el acto, deberá ser castigado. Los artículos 3 y 4 establecen la prohibición de personal del hogar de sangre alemana o afín menor de 45 años en las casas de los judíos y la prohibición a los judíos de izar la bandera alemana, aunque les permite exhibir sus colores.

Todo un entramado jurídico tendente a desnudar progresivamente a los sujetos que pueden enfermar al organismo del Estado. La desnudez total, aquella que separa la carne humana de la propia condición humana, se produjo en los campos de concentración. El proyecto biopolítico de un Estado orgánico se realiza así en su totalidad.

Conclusión [Subir]

A lo largo de este trabajo hemos tratado de mostrar cómo la metáfora orgánica fue acogida por el pensamiento fascista y nacionalsocialista, y, a su vez, cómo se materializó jurídicamente. La metáfora tomó cuerpo, realizándose plenamente en el cuerpo de la población. Esta traslación del plano teórico a la praxis se tradujo en un fuerte carácter inmunitario: el cuerpo del Estado había de ser protegido de todos aquellos sujetos que pudieran ponerlo en peligro. La estrategia de autoconservación se realizó basándose en la producción de un armazón jurídico (Stato etico-corporativo y Volksgemeinschaft). De esta forma, anatomía, patología y terapia, los tres elementos del texto de Uexküll con el que comenzamos este trabajo, se llevaron a la práctica: se corporeizó la totalidad y se suprimieron aquellos individuos que pudieran infectarla.

Como ha apuntado Roberto Esposito, una de las herramientas del sistema inmunitario la encontramos en el derecho y en el discurso sobre el derecho, situándose entre la conservación y la exclusión de la vida. La inmunización jurídica conserva la comunidad, su vida, mediante su destitución (Esposito, R. (2002). Immunitas. Protezione e negazione della vita. Torino: Einaudi.Esposito, 2002: 12-13, 26-27). En palabras de Esposito (Esposito, R. (2002). Immunitas. Protezione e negazione della vita. Torino: Einaudi.2002: 18-19):

a este significado inmunitario debe ser referida la duración de la metáfora del «cuerpo político» no solamente en la tratadística de gobierno de la primera edad moderna, en la que esta emerge de forma explícita, mas también sucesivamente, cuando la metáfora parece eclipsarse simplemente porque se «realiza» en el cuerpo mismo de la población. Para que pueda devenir objeto de práctica biopolítica necesita que sea reconducida a aquel mismo léxico del «cuerpo político» mediante el cual primero el rey y luego el Estado habían sido representados durante mucho tiempo en la forma del poder soberano.

De esta unión surgirá lo que podríamos calificar como organicismo inmunitario. La característica principal reside en la aporía autoconservación destructiva que funcionaría como el pharmakon en Platón: una oscilación vertiginosa entre el veneno y el antídoto, la enfermedad y la cura, el problema y la solución. El juego de los opuestos muestra una singular complicidad[40].

Aunque la locución organicismo inmunitario pudiera parecer un pleonasmo, puesto que todo organismo presenta un sistema de inmunidad para conservarse, lo cierto es que al calificarlo así estamos tratando de posicionar una línea de distancia con respecto al organicismo anterior a la modernidad. Este se caracterizó ante todo por una labor pedagógica: se trata de explicar y de convencer acerca de la constitución y la forma de la totalidad. Lo que interesa, por ejemplo en Platón y su analogía de la polis y el cuerpo humano, es la idea de armonía, esto es, la necesaria articulación orgánica del sistema jurídico-político en aras de su buen funcionamiento. Aunque es cierto que existen algunos discursos marcadamente organicistas en los que el factor patológico se encuentra visible, lo que se trataba en última instancia era construir un modelo[41].

Durante los totalitarismos del siglo xx se producirá el tiempo por excelencia de la realización jurídica de la metáfora orgánica a través de la práctica inmunitaria del cuerpo del Estado (terapéutica). La vida biológica entra a formar parte de la política, el derecho y la economía. La biopolítica total produce un modelo inmunitario en el que el sujeto queda desnudo ante el organismo de la totalidad. Metáfora orgánica y paradigma inmunitario encuentran su espacio.

Notas [Subir]

[1] El presente artículo se enmarca en el proyecto de investigación «Tradición y Constitución: problemas constituyentes de la España contemporánea» (DER2014-56291-C3-3-P).
[2] El racionalismo y el mecanicismo de la modernidad parecían hacer imposible la vida de la metáfora orgánica. No obstante, esta consiguió sobrevivir sigilosa (García López, D. J. (2013). Organicismo silente. Rastros de una metáfora en la ciencia jurídica. Granada: Comares.García López, 2013: 17-58).
[3] Hemos decidido acotar el espacio de análisis al fascismo y al nazismo, pues comparten no solo alianzas políticas, sino, sobre todo, sinergias teóricas. Dejamos fuera a las dictaduras de Salazar y Franco, que también tuvieron una concepción antropomórfica del Estado (Rebello, J. (1998). Formas de Legitimação do Poder no Salazarismo. Lisboa: Livros e Leituras. Rebello: 1998: 121-176).
[4] «El Estado totalitario, en fin, presupone la existencia de un “enemigo”, y en combatirle cifra su razón de existir. La dedicación a esa lucha y el servicio a la propia fe constituye la misión imperial de los pueblos» (Legaz Lacambra, L. (1940). Introducción a la teoría del Estado nacionalsindicalista. Barcelona: Bosch.Legaz Lacambra, 1940: 122).
[5] La cita la toma Larenz (Larenz, K. (1944). Sittlichkeit und Recht bei Samuel Pufendorf. Zeitschrift für Deutsche Kulturphilosophie, (10), 101-114.1944: 294) de Hegel (Hegel, F. (1985). Fenomenología del espíritu. Madrid: Fondo de Cultura Económica.1985: 16).
[6] «La insistencia obstinada en contraponer capitalismo y fascismo traiciona en el fondo la falta de una teoría económica, como si el fascismo hubiera ocasionado las contradicciones del capitalismo y no las contradicciones capitalistas el propio fascismo o como si la política de guerra imperialista y la planificación estatal fueran incompatibles con el capitalismo» (Winckler, L. (1979). La función social del lenguaje fascista. Barcelona: Ariel.Winkcler, 1979: 16). En Estado autoritario, Horkheimer muestra cómo el Estado liberal deviene Estado autoritario con el desarrollo del capitalismo (Horkheimer, M. (2006). Estado autoritario. México: Ítaca.Horkheimer, 2006).
[7] Neumann (Neumann, F. (1973). Lo Stato democrático e lo Stato autoritario. Bologna: Il Mulino.1973: 332-333, 343-345) diferencia tres tipos de dictaduras: simple, cesarista y totalitaria. En la primera el poder controla los medios tradicionales de coacción, el ejército, la magistratura y la policía. En la dictadura cesarista el elemento diferenciador es el apoyo popular. Finalmente, la dictadura totalitaria supone una fusión de las dos anteriores unido al control de los medios de comunicación, instrucción, economía, etc.
[8] La mezcla de la mitología del suelo y la sangre unida a la concepción industrial y funcionalista de la sociedad (capitalismo) se refleja, en última instancia, en los campos de concentración. Estos representan la simbiosis entre organicismo y mecanicismo. Los campos están articulados como fábricas, como mecanismos eficaces para la consecución del mito de la pureza de la raza.
[9] «Il fascismo vuole l’uomo attivo e impegnato nell’azione con tutte le sue energie» (Mussolini, B. y Gentile, G. La dottrina del fascismo. Disponible en: http://litgloss.buffalo.edu/mussolini/text.shtml.Mussolini, Gentile: parágrafo 3) (Costa, P. (1999). Lo «Stato totalitario»: un campo semantico nella giuspubblicistica del fascismo. Quaderni Fiorentini per la storia del pensiero giuridico moderno, 28 (1), 61-174.Costa, 1999: 66-67).
[10] «Lo Stato nazionalista era perciò uno Stato aristocratico, che aveva bisogno di costituirsi nella forza conferitagli dalla sua origine, per quindi farsi valere sulla massa. Lo Stato fascista invece è Stato popolare; e in tal senso Stato democrático per eccellenza»; «Questo Stato autoritario non accetta il liberalismo anarchico dell´individualista che non vede l´apriorità e necessità immanente dello Stato; ma è più liberale dello stesso Stato liberale» (Gentile, G. (1934). Origini e dottrina del fascismo. Roma: Istituto Nazionale Fascista di Cultura.Gentile, 1934: 48-49 y 66).
[11] «El Estado totalitario se nos revela, ante una consideración histórica certera, como algo llamado a producirse, de muy antiguo, en virtud de las leyes inmanentes del desarrollo político europeo» (Vecchio, G. (1956). Teoría del Estado. Barcelona: Bosch.Vecchio, 1956: 70).
[12] «La soberanía de la ley y la igualdad de los ciudadanos ante ella constituyen las piedras cardinales del Estado fascista, el cual, por esto, es y quiere ser Estado de derecho, y no Estado absoluto y de policía. El nuevo ordenamiento corporativo difiere del antiguo por esto, que presupone y no niega el igual derecho de los ciudadanos, constituyendo con ello una orgánica integración de todos los derechos fundamentales del individuo, reivindicados por las precedentes revoluciones y especialmente por nuestro Risorgimento, que fue también una gran revolución (más compleja y gloriosa que la francesa, porque no solo reformó, sino que también construyó «ex novo» un Estado), han sido, en gran parte, conservados por la revolución fascista, que los llevó a nuevos desenvolvimientos dándoles un contenido concreto allí donde a menudo se hallaban fórmulas vacías. Una demostración particularísima de esto equivaldría a una reseña, aquí ciertamente superflua, de la entera legislación fascista. Nadie ignora que esta legislación ha consagrado a la vida física y moral de los individuos de todas las clases sociales una tutela infinitamente más providente y eficaz que cualquier otra legislación italiana o extranjera» (Vecchio, G. (1939). El Estado Nuevo y sus bases jurídicas. Valladolid: Librería Santarén.Vecchio, 1939: 111-112). «Por tanto, el Estado se configura como relación o complejo de relaciones, como organismo relacional, cuya sustancia ética asume la forma de la juridicidad. El Estado es, pues, jurídico, porque su forma es la de la juridicidad propia del ethos; porque el Estado es un Estado ético, por eso es el Estado también un Estado jurídico […]. Pero el Estado ha de ser también ético, porque el orden jurídico ha de tener como principio las ideas morales. A este Estado se opone el «Estado mecánico», ya se revista de forma monárquica, constitucional o democrática. El Estado mecánico no puede ser un verdadero «Estado de derecho», lo mismo que el Estado patrimonial o el Estado popular (según la idea de Rousseau y Robespierre) no puede ser nunca un verdadero Estado ético»; «El Estado de Derecho es, sin duda, la forma del Estado que merece ser más altamente valorada. En nuestra situación, creemos que el Estado de Derecho es la forma única posible de Estado ético, esto es, de Estado que contiene un valor de eticidad» (Legaz Lacambra, L. (1951). El Estado de Derecho. Revista de Administración Pública, (6), 13-34. Legaz Lacambra, 1951: 18, 19 y 32).
[13] «La mezcla de la sangre y, por consiguiente, la decadencia racial son las únicas causas de la desaparición de viejas culturas; pues los pueblos no mueren por consecuencia de guerras perdidas sino debido a la anulación de aquella fuerza de resistencia que solo es propia de la sangre incontaminada» (Hitler, A. (s/f). Mi lucha. Buenos Aires: Luz.Hitler, s/f: 130). Sobre la metáfora de la enfermedad en Hitler, Winckler (Winckler, L. (1979). La función social del lenguaje fascista. Barcelona: Ariel.1979: 65-77).
[14] «Ya no se trata de un traumatismo, se trata de una enfermedad constitucional. Hoy podemos afirmar que el modo capitalista de producción está superado, y con él lo está la teoría del liberalismo económico que fue su ilustración y su apología» (Mussolini, B. (s/f). El Estado corporativo. Salamanca: U.S.I.Mussolini, s/f: 11).
[15] «Abbiamo preso un giovane robusto e gagliardo, pieno de vita e di vigore: aveva venti anni e lo abbiamo messo su un lettino piccolo, su un letto de Procuste, e gli abbiamo detto: stai lì […]. Ma era naturale che questo giovane non potesse sempre rimanere là immobile come un paralitico di 60 anni. Quindi la necessità di allargare il letto, quindi la necessità di dare istituti al nostro ordinamento in modo che la rivoluzione proceda verso la sistemazione della propria creatura» (Mussolini, 1980: 12).
[16] La Carta del Lavoro no era una ley, pero aun así se publicó en la Gazzeta ufficiale. Permitió al Gobierno redactar normas jurídicas con carácter superior (Somma, A. (2005). I giuristi e l´Asse culturale Roma-Berlino. Economia e politica nel diritto fascista e nazionalsocialista. Frankfurt: Vittorio Klostermann.Somma, 2005: 90-91).
[17] «Quando penso alla nazione, sento affluire nelle arterie un sangue nuovo, purissimo. Questo sangue viene dal cuore della nazione italiana che riaccelera i suoi palpiti» (Mussolini, B. (1958). Risposta al sindaco di Cremona (a Piacenza, 17 giugno 1923, Il Popolo d´Italia, n.145, 19 giugno 1923, X). Opera omnia. vol. XIX (pp. 273-274). Firenze: La Fenice.Mussolini, 1958a: 273-274).
[18] Gentile fue el adalid oficial del organicismo fascista. Otras personalidades de relieve también lo defendieron. Véanse los escritos de Panunzio o Giorgio del Vecchio. Este último consideraba la sociedad desde un organicismo biológico. En su obra Filosofía del Derecho, traducida por Legaz Lacambra, del Vecchio señala que «el fundamento real de la sociedad es, ante todo, biológico, y está constituido por el hecho mismo de la generación. La importancia de este substrato biológico se confirma en cuanto que también hay gérmenes o anticipos de sociedad entre las especies animales […]. Es maravilloso, por ejemplo, la vida en común de las hormigas, que comprende fenómenos de actividad militar, de división del trabajo, de distinción de clases sociales, y hasta de esclavitud (sujeción de las hormigas nacidas de crisálidas robadas a otras tribus)» (Vecchio, G. (1942). Filosofía del Derecho. Barcelona: Bosch.Vecchio, 1942: 378, 381 y 383).
[19] Puede verse online en http://litgloss.buffalo.edu/mussolini/text.shtml. Último acceso el 19 de enero de 2015.
[20] I Fondamenti della Filosofia del Diritto parece haber sido escrito solo para legitimar su última página: «Dato il rapporto tra diritto e Stato o politica, è evidente che non è pensabile forma di diritto che non sia la proiezione di una forma di Stato. Così il diritto corporativo è il diritto proprio e caratteristico dello Stato corporativo. La formazione giuridica è sempre quella. Cambia il contenuto del diritto in funzione del nuovo atteggiamento dello Stato. Il quale con la corporazione nega il particolarismo e individualismo liberale dell´economia, ossia dell´astratto momento dell´interesse. Conserva bensì l´individuo, come centro dell´interesse (proprietà e libertà d´iniziativa), ma, approfondendo il concetto dell´interesse, ossia il concetto stesso dell´individuo, sorge e riconosce i legami essenziali dell´individuo con la società nazionale, e instaura pertanto la coscienza dell´universalità immanente alla volontà dello stesso individuo: solleva cioè l´individuo dalla sua empirica particolarità all´universalità essenziale che conferisce alla sua azione un valore morale e perciò politico; o meglio, più intensamente morale e più energicamente politico. Il carattere corporativo del diritto è un riflesso del carattere più schiettamente morale e politico dello Stato» (Gentile, G. (1961). I Fondamenti della Filosofia del Diritto. Firenze: Sansoni.Gentile, 1961: 131-132).
[21] Gentile dio la siguiente definición del Estado corporativo: «Es la idea de la unidad no amorfa o abstracta, sino orgánica, y, sin embargo, determinada, específica y concreta de la nación que es Estado en el que la voluntad universal no sea forma vacía que se imponga a su contenido, sino la misma forma connatural con el contenido, o sea, con el individuo en la plenitud de las determinaciones actuales de su personalidad» (Lo Schiavo, A. (1975). La filosofía política de Giovanni Gentile. Madrid: Instituto de Estudios Políticos.Lo Schiavo, 1975: 354-355). Similar definición da Rocco: «Oggi più che mai dobbiamo affermare che la Nazione non è una collettività amorfa di individui, una massa di atomi dispersi, ma è un organismo che funziona a mezzo di altri organi, i quali in una società economica a base industriale sono le collettività organizzate. Queste collettività trovano nel campo della produzione la loro espressione massima nel sindacato. Non dobbiamo dissimularci questa verità tanto più che forse l´abbiamo veduta prima di molti altri. Questa è l´era dei sindacati. L´individuo isolato, le masse amorfe ed inorganiche di individui, che pur dominano tuttora la nostra vita politica, sono nulla. La disciplina interiore (intendiamoci) è più che mai necessaria perché è autorità e forza dello Stato; non bensì come sopraffazione ed ingerenza eccesiva, ma come affermazione della superiorità dei fini dello Stato su quelli delle collettività minori e degli individui. Il principio della disciplina non consiste tuttavia nella sola e necessaria subordinazione degli individui allo Stato, ma anche dell´individuo alla collettività di cui fa parte e della collettività allo Stato. E´per mezzo di questa collettività che vive la Nazione: tale è la realtà dell´oggi che dobbiamo vedere, volere ed affermare». Il congresso nazionalista di Roma (16 marzo 1919), la intervención de Rocco se encuentra en su integridad en Somma (Somma, A. (2005). I giuristi e l´Asse culturale Roma-Berlino. Economia e politica nel diritto fascista e nazionalsocialista. Frankfurt: Vittorio Klostermann.2005: 126).
[22] Volpicelli defendió el corporativismo fascista como un elemento de la democracia en contra de lo señalado por Kelsen (en Das problema des Parlamentarismus ): «Il corporativismo non è, come afferma il Kelsen, la «negazione» e la «sostituzione» sic et simpliciter della democracia —da lui con mitologico racionalismo intesa come l’attuazione definitiva e perfetta nel tempo del definitivo e perfetto ideale di Stato— ma un interno sviluppo della democracia stessa» (Volpicelli, A. (1929). Dal parlamentarismo al corporativismo. Nuovi Studi di Diritto, Economia e Politica, (2), 253-266.Volpicelli, 1929: 261).
[23] «Il vero Stato è, al contrario, la stessa realtà dell’individuo e si esprime quindi, non in particolari organi e istituti, sebbene nella vita stessa di ogni cittadino. La proprietà debe rimanere privata, perché essa è già assurta a finalità e carattere pubblici con l’elevazione del propietario a órgano costitutivo dello Stato. Credere che la proprietà da privata diventa pubblica solo se essa venga amministrata direttamente dallo Stato, significa identificare lo Stato con la burocracia, e opporlo all’individuo; significa insomma arrestarsi all’ideologia liberale e socialista» (Spirito, U. (1930). I fondamenti dell’economia corporativa. Nuova Antologia.Spirito, 1930: 500-501).
[24] Sobre la base del principio de la identidad entre Estado e individuo, Spirito señaló seis puntos de la nueva economía: 1) subordinación de todo elemento económico al fin estatal; 2) interdependencia de fenómenos económicos, considerada en función de los fines del Estado; 3) carácter público de la propiedad privada y de la vida económica individual; 4) objetividad de los fenómenos económicos dada por la objetividad del fin del Estado y contraposición a la subjetividad del individualismo; 5) crítica de los conceptos de libre competencia y monopolio, y afirmación de una efectiva y más profunda libertad económica; y 6) carácter internacional de la Nación y unidad esencial del mundo económico (Spirito, U. (1930). I fondamenti dell’economia corporativa. Nuova Antologia.Spirito, 1930: 103-118).
[25] Capobianco calificaba el trabajo de Rocco como «quella, cioè, della chiaroveggenza istintiva di pochi spiriti eletti» (Capobianco, G. L. (1929). Sindicalismo e diritto. L’ordinamento corporativo dello Stato, disciplina dei rapporti collettivi del lavoro e riorganizzazione giurisdizionale nelle controversie del lavoro. Milano: Società Editrice Libraria.Capobianco, 1929: 45).
[26] Angelo O. Olivetti (Olivetti, A. O. (1925). Verso la rappresentanza degli interessi. Gerarchia, (4), 157-161.1925: 160), en un ensayo de 1925, señala cómo la representación de los intereses se enmarca en la tradición italiana. Sobre la diferencia entre los intereses desde la teoría individualista y desde la teoría organicista, Ornaghi (Ornaghi, L. (1984). Stato e corporazione. Milano: Giuffrè.1984: 103 y ss).
[27] Las razas humanas existen; 2. Existen grandes razas y pequeñas razas; 3. El concepto de raza es un concepto puramente biológico; 4. La población de la Italia actual es mayoritariamente de origen ario y su civilización ariana. 5. Es una leyenda la contribución de masas ingentes de hombres en tiempos históricos. 6. Existe una pura «raza italiana». 7. Es hora de que los italianos se proclamen francamente racistas. 8. Es necesario hacer una neta distinción entre, por una parte, la Europa mediterránea (occidentales) y, por otra parte, los orientales y africanos. 9. Los judíos no pertenecen a la raza italiana. 10. Los caracteres físicos y psíquicos puramente europeos de los italianos no deben ser alterados de ningún modo.
[28] Hitler también hablaría de otra característica: el mecanicismo. Frente a ello reivindicará un Estado orgánico: «De esta convicción surgieron para nosotros los principios básicos y la tendencia del nuevo movimiento; persuadidos como estábamos, esos fundamentos eran los únicos capaces de detener la decadencia del pueblo alemán y, a la vez, cimentar la base granítica sobre la cual podrá un día subsistir aquel Estado que represente no un mecanismo de intereses económicos extraño a nosotros, sino un organismo propio de nuestro pueblo: Un Estado germánico en la nación alemana»; «La concepción política corriente de nuestros días, descansa generalmente sobre la errónea creencia de que, si bien se le puede atribuir al Estado energías creadoras y conformadoras de la cultura, el mismo, en cambio, nada tiene de común con premisas raciales, sino que podría ser más bien considerado como un producto de necesidades económicas o, en el mejor de los casos, el resultado natural del juego de fuerzas políticas» (Hitler, A. (s/f). Mi lucha. Buenos Aires: Luz.Hitler, s/f: 141, 157).
[29] En el pensamiento de Karl Larenz encontramos un paralelo en la noción tipo. Incluso en los años sesenta mantenía su doctrina (Larenz, K. (1994). Metodología de la ciencia del derecho. Barcelona: Ariel.Larenz, 1994: 437-482).
[30] «Por esto, este concepto impropio del Estado [se refiere al mecanicismo] tenía que convertirse en el concepto de Estado propio de la segunda mitad del siglo xix. Allí donde un tal pensamiento apolítico y mecanicista del Estado consigue hegemonía, ya no existe ninguna auténtica gran política sino tan solo una mera administración apolítica […]. El Estado como “organismo viviente de la nación”, el Estado como “Reich”, no está en oposición alguna con el pueblo, con la nación y con el espíritu del pueblo, sino que más bien tiene en ellos su fundamento, su norma y su sustancia. Mientras el liberalismo se queda en la contraposición entre pueblo apolítico y Estado apolítico, es esencial a la idea nacional del Estado penetrar hasta la unidad del pueblo político y del Estado político» (Larenz, K. (2008). La filosofía contemporánea del derecho y del Estado. Madrid: Reus.Larenz, 2008: 251-253).
[31] Hacemos referencia al concepto Repräsentation que en Schmitt tiene una carga existencial más que jurídica (Schmitt, C. (1982). Teoría de la Constitución. Madrid: Alianza.Schmitt, 1982: 209).
[32] «El espíritu objetivo no es una entelequia: es el espíritu que vive hoy en Alemania y la impulsa a empresas grandiosas; y ese espíritu no está difundido amorfamente en la subconsciencia popular; posee entidad propia y se halla encarnado, corporeizado en una personalidad viva, la personalidad del Führer, en quien la comunidad, por así decirlo, se hace carne y sangre» (Legaz Lacambra, L. (2008). Prólogo. En K. Larenz. La filosofía contemporánea del derecho y del Estado (pp. 19-29). Madrid: Reus.Legaz Lacambra, 2008: 23).
[33] Para Savigny el derecho se manifiesta en la costumbre, mientras que para el nacionalsocialismo el derecho se encarna en el Führer (Bonnard, R. (1950). El Derecho y el Estado en la doctrina nacionalsocialista. Barcelona: Bosch.Bonnard, 1950: 63).
[34] Se suspendían los artículos 114, 115, 117, 118, 123, 124 y 153 de la Constitución de Weimar: libertad de expresión, de prensa, de asociación, de reunión, libertad individual de la persona y el secreto de las comunicaciones, así como le otorgaba pleno poder al gobierno del Reich para la custodia de la seguridad pública. Se establecían penas de cárcel y la pena de muerte para quien se opusiera al Reich.
[35] Se priva de nacionalidad a los enemigos, entre los que se encontraban judíos, extranjeros, gitanos, etc.
[36] Con la que se inicia un proceso de esterilización forzosa, institucionalizando el concepto eugenesia.
[37] Este término (sincronización) suele ser utilizado para hacer referencia al proceso de totalización del Estado nazi.
[38] «La mezcla de la sangre y, por consiguiente, la decadencia racial son las únicas causas de la desaparición de viejas culturas; pues los pueblos no mueren por consecuencia de guerras perdidas sino debido a la anulación de aquella fuerza de resistencia que solo es propia de la sangre incontaminada»; «La pérdida de la pureza de la sangre destruye para siempre la felicidad interior; degrada al hombre definitivamente y son fatales sus consecuencias físicas y morales»; «Es deber del Estado racista reparar los daños ocasionados en este orden. Tiene que comenzar por hacer de la cuestión raza el punto central de la vida general. Tiene que velar por la conservación de su pureza» (Hitler, A. (s/f). Mi lucha. Buenos Aires: Luz.Hitler, s/f: 130, 166).
[39] Destaca la doctrina del Tribunal Supremo del Reich sobre la muerte civil de aquellos sujetos no pertenecientes a la Volkgemeinschaft, con la consiguiente privación de derechos y tutela judicial (Campderrich, R. (2005). La palabra de Behemoth. Derecho, política y orden internacional en la obra de Carl Schmitt. Madrid: Trotta.Campderrich, 2005: 97-98).
[40] Eligio Resta (Resta, E. (1992). La certeza e la speranza. Saggio su diritto e violenza. Roma-Bari: Laterza.1992) se ha ocupado del pharmakon como espacio jurídico.
[41] Peil (Peil, D. (1983). Untersuchungen zur Staats- und Herrschaftsmetaphorik in literarischen zeugnissen von der Antike bis zur Gegenwart. München: Fink.1983: 413-430) nos da algunos ejemplos de discursos organicistas en los que paralelamente a la construcción de la totalidad se aborda su inmunización.

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