Copyright © 2016:  Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. Transcurrido un año desde su publicación, este trabajo estará bajo licencia de reconocimiento Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin obra derivada 4.0 España, que permite a terceros compartir la obra siempre que se indique su autor y su primera publicación en esta revista. 

Hace unos años, cuando Santos Juliá prologó el primer volumen de las contribuciones semanales del profesor Solozábal al diario digital El Imparcial, el eminente historiador señaló con acierto que una de las características centrales de la nueva opinión pública surgida en la era de internet era la desaparición del intelectual que aspiraba a ser el faro moral de la sociedad que le había tocado vivir. En contraposición, habría surgido un tipo de pensador más modesto, apegado a los acontecimientos, pero que desde el punto de vista del conocimiento que le es propio (en este caso el derecho constitucional), contribuye a la mejora gradual y parcial del mundo que le ha tocado vivir. No sé si esta es la mejor forma de caracterizar a todos los que ahora se dedican a analizar los asuntos públicos en el contexto de los blogs o las redes sociales, pero sin duda es una buena manera de captar el espíritu de las 131 entradas, en forma de artículos cortos, recogidas en el segundo volumen de lo que el propio profesor Solozábal viene denominando como «cuaderno de un constitucionalista».

Frente a la observancia de las reglas especulativas que deberían regir la sociedad, Solozábal adopta un enfoque metodológico, presente en el conjunto de su obra, basado en la búsqueda permanente del equilibrio entre el empirismo y la razón teórica destinada a conducir el mundo de la política y el derecho. El libro aquí reseñado es en este sentido una obra de pensamiento político, donde el autor combina con gran destreza las diferentes tradiciones de las que ha bebido: el positivismo histórico británico, el casuismo judicial norte-americano y el racionalismo ilustrado, donde aparecen constantes referencias a sus maestros europeos y españoles. Esta metodología, infrecuente en la doctrina constitucional de nuestro país, se despliega con un castellano soberbio y un acercamiento a los problemas en un tono literario que hace la obra apta tanto para especialistas como para ciudadanos que buscan alguna luz para desentrañar la compleja realidad que nos ha tocado vivir.

El libro aquí comentado tiene, pese a su carácter misceláneo, tres partes bien distintas, que quizá debieran haber servido para seleccionar y agrupar previamente los numerosos artículos con el objetivo de facilitar una lectura que en todo caso tiene que ser paciente y aleatoria. La primera temática tiene que ver, obviamente, con el derecho constitucional. En este ámbito, del que el autor es especialista, resulta interesante destacar la línea divisoria que se traza a la hora de estudiar la Constitución: hay en toda Norma Fundamental una parte organizativa (que antes llamábamos orgánica) compuesta por normas jurídicas ciertas que no presentan dificultad alguna, más allá de la mala praxis de los actores institucionales, a la hora de ser interpretadas. Hay otra parte en toda Constitución, formada por principios y valores, donde la caracterización de las normas es abierta. Apertura lógica si el poder constituyente quiere abordar con suficiente ambigüedad algunas cuestiones donde los consensos son necesariamente apócrifos. En este ámbito, para resolver los conflictos políticos y jurídicos que van surgiendo, Solozábal reclama una conversación pausada y respetuosa entre los órganos constitucionales y la ciudadanía, tal y como ocurre en la experiencia norteamericana (Levinson), porque la interpretación de la Constitución no es ni puede ser patrimonio de los expertos y de los partidos que ocupan las instituciones del Estado.

El presente libro quedará para siempre, además, como un diario preciso del proceso independentista catalán. El autor muestra una gran preocupación por el tema, dedicándole un gran esfuerzo analítico con el objetivo de desentrañar las razones de los nacionalistas y explorar las posibilidades constitucionales de enderezar el rumbo tomado por algunos partidos y una parte de la sociedad catalana. En ambos casos, son constantes y precisas las referencias comparadas, teniendo en cuenta el conjunto de decisiones jurídicas y políticas adoptadas para posibilitar el referéndum de Escocia en septiembre de 2014. Solozábal deja claro que, llegado el momento, «España no puede ser una cárcel de naciones». Sin embargo, también apunta diáfanamente las inconveniencias sociales y económicas de la separación y los riesgos constitucionales de poner en marcha un proceso secesionista tratando de eludir unas exigencias democráticas, que solo podrían ser respetadas mediante una reforma profunda dirigida a fragmentar la soberanía nacional que hasta el día de hoy se atribuye al pueblo español.

Frente a esta tendencia radical, el autor muestra su preferencia por el federalismo como mejor forma para aliviar las tensiones territoriales en España. Aunque no lo llega a expresar con total claridad, pareciera que una de las soluciones a ensayar con respecto a la deriva independentista en Cataluña, sería la de poner en marcha una forma limitada de federalismo asimétrico, tal y como estableció la Constitución española para el País Vasco en 1978. Emerge aquí una defensa razonada y razonable del foralismo vasco, deudora de su admirado José Miguel de Azaola, y de la compatibilidad entre la forma federal del poder y la existencia de diversos nacionalismos dentro de un mismo Estado. En todo caso, la cuestión catalana no deja de ser un medio para desarrollar y actualizar el pensamiento federal del autor. Un pensamiento donde hay constantes referencias a Kenneth Wheare, Jordi Solé Tura o Gumersindo Trujillo y que sirve para definir al Estado autonómico como un proceso histórico que se presenta como un rostro más (Lenaerts) del federalismo surgido en el derecho público comparado en países como Alemania, Estados Unidos o Canadá.

El libro del profesor Solozábal tiene, además de las reflexiones relacionadas con su profesión de constitucionalista, una segunda parte donde se abordan cuestiones políticas que van surgiendo en el día a día en la opinión pública. Aquí la temática es muy variada y depende de la selección del autor, muy inclinada hacia las atentas lecturas de las revistas internacionales que desde el punto de vista del elitismo cultural (entendido en la mejor de las tradiciones) vienen abordando cuestiones que afectan al conjunto de las sociedades. En la mayor parte de las ocasiones, la disculpa para tratar un tema concreto como puede ser la memoria histórica, el mercado como mecanismo de regulación social, el multiculturalismo o la relación entre la igualdad y el pluralismo, es la lectura de algún artículo sobresaliente en The New York Review of Books, The Times Literary Supplement o la Revista de Libros. A partir de la glosa de alguno de los textos firmados, por ejemplo, por Cass Sunstein, Timothy Garton Ash o Jeremy Waldron, el autor lleva a cabo el desarrollo de un punto de vista autónomo, abriendo al lector una serie de posibilidades bien razonadas para que forme su propio criterio sobre una panoplia de cuestiones que dada su variedad no pueden ser aquí aludidas. Otras veces, la coartada para pensar en voz alta será la participación en un tribunal de tesis doctoral, la celebración de un congreso académico o la asistencia a un seminario de investigación.

La tercera y última parte de la colección de artículos tiene que ver con la reseña de libros. Aquí es necesario distinguir entre los libros propiamente académicos, que abordan temas relacionados con el derecho, el pensamiento político y la historia, y las obras de ficción (novelas, principalmente) que el profesor Solozábal decide compartir con el público después de su lectura. De esta manera, en las páginas del volumen aquí comentado, comparten espacio ensayistas tan diversos como Alan Ryan, Dieter Grimm, John H. Elliot, Larry Siedentop o Jürgen Habermas. Los comentarios críticos suelen ir acompañados de un interesante perfil biográfico del autor y de una contextualización del conjunto de su obra, lo que facilita la lectura de todos aquellos que no son expertos en las materias abordadas en los libros que se comentan. Es de agradecer, en este sentido, que a las páginas de un modesto periódico digital lleguen las principales polémicas intelectuales que están teniendo lugar en los centros del pensamiento global, algo de lo que lamentablemente no siempre pueden presumir las principales cabeceras de nuestro país.

En cuanto a las reseñas literarias, Solozábal mezcla de forma espléndida su experiencia vital en distintos lugares y tiempos, con referencias a Paul Auster, Azorín, Josep Pla, Juan Ramón Jiménez o Albert Camus. No faltan, por supuesto, las referencias a la cultura vasca, de la que el autor demuestra un conocimiento exhaustivo, no en vano es director de la revista Cuadernos de Alzate. Surge así una rica dialéctica entre lo universal y lo local, expresada sobre todo en la parte del cuaderno en la que aprovechando la privilegiada mirada del viajero, se invita al lector a visitar una ciudad, un museo o un modesto hotel donde se llega a última hora para descansar. Sin duda, las mejores páginas del libro discurren cuando se vuelve con cierta nostalgia a la niñez y la adolescencia en Ollauri y San Sebastián, donde emerge el estilo de un vasco con alma castellana, en la mejor tradición unamuniana.