RESUMEN

El presente trabajo pretende restituir a Francia un lugar en la tradición de las revoluciones liberales de 1820 y sus redes transnacionales, de las que a menudo se ha visto relegada, ampliando así el mapa de la proyección internacional de la revolución española y su Constitución gaditana. Su proximidad y lazos dinásticos no solo vinculaban el destino del Trienio español con los acontecimientos políticos en el país vecino, sino que el estudio de la prensa y las publicaciones del periodo a cargo de destacados intelectuales y hombres políticos demuestra que la discusión en torno a la llamada revolución de España, interpretada casi siempre en clave nacional, marcó el debate público francés del periodo porque Francia tampoco escapó al contacto transfronterizo de revolucionarios y conspiradores, ni a las intentonas insurreccionales de la oposición a la monarquía restaurada, que acabaron con la intervención militar auspiciada por la Santa Alianza.

Palabras clave: Trienio Liberal; Restauración; relaciones franco-españolas; Constitución de 1812; carbonarismo.

ABSTRACT

This work aims to restore France back into the tradition of the liberal revolutions of 1820 and their transnational networks, which has been usually neglected, so that the map of the international projection of the Spanish revolution and its Cadiz constitution can be rounded out. Its vicinity and dynastic ties link the fate of the Spanish Triennium to political events in the neighboring country, and the study of both press and publications of the period by leading intellectuals and political men shows that the discussion of the Spanish events, mostly interpreted in national terms, marked the French public debate of the period. For France neither avoided the cross-border contact of revolutionaries and conspirators, nor the insurrectionary attempts held by the opposition to the restored monarchy that ended with the final military intervention supported by the Holly Alliance.

Keywords: Spanish Liberal Triennium; Restoration; French-Spanish relations; Constitution of 1812; Carbonari secret society.

Cómo citar este artículo / Citation: Basabe, N. (2021). Francia y la «Revolución española» (1820-‍1823): ¿un espejo en el que mirarse? Historia y Política, 45, 85-‍114. doi: https://doi.org/10.18042/hp.45.04

SUMARIO

  1. RESUMEN
  2. ABSTRACT
  3. I. INTRODUCCIÓN
  4. II. El recibimiento entusiasta inicial en las filas liberales
  5. III. LAS FILAS REACCIONARIAS Y LA AMENAZA DEL CONTAGIO REVOLUCIONARIO
  6. IV. LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ, OBJETO DE DEBATE
  7. V. FRANCIA, O LOS INFORTUNIOS DE LA VIRTUD LIBERAL
  8. VI. CONCLUSIONES
  9. NOTAS
  10. Bibliografia

I. INTRODUCCIÓN[Subir]

El canciller Metternich afirmó en cierta ocasión que «la revolución española era peor que la francesa de 1789», porque aquella había sido local pero esta «era europea» ‍[1]. El ciclo revolucionario de 1820, que tuvo en España su pistoletazo de salida y epicentro para la emulación política y militar más allá de sus fronteras, es tradicionalmente conocido también como «ciclo mediterráneo» por oposición a las «revoluciones atlánticas» del último cuarto del siglo xviii ‍[2]. Ciertamente, fueron las naciones meridionales de Europa (España, Italia, Portugal, Grecia) las que protagonizaron las revoluciones liberales de aquellos años, que en última instancia alcanzaron hasta otra periferia, la rusa, con el movimiento decembrista de 1825. Desde finales del siglo xx, la historiografía española especializada en el Trienio liberal y la Constitución de Cádiz ha dado ya sobrada cuenta del carácter transnacional del fenómeno español ‍[3]. Escasos son los estudios, sin embargo, que incluyen a Francia en esa red de circulaciones políticas ‍[4]: emblema de la Restauración en Europa, escarmentada de sus excesos históricos y apegada ahora al principio de legitimidad, la Francia de Luis XVIII no parecía desde luego la mejor candidata para la recepción de la experiencia española.

Pero las aguas del Mediterráneo también bañan las costas francesas: entre 1820 y 1823 la revolución española invadió el corazón del debate público y marcó la agenda política de sus Gobiernos, llegando a confundir la política exterior con los asuntos domésticos ‍[5]. Entre la amenaza y la esperanza, concernidas por igual (aunque por motivos diferentes) tanto las fuerzas conservadoras como la oposición al régimen, Francia vivió aquellos tres años asomada en vilo a cuanto acaecía al otro lado de los Pirineos, mientras veía cómo toda posibilidad de hacer triunfar en suelo patrio una revolución liberal semejante le era escamoteada y, en cambio, se imponía la lógica de la intervención militar en España.

II. El recibimiento entusiasta inicial en las filas liberales[Subir]

En vísperas del alzamiento en Cabezas de San Juan, se publicaba en París una traducción del Catéchisme politique de la constitution espagnole, con un prefacio anónimo en el que ya se anunciaba que «aquel código inmortal» de 1812 se hallaba, pese a las censuras de la Inquisición, «cada vez más presente en el corazón de los españoles», y que con él los «españoles oprimidos habían dado al mundo el ejemplo y la señal»

Duvergier (

Duvergier, A. (1919). Catéchisme politique de la constitution espagnole, applicable à toute constitution fondée sur les principes. Paris: A. Bobbé.

1919
): v-viii. Nueva traducción del Catecismo traducido en 1815 por el conde de Lasteyrie, que incluía ahora además un «Avant-Propos» (discurso de Argüelles) y el citado prefacio, ausentes en la versión anterior.

‍[6]
. Pocos meses después, efectivamente, tenía lugar en España el primer pronunciamiento militar de su historia, proclamando de nuevo la Constitución gaditana redactada ocho años antes, y encendiendo así el interés por la vida política española al otro lado de los Pirineos, especialmente entre las filas liberales que veían en aquellos acontecimientos un destacado referente y también un campo de batalla para sus propios intereses en su lucha contra la monarquía restaurada.

Aunque la nueva traducción del Catecismo político español y las palabras proféticas de su prefacio vieron la luz en 1819 de forma anónima, hoy podemos atribuirlas al coronel Aimé Duvergier, antiguo oficial napoleónico y redactor del periódico ultraliberal L’Aristarque des Spectacles, que publicó en los primeros meses de 1820, coincidiendo con el alzamiento, otra nueva traducción al francés de la Constitución de Cádiz (a la vez que se ponía en circulación la traducción de la Relation de l’expédition de Riego de Evaristo San Miguel). Poco después Duvergier se trasladaría a la frontera, donde comenzaban a concentrarse las primeras tropas francesas en lo que más tarde se convertiría en un «cordón sanitario», enrolándose allí en toda una campaña de propaganda a través de canciones populares, hojas volantes y proclamaciones sediciosas contra los Borbones ‍[7]. Su campaña de apoyo a la «sublime revolución»

Ibid.: 5.

‍[8]
española, que trató de utilizar como trampolín para la causa liberal francesa, tuvo sin embargo un corto recorrido: la última noticia que tenemos del antiguo jefe de escuadrón bonapartista es una petición enviada, desde la cárcel, a los miembros de la Cámara de Diputados a finales de ese mismo año, solicitando amparo de los ministerios de Interior y Justicia frente al proceso prevaricador y exento de garantías jurídicas al que se había visto sometido por «delitos políticos y de opinión». En la misma denunciaba el deterioro de los últimos meses en materia de libertades (censura sobre la prensa, parcialidad de los jueces, etc.), hasta convertir el sistema judicial francés en todo un «sistema criminal»: «Desde hace un año, los franceses ya no son juzgados, en materia política, sino por comisarios»

Ibid.: 7 y 4.

‍[9]
, clamaba entonces; y es que la huella de la revolución española ya había hecho mella en la vida política francesa.

En medio de una convulsa atmósfera política, la insurrección de Cabezas de San Juan entró de lleno así en la agenda del debate político del país vecino desde el primer momento, tal y como muestra el estudio de la prensa diaria parisina llevado a cabo por Laurent Nagy ‍[10]. Si el régimen reaccionario de Fernando VII había situado, tras el decreto de mayo de 1814, a España «fuera de la civilización europea», la nueva situación política la posicionaba ahora «en lo más alto» del horizonte liberal, desplazando a la misma Francia

La Renommée, 24-1-1820, n.º 223, y 21-‍3-1820, n.º 250.

‍[11]
. Ya el 18 de enero el Gobierno se vio obligado a salir al paso de rumores y noticias contradictorias, haciendo finalmente públicos a través del Moniteur Universel —pero bajo la rúbrica «no oficial»— los sucesos acaecidos en el sur de la Península —si bien presentados todavía en una lógica bélica (la guerra de Ultramar y la insubordinación militar) y no política de contestación a la monarquía

Le Moniteur universel, 18-1-1820, n.° 18.

‍[12]
.

Pero fue sin duda el periódico de tendencia liberal La Renommée, que había empezado a publicarse en el verano de 1819, el que puso su foco informativo sobre el levantamiento, consagrando un artículo diario bajo la rúbrica «Affaires d’Espagne» —incluso si para ello tenían que echar mano, en medio de la confusión, de meras conjeturas—. «Vendido a gritos en las calles por los gaceteros desde buena mañana, los parisinos supieron por este periódico que una revuelta nacional había triunfado y que Fernando VII se había visto obligado a abandonar Madrid» ‍[13]. Esta y otras cabeceras liberales recibieron la noticia con curiosidad y, sobre todo, con entusiasmo, interpretando la oportunidad en clave nacional: «Que el ejemplo de España nos resulte provechoso», se podía leer en marzo en La Renommée, e incluso el conservador Journal des débats recibía todavía en el otoño de 1821 con simpatías las noticias que llegaban de España (la llegada de Riego a Oviedo), mientras se confiaba en una pronta amnistía

La Renommée, 15-3-1820, n.° 225; Journal des débats, 25-9-1821.

‍[14]
. Desde las páginas de La Renommée se insistía —de cara a apuntalar la legitimidad de «un movimiento unánime de la nación por la restauración de sus derechos»— en que sin desórdenes, caos ni «una sola gota de sangre derramada», ni en la forma ni en el contenido, no se trataba de una revolución, sino de un regreso de España a la senda de la modernidad política

La Renommée, 28-1-1820, n.° 227.

‍[15]
. Una y otra vez se hacía hincapié en la moderación, el constitucionalismo de los insurgentes y su lealtad al rey, mientras se difundían las proclamas del general Quiroga, convertido en héroe pacificador al frente de un verdadero «ejército nacional»: «Quiroga, alzando su voz en nombre de diez millones de españoles oprimidos, les ha dotado de un medio para manifestar sus verdaderos sentimientos; ha disipado las tinieblas […]»

La Renommée, 1-4-1820, n.º 261.

‍[16]
.

La llegada de otro general como Espoz y Mina a Navarra se saluda en marzo desde las páginas de este periódico (e incluso se falsean los hechos anunciando que el militar liberal habría penetrado en Bayona al mando de «800 hombres»

Y así cundió también el temor en las prefecturas de los Bajos Pirineos y Las Landas ante los preparativos de una expedición que parecía estar reuniendo en Bayona armas, caballos y hombres, con la colaboración de comerciantes españoles y financiado desde Londres y París, tal y como hicieron saber en sendos informes al Director de Administración y Policía en marzo de 1820 [cit. en Simal (

Simal, J. L. (2012). Emigrados. España y el exilio internacional, 1814-1834. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

2012
): 117].

‍[17]
), dejando entrever un claro paralelismo con el regreso de Napoleón, de cuyo «vuelo del águila» se cumplía precisamente un lustro por esos días

La Renommée, 7 y 9-‍3-1820, n.º 236 y 238.

‍[18]
. Y tras el juramento final de la Constitución por parte de Fernando VII «en toda libertad»

Moniteur Universel, 16-3-1820.

‍[19]
(momento que coincide en Francia con la votación de una nueva ley de censura para la prensa, tras el atentado contra el duque de Berry), La Renommée rompe en júbilo con un artículo titulado «España libre» (18 de marzo), en el que llamaban a una futura «solidaridad liberal internacional». Pero a la libertad de prensa conquistada en Francia en 1819 apenas le quedaban dos semanas de vida.

En aquellos primeros meses, las litografías del general Quiroga, Rafael del Riego y los otros «inmortales» se vendían en una galería de héroes del Marchands de Noveautés parisino. Pero, sin duda, fueron el abad de Pradt —antiguo diputado de los Estados Generales, exarzobispo, diplomático francés y reputado historiador de las relaciones internacionales que ya en 1808 acompañó a Napoleón en las negociaciones de Bayona y que publicó entonces unas Mémoires historiques sur la révolution d’Espagne (1816)—, el líder del liberalismo doctrinario François Guizot —defenestrado tras la caída del Gabinete Decazes y futuro primer ministro orleanista— o el monárquico constitucionalista conde de Lanjunais —diputado en la Convención, senador del Imperio y miembro de la Cámara de Pares de la Restauración, desde donde se opuso duramente al gobierno reaccionario de Villelè— los que con sus diferentes trabajos consagrados a los acontecimientos en España dieron vuelo al debate en torno a 1820-‍1821. Sus nombres bastarían por sí mismos para dar cuenta de la «viva curiosidad» ‍[20] que despertaron los sucesos españoles entre los franceses, y su centralidad en el debate de las filas liberales galas, entremezclados con los propios sucesos nacionales.

Sorprendido, tal y como se confiesa él mismo, de tener que dar cuenta en el breve espacio de diez años de dos caídas de un mismo rey, el abad de Pradt redactaba en 1820 una nueva obra sobre esta «segunda revolución en España» a la que saludaba sin embargo de manera encomiosa: «He aquí algo que acaba de operarse de una manera nueva en los anales del mundo, con un éxito cuya rapidez iguala a su importancia» ‍[21]. Del mismo modo Guizot, en su conocida obra dedicada al gobierno de la Restauración (a la que acompañaba una nota final consagrada a las revoluciones en España, Nápoles y Portugal), reconociendo que todos habían predicho ya la necesidad de un cambio en España, pero equivocándose en sus vaticinios sobre la violencia que acarrearía, recibía favorablemente sorprendido el clima de tranquilidad, respeto y moderación con el que se había dado ese cambio, con el rey que permanecía en su trono, los ministros y diputados de regreso del exilio hablando ya de olvido y actuando con prudencia, y los decretos de las nuevas Cortes regidos por principios de justicia y no de venganza: «Incluso en Francia, los partidarios del Antiguo Régimen la reconocen y la aplauden» ‍[22]. Por una vez, el modelo español, el de «los hombres más heroicos y religiosos» ‍[23], se imponía: Guizot destacaba, comparándolo con la Revolución francesa o incluso con las dificultades del rey Juan I para hacer aprobar la Carta Magna inglesa, que los acontecimientos en España habían sido los menos violentos y menos irregulares inimaginables, y el abad de Pradt insistía: «El gran peligro que amenazaba a España, el de la guerra civil, ha sido evitado» ‍[24].

Para comprender lo sucedido, la mayoría de estos autores se retrotraían a la historia más reciente para así arrojar luz sobre el paso «de un trono arbitrario a uno constitucional, de un trono de Oriente o África a un trono de la Europa moderna, porque el verdadero trono de España llevaba seis años residiendo en las prisiones ceutíes»

Ibid.: 9.

‍[25]
, zanjaba el abad de Pradt, quien interpretó la revolución española (a la que llama «reformación social»

Ibid.: vi, 22, 151.

‍[26]
) como efecto combinado de la revolución de 1808, del progreso de la civilización moderna y del mal gobierno al que España se había hallado sometida desde 1814. Pradt hablaba, incluso, de España como miembro de la «República europea», y Guizot se remontaba a los años de la guerra de Independencia y su lucha contra el emperador tirano para reivindicar a unos hombres que reclamaron «su monarca y su independencia». El conde de Lanjunais relacionaba los acontecimientos en España con el progreso de la civilización en Europa y señalaba como causante de esta «segunda revolución española» a la opresión que se veía sometida la nación «a hierro y fuego por la Inquisición y los jesuitas», destacando el carácter tan firme como paciente y magnánimo de esa misma nación ‍[27]. Los primeros dos autores difieren, sin embargo, a la hora de juzgar las circunstancias particulares del pronunciamiento del 1 de enero: Pradt, desde el entusiasmo, ve en la resolución de aquellos soldados forzados a elegir entre luchar en América o en su propia patria algo inaudito en la historia y un ejemplo para el mundo: «Por vez primera el mundo asiste a un ejército ciudadano, extranjero a toda idea de dominación»; más cauto Guizot, aunque reconoce el orden con el que el pronunciamiento se ha llevado a cabo y la inmediata adhesión del pueblo, recela ya del potencial peligro que entrañan «los ejércitos reclamando revoluciones» ‍[28].

Tampoco la dimensión internacional de los acontecimientos escapaba a ninguno de estos autores, y será de hecho la clave interpretativa en muchas de estas obras ‍[29]: Guizot, observando las convulsiones políticas que afectaban al sur de Europa, no dudaba en calificar la situación de «grave», relacionándola ya con redes de movimientos conspirativos como los carbonarios o los illuminati, hasta llegar incluso al magnicida Louvel, dentro de una misma lógica que, al menos —y según su parecer—, habrían de sacar a las monarquías de su letargo porque venían a demostrar nuevamente lo obsoleto de las ambiciones del Antiguo Régimen y la necesidad de un régimen representativo ‍[30]. Ese fenómeno de la internacionalización (su implantación en Nápoles y Piamonte) es lo que llevó precisamente a Lanjunais a escribir su obra porque, tal y como no dudaba en afirmar el abad de Pradt, «la revolución en España es un acontecimiento tan importante por sí mismo para ese país como para el resto del mundo […]» ‍[31]. Y por su proximidad y vínculo dinástico, afectaba especialmente a Francia.

III. LAS FILAS REACCIONARIAS Y LA AMENAZA DEL CONTAGIO REVOLUCIONARIO[Subir]

La prensa ultra y conservadora se hizo igualmente eco de las noticias de España —«asunto de moda, de espíritu de partido o de especulación»— desde el primer momento, y lo hizo desde una perspectiva internacional, asociando los eventos de Cabezas de San Juan al «jacobinismo europeo» y a una supuesta «federación revolucionaria continental» que tendría instalado en París al comité director responsable de fomentar el plan insurreccional de Cádiz

Le Drapeau blanc, 1-2-1820, n.° 32 y 29-‍1-1820, n.° 29.

‍[32]
. El mismo René de Chateaubriand, al frente del periódico Le Conservateur, publicaba ya a finales de enero un artículo con el título de «De l’Espagne» (que sería incluso repartido como hoja volante gratuita en las calles de Montpellier) en el que, mientras exaltaba la figura de Fernando VII, apuntaba igualmente a la teoría del complot transnacional inspirado por «los demócratas de Francia, unidos a los bonapartistas y secundados por los radicales ingleses» ‍[33].

A la figura inevitable de Chateaubriand, delegado en el congreso de Verona y clave para la intervención final en España de los Cien Mil Hijos de San Luis, se fueron sumando más voces críticas ante la evolución de los acontecimientos españoles y de acuerdo a las circunstancias tanto domésticas como internacionales que amenazaban la estabilidad europea. Entre ellas destacan el tan famoso como polémico análisis de la Constitución gaditana, desde postulados reaccionarios y absolutistas, del suizo Carl Ludwing von Haller (De la constitution des Cortès d’Espagne), traducido al francés precisamente en 1820; y, tras la intervención de las tropas francesas, las reservas del monárquico liberal Duvergier de Hauranne (Coup d’oeil sur l’Espagne, 1824) al por entonces ultramonárquico vizconde de Martignac (Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, 1832), que acompañó al duque de Angoulême en la expedición española como comisario civil, aunque fue evolucionando hacia posturas más moderadas y nombrado posteriormente primer ministro de Francia por el rey Carlos X.

Pese a las posiciones más críticas de estos autores, todos ellos reconocieron sin embargo lo feliz del estreno revolucionario en 1820. Así, Martignac concedía que el restablecimiento constitucional no encontró ninguna seria resistencia; incluso Chateaubriand, refiriéndose a los españoles como «árabes cristianos», hablaba años más tarde de «la resurrección de un pueblo allá donde no había más que un hatajo de mendigos» ‍[34]. Tanto Chateaubriand como Martignac llegan a expresar su simpatía por la figura de Argüelles, un hombre al que consideraban honesto, moderado ilustrado y un gran orador ‍[35]. La deriva hacia los excesos ulteriores es retratada, sin embargo, con profusión: de las sociedades secretas (a las que Chateaubriand relaciona con la carbonería francesa y a las que acusa de haber creado un régimen de «anarquía organizada») a la división liberal entre doceañistas y exaltados; de la radicalización de la política al asesinato de Vinuesa, cura de Tamajón, ejecutado a manos de la plebe: «Es por esto que, cuando los crímenes son demasiado odiosos y se multiplican en exceso, tampoco queda apenas nada de la nueva sociedad, porque el bien es devorado por el contagio del mal» ‍[36]. Martignac, que muestra un gran conocimiento de los asuntos españoles, habla del descontento en las provincias con las nuevas instituciones y del creciente número de enemigos de la Constitución, el desorden de las finanzas, la anarquía y la pérdida de las colonias; todos estos hechos habrían conducido, en opinión de Duvergier de Hauranne o Martignac, a una situación de «guerra civil», y así España habría sucumbido ante todos los males, incluido el de la peste

Duvergier de Hauranne (

Duvergier de Hauranne, P. (1824). Coup d’oeil sur l’Espagne. Paris: Baudoin Frères.

1824
): 9; Martignac (

Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.

1832
): 346. El brote de fiebre amarilla en Barcelona en 1822 fue la excusa, de hecho, para el establecimiento en la frontera de ese primer cordon sanitaire de la historia, que buscaba más bien frenar el contagio revolucionario.

‍[37]
; lejos quedaban ya las esperanzas liberales de 1820.

Todos estos autores no dudaron, además, en comparar el proceso español con la revolución acaecida en Francia décadas antes: Duvergier de Hauranne señalaba que los mismos que hicieron de la revolución de 1789 un proceso sangriento (el clero secular, los campesinos y el pueblo de las ciudades) amenazaban ahora con volver igualmente sangrienta la contrarrevolución en España. Chateaubriand también destaca, al señalar la «copia servil» que encarnaba la revolución íbera con respecto a su progenitora francesa, esa división en la sociedad española entre el pueblo del campo, unido por la fe religiosa y la costumbres, y «los liberales, gente supuestamente más ilustrada, pero debido a eso menos petrificada por los prejuicios o consolidada por la virtud: el contacto con los extranjeros […] les ha vuelto accesibles a nuestros vicios y a los principios de nuestra revolución». Comentando el asesinato del cura de Tamajón a golpes de martillo, convertido después en emblema de la sociedad secreta de la Orden del Martillo, llega incluso a comparar el uso de esa herramienta como insignia en las solapas con las botonaduras revolucionarias en forma de pequeñas guillotinas ‍[38].

Entre 1822 y 1823 la condena a una «constitución democrática impuesta por una revuelta militar»

Journal des Débats, 20-1-1823: 2.

‍[39]
pareció así volverse casi unánime. Martignac condenaba en ese sentido una revolución «proclamada por la espada» y una constitución que «había sido únicamente resultado de una revuelta armada, es decir, del acto más deplorable y peligroso cuya humillante afrenta puede sufrir un pueblo» ‍[40]. Aunque sin duda fue Chateaubriand quien arremetió con más fuerza contra la fórmula del pronunciamiento: el papel del ejército en la vida política española la alejaba del modelo francés y de la verdadera libertad, acercándola más bien al modelo pretoriano romano; en otros de sus discursos reiteraba la idea de que España tenía por legisladores a soldados y se negaba a aceptar el «principio de soberanía de la insurrección militar»; manipulando el relato de la expedición de Riego y Evaristo San Miguel llega incluso a afirmar que la revuelta militar fue rechazada en su origen por el pueblo, lo que acabaría justificando en última instancia la intervención francesa, reduciéndola a una guerra «contra la facción militar de la Isla de León» ‍[41].

La diferencia de opiniones con que el restablecimiento constitucional español fue recibido en los distintos Gabinetes europeos (de las felicitaciones de Gran Bretaña al rechazo frontal de Rusia, que pidió al resto de miembros de la Santa Alianza que no reconocieran al rey constitucional, pasando por la ambigüedad de Prusia y Austria), fue igualmente evocado tanto por Martignac como por Chateaubriand, especialmente concernidos por la reacción de su propio Gobierno: el futuro primer ministro aducía la inquietud del rey de Francia que, pese a que las relaciones entre ambos países no habían sido fáciles desde 1815, seguía unido por lazos de familia e intereses de vecindad a Fernando VII, y que se sentía igualmente amenazado por las consecuencias de tal revolución en territorio francés, donde a menudo figuraban militares entre los conspiradores. Alegaba igualmente que Luis XVIII trató de interceder en varias ocasiones con disposiciones conciliadoras que propiciaran en el país vecino un sistema de gobierno más moderado, pero que sus consejos nunca fueron escuchados ‍[42]. Esa intermediación también fue evocada por René de Chateaubriand, recordando por ejemplo que M. de la Tour-du-Pin fue enviado a Madrid con el propósito de obtener modificaciones en la Constitución (fracaso que él no dudaba en achacar a Gran Bretaña, temerosa de una excesiva influencia francesa en la península) ‍[43].

Porque para Chateaubriand, igual que ocurría años antes con el abad de Pradt, la revolución española no era un caso aislado y confinado a la península, sino que era un fenómeno europeo; no existen en Europa naciones extranjeras las unas a las otras, clamaba el autor de las Memorias de ultratumba, y los propagandistas españoles se regocijaban al ver cómo su obra se extendía más allá de sus fronteras. Y de esa difusión, claro está, le preocupaba especialmente su penetración en Francia, el «contagio moral» al que tan a menudo alude ‍[44]:

Si les dijese a ustedes que la revolución española, situada en la frontera de Francia, despierta entre nosotros intereses y recuerdos funestos; si les dijese que Francia, apenas recobrada de una revolución de treinta años, se halla más expuesta que ningún otro Estado a recaer en el mal que durante tanto tiempo la ha atravesado; que las calamidades que han pesado sobre nosotros nos obligan a hacer todos los esfuerzos posibles para prevenir su retorno; que en el nombre de la revolución española se intenta, desde todas las gacetas revolucionarias de Europa, excitar a nuestros soldados a la revuelta; que incluso en Madrid, a la vista del gobierno, se imprimen en francés horribles periódicos de los que no me atrevería a leerles a ustedes fragmentos desde esta tribuna, ¿me negarían entonces el poder de todas esas influencias? ‍[45]

Y es que el vizconde, artífice último de la intervención en España, reconocería después que, ya en 1822, desde su embajada en Londres y ante los preparativos para el Congreso de Verona, «mi cabeza estaba llena de los asuntos de España y soñaba con un plan por el honor de Francia» ‍[46]. Una vez más, los destinos de ambos países volvían a cruzarse.

IV. LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ, OBJETO DE DEBATE[Subir]

A la hora de comentar las noticias de España, todos los autores reconocieron el papel fundamental de la Constitución en el corazón de esos acontecimientos, ya fuera desde el entusiasmo del abad de Pradt («Es en nombre de la constitución que toda España se ha conmovido […] un poder universal e incontestable») o la gravedad del juicio del vizconde de Martignac al comentar la invasión de 1823: «La intervención tuvo por causa primera, de la que derivan todas las restantes, la constitución de 1812» ‍[47]. El texto consagrado por las Cortes fue comentado por la opinión pública francesa primero con asombro y admiración, y pronto con recelo y franca aversión, en el contexto más amplio de formación europea de una «cultura constitucional transnacional» capaz de congregar y aglutinar a una oposición inicialmente heterogénea frente a la Restauración, mediante la emulación política y las resignificaciones operadas en la transferencia de tradiciones locales de una nación a otra ‍[48].

Irrumpió en el debate político ya en 1814, con dos traducciones simultáneas, la del español afincado en París Manuel Núñez de Taboada (exiliado afrancesado autor de uno de los primeros diccionarios francés-español/español-francés) y la del conde de Lasteyrie, que durante su exilio pasó un par de largas temporadas en España ‍[49]. El contexto en el que ambas traducciones vieron la luz y proporcionaron material para el debate fue el de la aprobación de la Charte otorgada de 1814, frente a la que algunos autores como el abad Grégoire o Claude-Marie Rouyer esgrimieron como modelo alternativo (pero monárquico y antibonapartista) el texto gaditano ‍[50], en medio, no obstante, de una extendida ola anglófila que miraba preferentemente al otro lado del Canal ‍[51].

Pero sin duda fueron los acontecimientos de 1820 los que pusieron, esta vez con mucha más intensidad, al texto gaditano en el punto de mira, con una explosión de nuevas ediciones y comentarios. La traducción de Núñez de Taboada conoció dos nuevas reimpresiones, a las que se sumó otra traducción distinta del anteriormente citado coronel Aimé Duvergier ‍[52], con lo que llegaron a circular hasta tres versiones diferentes en lengua francesa, que conocieron diversas reediciones; y 1820 fue el año en el que la famosa obra del ultra absolutista suizo Carl Ludwing von Haller, originalmente escrita en alemán, fue traducida al francés, desatando la polémica ‍[53], a la que se unieron otras como la de Auvray (caballero de la Legión de Honor y traductor precisamente de Edmund Burke), que reproducía íntegramente el texto gaditano con durísimos comentarios al pie ‍[54].

Pero la crítica no solo llegó desde las obligadas filas ultras; también los liberales la sometieron a un severo escrutinio. Alcalá Galiano en sus Memorias dejó ya testimonio de la negativa opinión que la Constitución gaditana le merecía a Madame de Staël, abanderada del liberalismo anglófilo, cuando al coincidir con ella en Londres en el invierno de 1813-‍1814 le espetó, sin más preámbulo: «¿Sabe usted, señor, que su constitución es muy mala?» ‍[55]. Tanto entonces como durante el Trienio las críticas (prácticamente unánimes, hasta el punto de que se volvió un lugar común hablar de los «vicios de la constitución española» ‍[56], pero que variaron desde las puntuales reservas o propuestas de alguna modificación a la condena más tajante de sus principios rectores, en función del autor) se centraron principalmente en tres aspectos: el papel disminuido del rey constitucional, el unicameralismo y su clara inspiración en el modelo revolucionario de 1791 por encima de toda retórica doceañista apelando a los antiguos fueros. La intolerancia religiosa, haciendo de la religión católica oficial y única verdadera en su famoso artículo 12, tampoco resultó obviamente del gusto de los correligionarios franceses, hasta el punto de que Auvray irónicamente auguraba: «¡He ahí un artículo que inflamará la guerra entre nuestros liberales y los liberales españoles!» ‍[57].

En el periodo de 1820-‍1823, y en el contexto de una Europa restaurada, la crítica a las limitaciones del poder real se volvió así un topos generalizado, incluso en los autores más progresistas, como es el caso del abad de Pradt, que si bien persistía en su idea de la Constitución de Cádiz como «modelo para el mundo», precisamente por eso matizaba sus posturas de 1814: «Le corresponde a España convertirse ahora en la salvadora de la monarquía, incluso para Europa […] [y] sin veto absoluto, no existe ya la monarquía; un rey obligado deja de ser un rey» ‍[58]. Otro liberal como el senador Lanjunais, frente a «la peligrosa doctrina de la soberanía nacional», compartía con el abad una opinión semejante: «El rey ha de ser el primer y principal representante de la nación, o no es nada» ‍[59].

En el bando opuesto, el conservador Journal de Débats, en su particular campaña por dar a conocer el código gaditano y advertir de sus peligros, sentenciaba ya en marzo de 1820 que la Constitución «reduce el poder monárquico al del dogo de Venecia»

Journal des Débats, 18-3-1820.

‍[60]
, en alusión a la figura histórica del Dux de la ciudad italiana; y un año antes de que lo hiciera el propio Chateaubriand

Chateaubriand (

Chateaubriand, F. R. de (2004). Mémoires d’outre-tombe. Paris: Garnier.

2004
): II, 26.º, cap. 7, 69 (en la correspondencia diplomática con Pasquier, del 3 de marzo de 1821): «Sería posible que España cambiase pronto su monarquía por una república: su constitución debe dar su fruto. El rey huirá o será masacrado o depuesto; no existe hombre lo suficientemente fuerte que pueda dominar una revolución. Es posible incluso que esta misma España subsista durante algún tiempo bajo la forma de un estado popular, si se conformase en repúblicas federadas, agregación que le es más propia que a ningún otro país por la diversidad de sus reinos, sus costumbres, sus leyes e incluso sus lenguas». También en la Gazette de France, 30-3-2020: «De esta constitución a la república no hay más que un paso», etc.

‍[61]
, el latinista Auvray había avanzado ya, al comentar el artículo 172 acerca de las restricciones de la autoridad real, sus temores por la posible proclamación de la república en España ‍[62], amenaza fundamental que determinaría en buena medida la intervención final del ejército francés tres años después. El Journal des Débats no dejaría, durante esos años, de arremeter contra esas «disposiciones incompatibles con el principio de las monarquías representativas», y Martignac diagnosticaba que el texto constitucional español no fundaba, de hecho, una «monarquía atemperada», sino un «gobierno popular», cuya cabeza «no tiene nada que recuerde a la dignidad ni al poder de un rey» ‍[63]. Más furibundo aún, Chateaubriand llegaría a comparar el ataque cometido en ese texto contra Fernando VII con el asesinato del duque de Berry, o establecería paralelismos con la suerte de Luis XVI ‍[64].

El sistema unicameral consagrado por las Cortes de Cádiz, calificado por Auvray de «oligarquía demagógica» ‍[65], constituyó asimismo la otra gran diana de las críticas francesas. El abad de Pradt llegó incluso a augurar, ante la contradicción de un rey enfrentado a una única cámara sin poder intermedio alguno capaz de mediar, una división que se trasladaría a la nación y podría acabar desembocando en una guerra civil: «Sin una Cámara de Pares, tribuna y depósito de toda la ilustración nacional, no existe gobierno representativo» ‍[66]. Lanjunais, por su parte, se mostraba igualmente vehemente contra lo que llamaba la «omnipotencia parlamentaria» o el «despotismo de un solo cuerpo legislativo»; y más a la derecha, en el Journal des Débats, lamentando la ausencia de ese «saludable equilibrio» presente en otras monarquías parlamentarias como Inglaterra o Francia, zanjaba: «La autoridad de las Cortes y de la facción que las domina reduce a todas las demás instituciones a la quietud de una completa nulidad», mientras que Martignac tildaba a la cámara única de las Cortes de «engranaje fuera de toda mesura» capaz de paralizar los demás resortes institucionales: «He aquí el vicio grosero que asestará el golpe mortal a su obra, el germen de destrucción por el que inevitablemente deberá perecer» ‍[67].

Si bien las traducciones de 1814 no incluyeron el Discurso preliminar de Agustín de Argüelles, este fue recuperado en 1820 y empezó a llamar la atención de algunos comentaristas como el abad de Pradt, que veía en ese alegato en favor de la tradición feudal un anacronismo en las sociedades modernas: «Se quiso constituir la España de hoy con las leyes de antaño» ‍[68]. La mayoría de los autores, sin embargo, no la interpretaron sino como «imitación funesta» o «copia servil» de la de 1791 ‍[69], y mientras Martignac arremetía contra esa «vana retórica» que apelaba a las antiguas leyes al mismo tiempo que las destruía (habría hecho falta, por el contrario, un verdadero vínculo que enlazara al presente con el pasado) ‍[70], para Chateaubriand la emulación no solo se limitaba al texto constitucional, sino que se hacía extensible a todo el proceso revolucionario (clubs, asesinatos), lo que hacía lógico temer por el destino de Fernando VII: «Traducían y representaban perpetuamente nuestra revolución en el teatro español» ‍[71].

Y a pesar de todas estas críticas, Francia, con su preponderancia y proyección intelectual en todo el continente, contribuyó de forma decisiva (y tal vez a su pesar) a la difusión del texto gaditano: no en vano fue el primer país en traducirlo y fueron aquellas las ediciones que mayoritariamente circularon por Europa.

V. FRANCIA, O LOS INFORTUNIOS DE LA VIRTUD LIBERAL[Subir]

Felices españoles: la libertad os ha sido devuelta en el momento en el que a nosotros nos es arrebatada; vuestros calabozos se vacían y los nuestros van a llenarse; vuestros exiliados vuelven con confianza sus miradas hacia la patria, mientas los nuestros miran con espanto hacia las carreteras que conducen fuera de Francia; os merecéis todo el bien que os está pasando, pero ¿por qué crímenes, debido a qué infortunios merecemos nosotros todos esos males que nos amenazan?

La Renommée, 18-3-1820, n.º 247.

‍[72]

La revolución española fue vista desde el primer momento por muchos franceses como una amenaza para la estabilidad de la nación y su Gobierno, hasta el punto de que, como ya hemos visto, autores como Guizot o Chateaubriand no dudaron en vincular los acontecimientos que se sucedían a uno y otro lado de la frontera, convencidos de que la naturaleza de los hechos españoles les concernía igualmente, puesto que la desestabilización de la monarquía española podía tener consecuencias directas sobre sus intereses. También la prensa francesa se valió de aquel suceso extranjero adaptándolo a las circunstancias nacionales, por lo que Laurent Nagy no duda incluso en hablar de «sincronía transpirenaica» o «doble temporalidad» ‍[73], y si la noticia del pronunciamiento español coincidió para el público francés con el aniversario de la ejecución de Luis XVI, el asesinato del duque de Berry, coetáneo al avance de la columna de Riego por Andalucía, marcó el inicio, como en el negativo de una fotografía, de un «trienio antiliberal» francés en el que la creciente represión conservadora y los amagos insurreccionales no dejaron de batirse en un pulso feroz —si bien de fuerzas desiguales—.

Aunque hubo ya algún que otro intento insurreccional contra la monarquía restaurada previo a 1820 (como en Grenoble en 1816 o en Lyon en 1817), el asesinato del duque de Berry —hijo del Conde de Artois (futuro Carlos X), sobrino del rey y destinado a heredar el trono— a manos de un obrero talabartero de inclinación bonapartista llamado Louis-Pierre Louvel el 13 de febrero de 1820 supuso un durísimo impacto en la opinión pública francesa y para la legitimidad dinástica. Pese a que el magnicida Louvel declaró siempre haber actuado en solitario y nunca se pudo probar, pese a los denodados empeños policiales y judiciales, la existencia de otros cómplices o conspiración en la sombra alguna ‍[74], la reacción defensiva por parte de los poderes públicos más conservadores no se hizo esperar: el atentado provocó la caída del Gobierno moderado de Decazes e inició el ascenso al poder de los ultras a través de una serie de «políticas extremas entre 1820 y 1823» ‍[75] que culminarían en 1824 con la llegada al trono de Carlos X. En los meses sucesivos se aprobó, además, un paquete de leyes de excepción: una ley de seguridad general pública que permitía la detención de cualquier sospechoso a través de la simple vía administrativa, una nueva ley electoral de «doble voto» con el fin de impedir o al menos dificultar el acceso de candidatos liberales al Parlamento, y una muy restrictiva ley de prensa.

Coincidiendo con el acatamiento de la Constitución por parte de Fernando VII y del arranque de las nuevas Cortes, la nueva ley de prensa francesa del 31 de marzo reintrodujo un estricto sistema de censura y acabó en la práctica con la gran mayoría de las publicaciones periódicas liberales francesas. La destrucción de este y otros derechos fundamentales, las restricciones electorales, así como la vulneración de la Charte de 1814, llevó a los diputados liberales a abandonar la Cámara en el mes de junio. Y así, la oposición, toda vez que vio cerradas las puertas de los canales legales habituales, buscó a partir de entonces una respuesta en la clandestinidad: las sociedades secretas, la conspiración y la insurrección militar ‍[76]. Tal y como recuerda Guizot en sus Memorias, «entre 1820 y 1823 los conspiradores no se preguntaban si sus empresas eran legítimas, […] viejos odios y nuevas esperanzas, alarmas del pasado y seducciones de futuro dominaban su alma y su conducta […]» ‍[77].

La primavera de 1820 trajo un segundo Gobierno de Richelieu, y en junio tuvieron lugar las primeras revueltas y protestas estudiantiles en las calles de París contra las medidas autoritarias del nuevo Gobierno. La primera conspiración de envergadura estalló ese mismo verano, en lo que se conoce como el complot del 19 de agosto o el «complot del Bazar Français», por el nombre del establecimiento comercial parisino en el que se daban cita los conjurados: unidades militares puestas de acuerdo en la capital y la región este (Lyon, Grenoble, Alsacia) y que penetraron hasta la misma Guardia Real, con coroneles como Fabvier o Caron al mando y que habrían tenido por objetivo la toma del poder y el establecimiento de un nuevo Gobierno provisional en Vincennes, previsiblemente con el diputado marqués de Lafayette a la cabeza. La conspiración se desbarató por la infiltración gubernamental y las propias vacilaciones de los protagonistas, circunstancias ambas que concurrirían en todas las intentonas posteriores, y el juicio subsiguiente no hizo sino polarizar las posiciones políticas.

En el núcleo de todo ese entramado de oposición conspirativa entre 1821 y 1823 estuvo la Charbonnerie, sociedad secreta que tomó prestado el nombre y las tácticas de sus homólogos italianos con el objetivo de la toma revolucionaria del poder (en los documentos incautados durante la conspiración del 19 de agosto ya se hablaba de «imitación de los carbonarios de Nápoles» ‍[78]). Fundada en París por una coalición de militares bonapartistas, estudiantes, políticos progresistas y hombres de profesiones liberales, suspendieron temporalmente sus muchas diferencias acerca de la forma de un potencial orden futuro para concentrarse, bajo la bandera tricolor, en la destrucción del régimen existente, y rápidamente se extendió a los centros históricos provinciales de descontento y oposición a la monarquía (al oeste los departamentos del Loira fundamentalmente, y al este enclaves como la región de Alsacia o Lyon). El periodista y futuro ministro de Instrucción Pública (1848) Achille de Vaulabelle nos habla de «un impulso que, entre 1821 y 1822, llevó a los más ilustrados, activos y enérgicos de la generación de la República y el Imperio a emprender una batalla contra las nuevas tendencias del gobierno monárquico» ‍[79]. Aunque en principio dispersa y de carácter apolítico, la masonería, con logias como la de los Amis de la vérité (que ya se vio involucrada en la conspiración del 19 de agosto), sirvió para vehicular las actividades de estos elementos carbonarios y «paramasónicos» ‍[80], estableciéndose una relación innegable ‍[81]. Se extendió así una red informal de organizaciones diversas, legales unas e ilegales otras (órdenes fraternales, clubs, sociedades secretas), con diferente implantación territorial, y entre las que destacaría la sociedad de los Chevaliers de la liberté en el oeste y los departamentos del Loira. Las tácticas elegidas implicaban, a imitación de otras organizaciones secretas europeas, desde la organización «triangular» (por lo que nunca se pudo llegar a conocer realmente la composición de un supuesto comité director parisino, por encima de las ventas) a la subversión por parte de unidades militares, a la manera del pronunciamiento español, con la esperanza de que, una vez sumadas a su causa facciones civiles, el derrocamiento de la dinastía pudiera llegar de manos de sus propias tropas. Fase en el desarrollo intelectual de una generación política, muchos de sus miembros se unieron más tarde a movimientos como el sansimonismo u otros parejos del socialismo utópico, facciones republicanas o comunistas, pero también otros muchos, en las filas del liberalismo, tuvieron «carreras confortables» tras la revolución de 1830 ‍[82]. La carbonería puede interpretarse así, en palabras de uno de sus máximos estudiosos, Alan B. Spitzer, como una etapa en la tradición revolucionaria, vínculo entre generaciones y puente para carreras políticas; pero también debe entenderse en su contexto temporal como una alternativa a las políticas de la Restauración y un elemento crucial en el desarrollo de las fuerzas políticas entre 1820 y 1823, y todo ello en el contexto de un movimiento europeo más amplio, en lo que constituyó el primer gran enfrentamiento serio entre la Europa restaurada y los herederos de la revolución.

En diciembre de 1821 se instauró el Gobierno ultra de Villèle, con el reaccionario ultracatólico Corbière a la cabeza de un Ministerio de Interior que veía ahora sus funciones ampliadas, y Franchet d’Esperey, vinculado a la sociedad secreta ultra Les Chevaliers de la Foi, al mando de una Police générale encargada del orden y la seguridad pública, capaz de imponerse a toda la Administración y que desarrolló durante los siguientes años una labor de vigilancia y espionaje sistemáticos —lo cual sirvió en buena medida para desbaratar hasta media docena de planes insurreccionales de cierta envergadura que entre diciembre de 1821 y la primavera de 1822 tuvieron lugar ‍[83], y entre los que destacan los de Thouars y Saumur (donde llegó a izarse la bandera tricolor), Belfort o el de La Rochelle, cuyos cuatro oficiales al mando fueron guillotinados el 21 de septiembre de 1822, convirtiéndose en adelante en emblema de la lucha por la libertad de aquellos tres años convulsos—.

Aunque en la primavera de 1822 aún se calculaba la existencia de unos 800 000 carbonarios en todo el país ‍[84], los procesos judiciales y las ejecuciones de verano y otoño pusieron fin a la capacidad del movimiento a partir de entonces. Alan B. Spitzer cifra su fracaso para 1823 en el hecho de tratarse de una mera «alianza táctica» con confusión de objetivos, y unidos circunstancialmente solo en su oposición al régimen de los Borbones. Su naturaleza clandestina y su composición social (militares bonapartistas, muchos de ellos ya retirados en demisolde, elites liberales, estudiantes), con apenas presencia obrera y ausencia de una verdadera movilización de masas, reducían «la sociedad secreta […] a una conspiración militar y burguesa» ‍[85]. Eric Hobsbawm, del mismo modo, apuntaba a que los carbonarios, al hallarse aislados de las masas, encontraron esencial ampararse en el secreto y el ritualismo ‍[86]. La disparidad entre técnicas y objetivos también resultaron un hándicap en el desarrollo de los acontecimientos: «Efectivas contra los individuos, las conspiraciones resultan impotentes para derrocar o destruir enteramente un sistema político establecido» ‍[87]. En el momento del triunfo de la revolución de julio, el periodista republicano Armand Carrel se lamentaría en las páginas de Le National al echar la vista atrás: «¿Cómo pudimos albergar alguna vez la esperanza loca de derrocar a un gobierno sostenido por la ley y por la inercia de treinta millones de hombres con complots llevados a cabo por estudiantes de Derecho y oficiales de segunda?»

Le National, 22-9-1830.

‍[88]
. Bruyère-Ostells, autor de La Grande Armée de la liberté (2009), cifra por su parte el fracaso de estos movimientos clandestinos paramasónicos en la ausencia (a pesar de sus ambiciones, correlaciones, encuentros transfronterizos, correspondencias e intentos de unidad fracasados) de una verdadera estructura organizativa transnacional ‍[89].

Del otro lado, la efectividad del aparato policial monárquico y su sistema de seguridad y espionaje, heredado en buena medida del Imperio, funcionó —a pesar de algún que otro solapamiento jurisdiccional— con coherencia y resolución, dando muestra de un vigor que, a diferencia de otras experiencias sudeuropeas, supo frenar la amenaza. Tampoco el soldado francés, si bien representante de un pasado imperial glorioso y a menudo autoproclamado «instrumento del futuro triunfo de la causa de la libertad y la democracia universal» ‍[90], podía jugar ya el papel de vanguardia social para la modernización nacional que sus correligionarios meridionales (doblegados aún por el yugo del trono y la Iglesia) sí probaron con éxito ‍[91]: con la intervención en España de 1823, la vía del pronunciamiento, vocablo castellano par excellence e importado también a la lengua francesa, quedó definitivamente descartada de la historia de Francia.

Lo cual no significa que durante esos tres años no se intentara. La historiografía existente acerca de las revoluciones liberales de 1820 en el sur de Europa suele dejar de lado a Francia, centrándose en los casos donde sí se impuso, siquiera transitoriamente. Pero el país galo, referente por entonces de la restauración monárquica, tampoco fue ajeno al contagio: la carbonería, que como ya hemos señalado, tuvo una nada desdeñable implantación allí, pertenece a la historia internacional de las sociedades secretas no solo por sus conexiones directas con conspiradores extranjeros, sino también como uno de los aspectos clave de una más amplia respuesta internacional a las realidades políticas de la Europa posrevolucionaria. De origen italiano, la carbonería influyó de forma determinante en Francia y también alcanzó a España ‍[92]: ya en 1818 se había identificado una primera célula carbonaria en París, y tras la insurrección protagonizada por el 29.º regimiento de Belfort a principios de 1822, el suboficial Tellier confesó que el movimiento contra los Borbones estaba dirigido desde el extranjero.

La presencia de elementos foráneos en los focos insurreccionales y el refugio que muchos de los rebeldes hallaron al otro lado de las fronteras apuntan sin duda en esa dirección. Aun sin compartir enteramente la teoría de Metternich de la «Internacional Jacobina», el Gobierno y su policía reconocieron desde el primer momento la amenaza que suponía la presencia de revolucionarios extranjeros en suelo francés y la interconexión internacional de las subversiones para su seguridad doméstica: una nota en enero de 1821 de Claude Mounier, subsecretario del ministro del Interior, ya había apuntado: «Varios indicios nos llevan a creer que la facción revolucionaria prepara algo. Existe una perfecta unidad y comunicaciones muy activas entre los liberales de París, Madrid, Lisboa, Turín y Londres» ‍[93]. Y obraron en consecuencia: el aparato de espionaje heredado de Napoleón extendía sus ramificaciones también al extranjero y vigilaba estrechamente a muchos de sus exiliados políticos (ya fueran bonapartistas o jacobinos) en ciudades como Madrid, Londres o Ginebra a través de voluntarios e informadores que dieron cuenta de numerosas reuniones en suelo extranjero de conspiradores internacionales con presencia de hombres del este o el sur de Francia. Los investigadores, convencidos como estaban de que «una red estrechamente trenzada unía a los conspiradores de todos los países»

Ibid.: 60.

‍[94]
, llegaron a predecir la insurrección en Turín, y la posterior extinción de los movimientos insurreccionales en Nápoles y Piamonte trajo consigo cierta tranquilidad a la región del sureste.

Pero el vínculo de rebeldes y emigrados fue sin duda más allá del innegable ascendente italiano (desarrollado, a su vez, por emulación de la revolución española). Un opúsculo publicado en París en el verano de 1820 se empeñaba en negar los extendidos rumores que atribuían a los conspiradores del Bazar Français la intención de tomar el Palacio de las Tullerías para imponer al monarca la Constitución española; en febrero de 1821, el prefecto de Bouches-du-Rhône informaba de que muchos individuos exhibían por las calles de Marsella símbolos de los constitucionalistas españoles, como sombreros decorados con una «cinta verde con la inscripción española Constitución o muerte»; hojas volantes con canciones y proclamas subversivas circulaban entre las clases populares en la zona pirenaica aprovechando el cordón sanitario y, todavía en 1823, Chateaubriand seguía argumentando que, si bien no había habido ningún español ante los tribunales franceses hasta el momento, tenía noticias de que el diputado Nantil, en ese momento desplazado a España, se había jactado allí de querer llevar a cabo en Francia un golpe de Estado «a lo Quiroga» ‍[95].

Como ya había predicho el diario La Renommée en marzo de 1820 con el que abríamos este apartado, muchos de los conspiradores franceses también se vieron obligados a buscar asilo en España, que durante aquellos años se convirtió en refugio de numerosos emigrados europeos ‍[96] (el trabajo de Bruyère-Ostells identifica al menos a una cuarta parte de ellos como vinculados a la francmasonería de la Grande Armée, entre los que destacaron figuras como la de Guillaume de Villancourt, general imperial del Reino de Italia y posterior comandante en jefe del «ejército constitucional» piamontés, o el coronel Fabvier, excapitán de la Guardia Imperial, amigo próximo de Lafayette y conspirador de primera hora en Lyon en 1817 o en el complot del Bazar Français).

Ya en el invierno de 1821 los carbonarios franceses, que veían España como el lugar ideal desde el que organizar sus tentativas insurreccionales, enviaron un emisario en misión secreta para que estableciera relaciones entre el Comité Director parisino y las Cortes: el excapitán y pariente político de Argüelles François Husson, que primero desde Bayona y luego desde Irún logró poner en contacto a Riego, Espoz y Mina, Moreno Villa o el mismo Argüelles con los diputados liberales Manuel, Girardin o Lafayette, miembros todos de una misma «sociedad secreta transnacional» ‍[97]. Según la policía francesa, en septiembre de 1821 el excomisario de la Grande Armée Cugnet de Montarlot había llevado a cabo un intento de invadir Francia desde España, con la ayuda de Riego y Vaudoncourt ‍[98], pretendiendo animar a la sublevación entre los oficiales del cordón sanitario. Y mientras el coronel Gauchais, compañero de Berton en el complot de Saumur de diciembre de 1821 ‍[99], logró huir a Inglaterra, desde donde se trasladó a España con ánimo de luchar contra Los Cien Mil Hijos de San Luis ‍[100], el propio Berton, a quien Spitzer califica de «aventurero quijotesco» ‍[101] y que llegó a ser nombrado gobernador militar de Andalucía en 1808, buscó refugio tras el fracaso de su expedición a Saumur en España, junto con el comandante Combas y el capitán Honoré-Édouard Delon. Informes del mes de mayo de 1822 situaban a Berton en la frontera española en estrecho contacto con oficiales del cordón sanitario fronterizo. Otro informe lo sitúa de camino a Madrid y acompañado por su amante española en la ciudad de Bilbao (donde llegaron a concentrarse hasta en torno a quinientos de estos refugiados, entre ellos el capitán Nantil o el coronel Caron) ‍[102].

Cuando un mes más tarde Berton fue finalmente detenido en Normandía, en su bolsillo guardaba una carta de Delon proveniente también de España. Todavía en abril de 1823, algunos supervivientes de los complots enviados a través de Inglaterra por el comité de París y encabezados por el coronel Fabvier intentaron sin éxito detener sobre el Bidasoa al cuerpo expedicionario francés que partía para España a restablecer la legitimidad monárquica. Durante la guerra se organizaron batallones compuestos de refugiados franceses como el Regimiento Napoleón II en Barcelona (con el exoficial de marina Reynauld) o en Vizcaya (con Caron al mando), o los Lanceros Franceses de la Libertad en Madrid; el coronel Fabvier siguió luchando del lado de los liberales españoles hasta la derrota final, y acabó enrolándose en la guerra de Independencia griega, donde llegó a comandar el ejército regular griego en Navarino ‍[103]. Más extraña aún es la azarosa trayectoria del anteriormente citado Husson, quien tras unirse a Riego en Aragón, luchar primero en Murcia contra el fernandino Ejército de la Fe y después en Galicia contra los franceses del duque de Angoûleme, acabó convirtiéndose en un traidor y delator al desbaratar el último intento insurreccional en agosto de 1824 de la expedición «colorada» de Gibraltar, que concluyó con la ejecución de ochenta «mártires de la libertad», entre ellos el republicano Cugnet de Montarlot a la cabeza de una «Legión Europea por la Libertad» ‍[104].

La propia naturaleza clandestina de todos estos movimientos conspirativos dificulta una mayor profundización en su conocimiento, más allá de las propias fuentes policiales y algunas memorias aisladas publicadas posteriormente por parte de sus exintegrantes a partir de 1830, además de la escasa bibliografía existente

Bibliografía concentrada además mayoritariamente entre finales del xix y principios del xx. Estudios más recientes, como el de Fureix (

Fureix, E. (2002). Un rituel d’opposition sous la Restauration: les funérailles libérales à Paris (1820-1830). Genèses, 46 (1), 77-100. Disponible en: https://doi.org/10.3917/gen.046.0077

2002
), se han aproximado a las prácticas políticas de la oposición liberal durante el periodo; por ejemplo, a través de sus ritos funerarios, a menudo excusa para concentraciones multitudinarias y demostración de fuerza.

‍[105]
; la censura en la prensa, la manipulación e intencionalidades ocultas de esas fuentes obligan a un cuidadoso manejo. Así que escasos son los testimonios directos que se han podido hallar de esos liberales radicales y carbonarios a los que con tanta frecuencia señalaba Chateaubriand, y que habrían hecho de la revolución española y la constitución doceañista su estandarte y su programa político también para Francia. Una curiosa excepción sería el pequeño opúsculo de Antoine Galotti publicado tempranamente en París en 1820, oficial salernitano carbonaro de la milicia local que se adelantó en la proclamación de la Constitución española para Nápoles desde su localidad natal (Cilento, 28 de mayo de 1820; la insurrección final no tendría lugar hasta julio, en Monteforte), y posteriormente refugiado en Córcega; «condenado a muerte tres veces», tal y como él mismo se presenta en el título de sus Memorias (1831), en su panfleto de 1820 traza un repaso de la prensa francesa más reciente (a la que critica por querer hacer creer a la opinión pública francesa que en España «no ha pasado nada, nadie está pensando en la libertad, y que el Rey no se ha visto obligado a cambiar de principios» ‍[106]), y lanza un guiño al levantamiento de Riego, en un ataque virulento contra la tiranía de la Restauración, los ultrarrealistas y en defensa del principio de la soberanía popular. El general Guillaume de Vaudoncourt, por su parte, quien siguió a Riego durante dos años para pasar finalmente de Málaga a Gibraltar ante el avance de las tropas francesas, dejaba constancia en sus memorias de «proscrito» publicadas una década más tarde de su convicción de que el único modo para el triunfo de la causa de la libertad en España habría debido pasar por la solidaridad de todos los revolucionarios europeos ‍[107]. Algo de eso intentó la sociedad secreta Amigos Constitucionales de Europa que el general napolitano y jefe carbonario Guglielmo Pepe fundó en Madrid, pero que fracasó por falta de apoyo gubernamental (el nuevo Gobierno moderado de Martínez de la Rosa buscó desvincularse de las sociedades secretas exaltadas y de toda insurrección transpirenaica), así como por las propias divisiones internas entre los conspiradores.

VI. CONCLUSIONES[Subir]

Los acontecimientos de España entre 1820 y 1823, tal y como hemos visto, no dejaron indiferentes a los franceses y se vieron directamente relacionados y entremezclados con los acontecimientos nacionales: «En cualquier momento, una revolución en España hubiera causado una gran sensación en Francia; pero las circunstancias en las que nos hallamos añaden ahora a la liberación de la península un grado aún más alto de interés», sentenciaba Aimé Duvergier en su prefacio de 1820 a la Constitución española publicada en París ‍[108]. Y es que la cuestión española estructuró efectivamente buena parte del debate público del periodo, hasta convertirse en 1822-‍1823 en el tema principal tanto en la prensa como en el Parlamento, y alcanzando especialmente a lo que Fureix o Larroche consideran «más allá del país legal» a través del teatro, panfletos, canciones, gritos sediciosos o rumores ‍[109]. La naturaleza polémica y conflictiva del debate, que supera la tradicional división entre liberales y ultras y se abre a una amplia gama de matices (en la discusión sobre la Constitución gaditana, por ejemplo), así como a la propia evolución y radicalización de los acontecimientos a ambos lados de la cordillera pirenaica, sitúa la final intervención de 1823, lejos de constituir un capítulo menor en la historia de la Restauración a menudo ninguneada por la historiografía francesa, en el corazón de las lógicas políticas del régimen, tal y como defiende Emmanuel Larroche

Ibid.: 7.

‍[110]
.

Probablemente no resulte acertado hablar tanto de «influencia» de los acontecimientos de un país sobre otro (a pesar de las palabras de Chateaubriand), ni las coincidencias cronológicas apunten a una conexión necesaria, como sí a un contexto transnacional favorable de contestación importante al concierto de Viena, que halló también en Francia, aunque la historiografía sobre la materia no suela recalar mucho allí, su escenario de representación. Las intentonas insurreccionales por parte de militares liberales franceses fracasaron, como también caerían a la postre los regímenes constitucionales meridionales que inauguraron el liberalismo del siglo xix, pero la «solidaridad internacional liberal» a la que daba la bienvenida el diario La Renommée aquel 18 de marzo de 1820 no dejó de movilizarse en Europa durante aquellos tres años, en los que Francia vivió a la sombra del archievocado «miedo al contagio», rumor infundado o interesado en ocasiones, pero también frecuentemente probado por las relaciones y contactos entre conspiradores de uno y otro lado de la frontera.

Porque aquella amenaza de contagio atacaba directamente a la precaria estabilidad del régimen de la Carta de 1814 (pacto entre el viejo y el nuevo orden), y aunque provocó en última instancia la final intervención a cargo de las tropas de los Cien Mil Hijos de San Luis comandados por el duque de Angoulême, también puso en evidencia sus contradicciones

Ibid.: 8-9.

‍[111]
. Por eso mismo el debate en la Asamblea fue arduo ‍[112], desde los recelos más moderados de Duvergier de Hauranne o Martignac hasta la abierta oposición del diputado Manuel, frente a los que el por entonces ministro de Exteriores Chateaubriand siguió justificando de forma vehemente la expedición por la defensa «del rey y la propia nación española». Y aunque más tarde se jactaría así: «De ningún modo me defenderé de los ataques por haber sido el principal autor de la Guerra de España», Victor Hugo, cuarenta años después, le replicaba en Los Miserables: «Poca sangre vertida, escaso honor conquistado, vergüenza para algunos, la gloria para nadie. Así fue esta guerra, hecha por príncipes descendientes de Luis XIV y llevada a cabo por generales de Napoleón» ‍[113].

NOTAS[Subir]

[1]

Cit. en Bertier de Sauvigny (Bertier de Sauvigny, G. (1970). Metternich et la France après le congrès de Vienne. Paris: Hachette.‍1970): II, 600.

[2]

Hobsbawm (Hobsbawm, E. (1987). Las revoluciones burguesas. Barcelona: Labor.‍1987): 202.

[3]

Castells Oliván (Castells Oliván, I. (1989). La Constitución gaditana de 1812 y su proyección en los movimientos liberales europeos del primer tercio del siglo xix. Trocadero: Revista de Historia Moderna y Contemporánea, 1, 117-132. Disponible en: https://doi.org/10.25267/Trocadero.1989.i1.08‍1989), Badía (Badía, J. F. (1991). Proyección exterior de la Constitución de 1812. Ayer, 1, 207-248.‍1991), etc.

[4]

Dufour (Dufour, G. (2003). El primer liberalismo español y Francia. En E. La Parra y G. Ramírez Aledón (coords.). El primer liberalismo: España y Europa, una perspectiva comparada (pp. 125-136). Valencia: Biblioteca Valenciana.‍2003).

[5]

Larroche (Larroche, E. (2013). L’expédition d’Espagne. 1823: de la Guerre selon la Charte. Rennes: Presses Universitaires de Rennes. Disponible en: https://doi.org/10.4000/books.pur.134844‍2013): 19.

[6]

Duvergier (Duvergier, A. (1919). Catéchisme politique de la constitution espagnole, applicable à toute constitution fondée sur les principes. Paris: A. Bobbé.‍1919): v-viii. Nueva traducción del Catecismo traducido en 1815 por el conde de Lasteyrie, que incluía ahora además un «Avant-Propos» (discurso de Argüelles) y el citado prefacio, ausentes en la versión anterior.

[7]

Nagy (Nagy, L. (2018). Les premiers échos du pronunciamiento de 1820 dans la presse parisienne. El Argonauta Español, 15. Disponible en: https://doi.org/10.4000/argonauta.2726‍2018): párr. 43; y (Nagy, L. (2019). Les mots de l’insurrection sur les Pyrenées: chansons et proclamations séditieuses en circulation sur le cordon sanitaire durant le Trienio Liberal. Historia Constitucional, 20, 545-583. Disponible en: http://dx.doi.org/10.17811/hc.v0i20‍2019): 551. La traducción de 1819 del Catecismo español es atribuible a Aimé Duvergier porque así lo indica el propio autor en la traducción de la Constitution politique de la monarchie espagnole publicada por él mismo al año siguiente (Duvergier, A. (1820a). Constitution politique de la monarchie espagnole; promulguée à Cadix, le 19 de mars 1812. Traduite de l’espagnol par Aimé Duvergier. Paris: Corréard.‍1820a).

[8]

Ibid.: 5.

[9]

Ibid.: 7 y 4.

[10]

Nagy (Nagy, L. (2018). Les premiers échos du pronunciamiento de 1820 dans la presse parisienne. El Argonauta Español, 15. Disponible en: https://doi.org/10.4000/argonauta.2726‍2018): párr. 5-‍9.

[11]

La Renommée, 24-1-1820, n.º 223, y 21-‍3-1820, n.º 250.

[12]

Le Moniteur universel, 18-1-1820, n.° 18.

[13]

Nagy (Nagy, L. (2018). Les premiers échos du pronunciamiento de 1820 dans la presse parisienne. El Argonauta Español, 15. Disponible en: https://doi.org/10.4000/argonauta.2726‍2018): párr. 21.

[14]

La Renommée, 15-3-1820, n.° 225; Journal des débats, 25-9-1821.

[15]

La Renommée, 28-1-1820, n.° 227.

[16]

La Renommée, 1-4-1820, n.º 261.

[17]

Y así cundió también el temor en las prefecturas de los Bajos Pirineos y Las Landas ante los preparativos de una expedición que parecía estar reuniendo en Bayona armas, caballos y hombres, con la colaboración de comerciantes españoles y financiado desde Londres y París, tal y como hicieron saber en sendos informes al Director de Administración y Policía en marzo de 1820 [cit. en Simal (Simal, J. L. (2012). Emigrados. España y el exilio internacional, 1814-1834. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.‍2012): 117].

[18]

La Renommée, 7 y 9-‍3-1820, n.º 236 y 238.

[19]

Moniteur Universel, 16-3-1820.

[20]

Duvergier (Duvergier, A. (1820a). Constitution politique de la monarchie espagnole; promulguée à Cadix, le 19 de mars 1812. Traduite de l’espagnol par Aimé Duvergier. Paris: Corréard.‍1820a): «Prefacio», s/n.

[21]

Pradt (Pradt, D. de (1820). De la révolution actuelle en Espagne, et de ses suites. Paris: Béchet.‍1820): 4.

[22]

Guizot (Guizot, F. (1820). Du gouvernement de la France depuis la Restauration, et du ministère actuel, suivi de notes sur les révolutions d’Espagne, de Naples et du Portugal. Paris: Ladvocat.‍1820): 254, 274.

[23]

Lanjunais (Lanjunais, J. D. Comte de (1821). Vues politiques sur les changemens à faire à la Constitution d’Espagne, afin de la consolider, spécialement dans le royaume des Deux-Siciles. Paris: Badouin Frères.‍1821): 4.

[24]

Pradt (Pradt, D. de (1820). De la révolution actuelle en Espagne, et de ses suites. Paris: Béchet.‍1820): 6.

[25]

Ibid.: 9.

[26]

Ibid.: vi, 22, 151.

[27]

Lanjunais (Lanjunais, J. D. Comte de (1821). Vues politiques sur les changemens à faire à la Constitution d’Espagne, afin de la consolider, spécialement dans le royaume des Deux-Siciles. Paris: Badouin Frères.‍1821): 3, 6; Pradt (Pradt, D. de (1820). De la révolution actuelle en Espagne, et de ses suites. Paris: Béchet.‍1820): 21; Guizot (Guizot, F. (1820). Du gouvernement de la France depuis la Restauration, et du ministère actuel, suivi de notes sur les révolutions d’Espagne, de Naples et du Portugal. Paris: Ladvocat.‍1820): 253.

[28]

Pradt (Pradt, D. de (1820). De la révolution actuelle en Espagne, et de ses suites. Paris: Béchet.‍1820): vii; Guizot (Guizot, F. (1820). Du gouvernement de la France depuis la Restauration, et du ministère actuel, suivi de notes sur les révolutions d’Espagne, de Naples et du Portugal. Paris: Ladvocat.‍1820): 264-‍265.

[29]

Basabe (Basabe, N. (2012). Diez años de la Constitución de Cádiz en el debate político francés: 1814-1824. Historia Constitucional, 13, 23-27. Disponible en: http://dx.doi.org/10.17811/hc.v0il3.324‍2012): 45.

[30]

Guizot (Guizot, F. (1820). Du gouvernement de la France depuis la Restauration, et du ministère actuel, suivi de notes sur les révolutions d’Espagne, de Naples et du Portugal. Paris: Ladvocat.‍1820): 243, 250-‍252.

[31]

Pradt (Pradt, D. de (1820). De la révolution actuelle en Espagne, et de ses suites. Paris: Béchet.‍1820): 173.

[32]

Le Drapeau blanc, 1-2-1820, n.° 32 y 29-‍1-1820, n.° 29.

[33]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1820). De l’Espagne. Le Conservateur, 29-1. Paris: Bureau du Conservaeur.‍1820): VI, 241.

[34]

Martignac (Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.‍1832): 202; Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.‍1838): 12 y 9.

[35]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.‍1838): 7; Martignac (Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.‍1832): 96.

[36]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.‍1838):43, 46-‍47.

[37]

Duvergier de Hauranne (Duvergier de Hauranne, P. (1824). Coup d’oeil sur l’Espagne. Paris: Baudoin Frères.‍1824): 9; Martignac (Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.‍1832): 346. El brote de fiebre amarilla en Barcelona en 1822 fue la excusa, de hecho, para el establecimiento en la frontera de ese primer cordon sanitaire de la historia, que buscaba más bien frenar el contagio revolucionario.

[38]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.‍1838): 4 y 43.

[39]

Journal des Débats, 20-1-1823: 2.

[40]

Martignac (Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.‍1832): 201.

[41]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.‍1838): 34, (Chateaubriand, F. R. de (1861a). Opinion sur le projet de loi relatif à la suspension de la liberté individuelle. Œuvres uvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.‍1861a): 20, (Chateaubriand, F. R. de (1861c). Discours sur la loi relative à l’emprunt de cent millions, prononcéà la chambre des députés le 25 février 1823. Œuvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.‍1861c): 22, (Chateaubriand, F. R. de (1861b). Discours sur l’intervention en Espagne, prononcéà la chambre des pairs, en mai 1823. Œuvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.‍1861b): 30.

[42]

Martignac (Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.‍1832): 217.

[43]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.‍1838): 31.

[44]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1861c). Discours sur la loi relative à l’emprunt de cent millions, prononcéà la chambre des députés le 25 février 1823. Œuvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.‍1861c): 36 y (Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.‍1838): 339.

[45]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1861c). Discours sur la loi relative à l’emprunt de cent millions, prononcéà la chambre des députés le 25 février 1823. Œuvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.‍1861c): 23.

[46]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (2004). Mémoires d’outre-tombe. Paris: Garnier.‍2004): II, 27.º, cap. 8, 106.

[47]

Pradt (Pradt, D. de (1820). De la révolution actuelle en Espagne, et de ses suites. Paris: Béchet.‍1820):172; Martignac (Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.‍1832): 200.

[48]

Basabe (Basabe, N. (2012). Diez años de la Constitución de Cádiz en el debate político francés: 1814-1824. Historia Constitucional, 13, 23-27. Disponible en: http://dx.doi.org/10.17811/hc.v0il3.324‍2012): 24; Fernández Sarasola (Fernández Sarasola, I. (2011). La Constitución de Cádiz. Origen, contenido y proyección internacional. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.‍2011): 283-‍288; Simal (Simal, J. L. (2017). Circulación internacional de modelos políticos en la era posnapoleónica: cultura, debate y emulación constitucionales. Revista de Estudios Políticos, 175, 269-298. Disponible en: https://doi.org/10.18042/cepc/rep.175.09‍2017): 272 y 292-‍293.

[49]

Núñez de Taboada (Núñez de Taboada, E. (1814/1820). Constitution politique de la monarchie espagnole, promulguée à Cadix le 19 mars 1792 (sic), précédée du Rapport de la Commission des Cortès chargée de présenter le Projet de Constitution, traduit de l’Espagnol en Français par E. Núñez de Taboada, Directeur de l’Interprétation générale des langues. Paris: Firmin Didot.‍1814); Lasteyrie (Lasteyrie, C. P. (1814). Constitution politique de la monarchie espagnole promulguée à Cadix le 19 mars 1812. Paris: Dentu.‍1814).

[50]

Grégoire (Grégoire, H. (1814). De la constitution française de l’an 1814. Paris: A. Égron.‍1814); Rouyer (Rouyer, C. M. (1814). Mon dernier mot, ou Lois, proclamations et déclarations suivant leur ordre chronologique, en réponse à plusieurs brochures qui ont paru depuis le 6 avril jusqu’au 20 mai; précédé de quelques maximes relatives à l’économie politique, et terminée par des notes. Paris: s/n.‍1814).

[51]

Varela Suanzes-Carpegna (Varela Suanzes-Carpegna, J. (1992). El liberalismo francés después de Napoleón (de la anglofobia a la anglofilia). Revista de Estudios Políticos, 76, 29-44.‍1992): 29 y ss.

[52]

Núñez de Taboada (Núñez de Taboada, E. (1814/1820). Constitution politique de la monarchie espagnole, promulguée à Cadix le 19 mars 1792 (sic), précédée du Rapport de la Commission des Cortès chargée de présenter le Projet de Constitution, traduit de l’Espagnol en Français par E. Núñez de Taboada, Directeur de l’Interprétation générale des langues. Paris: Firmin Didot.‍1820, Núñez de Taboada, E. (1821). Constitution militaire de la monarchie espagnole, adoptée par les Cortès nationales de 1821. Paris: s/n.‍1821); Duvergier (Duvergier, A. (1820a). Constitution politique de la monarchie espagnole; promulguée à Cadix, le 19 de mars 1812. Traduite de l’espagnol par Aimé Duvergier. Paris: Corréard.‍1820a).

[53]

Haller (Haller, C. L. von (1820). De la constitution des Cortès d’Espagne, par M. de Haller, auteur de la Restauration des Sciences Politiques, traduit de l’allemand par lui-même. Paris: H. Nicolle.‍1820).

[54]

J. A. A. [Auvray] ([Auvray], J. A. A. (1820). Réflexions sur la révolution d’Espagne, avec un commentaire historique, politique et critique de la Constitution des Cortès, par J. A. A***. s/l.‍1820).

[55]

Alcalá Galiano (Alcalá Galiano, A. (1886) [2008]. Memorias de D. Antonio Alcalá Galiano. Madrid: Visor.‍2008): 219.

[56]

Guizot (Guizot, F. (1820). Du gouvernement de la France depuis la Restauration, et du ministère actuel, suivi de notes sur les révolutions d’Espagne, de Naples et du Portugal. Paris: Ladvocat.‍1820): 255.

[57]

J. A. A. [Auvray] ([Auvray], J. A. A. (1820). Réflexions sur la révolution d’Espagne, avec un commentaire historique, politique et critique de la Constitution des Cortès, par J. A. A***. s/l.‍1820): 55.

[58]

Pradt (Pradt, D. de (1820). De la révolution actuelle en Espagne, et de ses suites. Paris: Béchet.‍1820): 168, 203.

[59]

Lanjuinais (Lanjunais, J. D. Comte de (1821). Vues politiques sur les changemens à faire à la Constitution d’Espagne, afin de la consolider, spécialement dans le royaume des Deux-Siciles. Paris: Badouin Frères.‍1821): 28.

[60]

Journal des Débats, 18-3-1820.

[61]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (2004). Mémoires d’outre-tombe. Paris: Garnier.‍2004): II, 26.º, cap. 7, 69 (en la correspondencia diplomática con Pasquier, del 3 de marzo de 1821): «Sería posible que España cambiase pronto su monarquía por una república: su constitución debe dar su fruto. El rey huirá o será masacrado o depuesto; no existe hombre lo suficientemente fuerte que pueda dominar una revolución. Es posible incluso que esta misma España subsista durante algún tiempo bajo la forma de un estado popular, si se conformase en repúblicas federadas, agregación que le es más propia que a ningún otro país por la diversidad de sus reinos, sus costumbres, sus leyes e incluso sus lenguas». También en la Gazette de France, 30-3-2020: «De esta constitución a la república no hay más que un paso», etc.

[62]

J. A. A. [Auvray] ([Auvray], J. A. A. (1820). Réflexions sur la révolution d’Espagne, avec un commentaire historique, politique et critique de la Constitution des Cortès, par J. A. A***. s/l.‍1820): 94.

[63]

Journal des Débats, 20-1-1823; Martignac (Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.‍1832): 395.

[64]

Chateaubriand, (Chateaubriand, F. R. de (1861c). Discours sur la loi relative à l’emprunt de cent millions, prononcéà la chambre des députés le 25 février 1823. Œuvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.‍1861c): 351, 364.

[65]

J. A. A. [Auvray] ([Auvray], J. A. A. (1820). Réflexions sur la révolution d’Espagne, avec un commentaire historique, politique et critique de la Constitution des Cortès, par J. A. A***. s/l.‍1820): 94.

[66]

Pradt (Pradt, D. de (1820). De la révolution actuelle en Espagne, et de ses suites. Paris: Béchet.‍1820): 197-‍198, 200.

[67]

Lanjuinais (Lanjunais, J. D. Comte de (1821). Vues politiques sur les changemens à faire à la Constitution d’Espagne, afin de la consolider, spécialement dans le royaume des Deux-Siciles. Paris: Badouin Frères.‍1821): 23, 69, 71,; Journal des Débats, 20-1-1823: 3; Martignac (Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.‍1832): 307, 385.

[68]

Pradt (Pradt, D. de (1820). De la révolution actuelle en Espagne, et de ses suites. Paris: Béchet.‍1820): 201.

[69]

Duvergier de Hauranne (Duvergier de Hauranne, P. (1824). Coup d’oeil sur l’Espagne. Paris: Baudoin Frères.‍1824): 7; Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.‍1838): 34.

[70]

Martignac (Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.‍1832): 100, 395.

[71]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.‍1838): 61.

[72]

La Renommée, 18-3-1820, n.º 247.

[73]

Nagy (Nagy, L. (2018). Les premiers échos du pronunciamiento de 1820 dans la presse parisienne. El Argonauta Español, 15. Disponible en: https://doi.org/10.4000/argonauta.2726‍2018): 10.

[74]

Malandain (Malandain, G. (2000). La conspiration solitaire d’un ouvrier théophilanthrope: Louvel et l’assassinat du Duc de Berry en 1820. Revue Historique, 302, 2 (604), 367-393. Disponible en: https://www.jstor.org/stable/40956653‍2000): 367-‍393 y (Malandain, G. (2011). L’introuvable complot. Attentat, enquête et rumeur dans la France de la Restauration. Paris: EHESS.‍2011).

[75]

Spitzer (Spitzer, A. B. (1971). Old Hatreds and Young Hopes. The French Carbonari against the Bourbon Restoration. Cambridge: Harvard University Press.‍1971): 18.

[76]

Bluche (Bluche, F. (1984). El bonapartismo. México DF: Fondo de Cultura Económica.‍1984): 56-‍58.

[77]

Guizot (Guizot, F. (1858). Mémoires pour servir à l’histoire de mon temps. Paris: Michel Lévy frères.‍1858): 235.

[78]

Spitzer (Spitzer, A. B. (1971). Old Hatreds and Young Hopes. The French Carbonari against the Bourbon Restoration. Cambridge: Harvard University Press.‍1971): 43.

[79]

Vaulabelle (Vaulabelle, A. T. de (1858). Histoire des deux restaurations. Paris: Perrotin.‍1858): VI, 122.

[80]

Bruyère-Ostells (Bruyère-Ostells, W. (2006). Réseaux maçonniques et para-maçonniques des officiers de la Grande Armée engagés dans les mouvements nationaux et libéraux. Cahiers de la Méditerranée, 72, 153-169.Disponible en: https://doi.org/10.4000/cdlm.1166‍2006): 9.

[81]

Calmette (Calmette A. (1913). Les Carbonari en France sous la Restauration, 1821-1830 (suite). La Révolution de 1848. Bulletin de la Société d’histoire de la Révolution de 1848, 10 (56), 117-137. Disponible en: https://doi.org/10.3406/r1848.1913.1516‍1913): 117.

[82]

Spitzer (Spitzer, A. B. (1971). Old Hatreds and Young Hopes. The French Carbonari against the Bourbon Restoration. Cambridge: Harvard University Press.‍1971): 7-‍8.

[83]

Bluche (Bluche, F. (1984). El bonapartismo. México DF: Fondo de Cultura Económica.‍1984): 56-‍58. Conf. Spitzer (Spitzer, A. B. (1971). Old Hatreds and Young Hopes. The French Carbonari against the Bourbon Restoration. Cambridge: Harvard University Press.‍1971): 77-‍143.

[84]

Spitzer (Spitzer, A. B. (1971). Old Hatreds and Young Hopes. The French Carbonari against the Bourbon Restoration. Cambridge: Harvard University Press.‍1971): 131. Simal habla en cambio de 60 000, cifra que parece más realista (Simal, J. L. (2012). Emigrados. España y el exilio internacional, 1814-1834. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.‍2012): 140.

[85]

Spitzer (Spitzer, A. B. (1971). Old Hatreds and Young Hopes. The French Carbonari against the Bourbon Restoration. Cambridge: Harvard University Press.‍1971): 278, 284.

[86]

Hobsbawm (Hobsbawm, E. (1963). Primitive Rebels. Studies in archaic forms of social movement in the 19th and 20th centuries. New York: Praeger.‍1963): 171-‍172.

[87]

Vaulabelle (Vaulabelle, A. T. de (1858). Histoire des deux restaurations. Paris: Perrotin.‍1858): VI, 121.

[88]

Le National, 22-9-1830.

[89]

Bruyère-Ostells (Bruyère-Ostells, W. (2006). Réseaux maçonniques et para-maçonniques des officiers de la Grande Armée engagés dans les mouvements nationaux et libéraux. Cahiers de la Méditerranée, 72, 153-169.Disponible en: https://doi.org/10.4000/cdlm.1166‍2006): 9.

[90]

Girardet (Girardet, R. (1998). La societé militaire, de 1815 à nos jours. Paris: Perrin.‍1998): 22-‍23.

[91]

Castells Oliván (Castells Oliván, I. (1989). La Constitución gaditana de 1812 y su proyección en los movimientos liberales europeos del primer tercio del siglo xix. Trocadero: Revista de Historia Moderna y Contemporánea, 1, 117-132. Disponible en: https://doi.org/10.25267/Trocadero.1989.i1.08‍1989): 125; Spitzer (Spitzer, A. B. (1971). Old Hatreds and Young Hopes. The French Carbonari against the Bourbon Restoration. Cambridge: Harvard University Press.‍1971): 294.

[92]

Bruyère-Ostells (Bruyère-Ostells, W. (2006). Réseaux maçonniques et para-maçonniques des officiers de la Grande Armée engagés dans les mouvements nationaux et libéraux. Cahiers de la Méditerranée, 72, 153-169.Disponible en: https://doi.org/10.4000/cdlm.1166‍2006): 1.

[93]

Cit. en Spitzer (Spitzer, A. B. (1971). Old Hatreds and Young Hopes. The French Carbonari against the Bourbon Restoration. Cambridge: Harvard University Press.‍1971): 63.

[94]

Ibid.: 60.

[95]

[D. V. T.] ([D. V. T.] (1820). Conspiration de 1820. Précis historique et réflexions. Paris: Marchands des Nouveautés.‍1820): 18; Nagy (Nagy, L. (2019). Les mots de l’insurrection sur les Pyrenées: chansons et proclamations séditieuses en circulation sur le cordon sanitaire durant le Trienio Liberal. Historia Constitucional, 20, 545-583. Disponible en: http://dx.doi.org/10.17811/hc.v0i20‍2019); Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1861d). Discours sur la loi relative à l’emprunt de cent millions prononcéà la Chambre des Pairs le 15 mars 1823. Œuvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.‍1861d): 23.

[96]

Simal (Simal, J. L. (2012). Emigrados. España y el exilio internacional, 1814-1834. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.‍2012): 155-‍167.

[97]

Nagy (Nagy, L. (2014). L’émissaire de la charbonnerie française au service du Trienio Liberal. Historia Constitucional, 15, 223-254. Disponible en: http://dx.doi.org/10.17811/hc.v0i15.403‍2014): 230.

[98]

Nagy (Nagy, L. (2005). Les hommes d’action du parti libéral français et les révolutions européennes. En J. Y. Mollier, M. Reid y J. C. Yon (dirs.). Repenser la Restauration (pp. 45-57). Paris: Nouveau Monde Éditions.‍2005): 47, 50-‍51 y (Nagy, L. (2014). L’émissaire de la charbonnerie française au service du Trienio Liberal. Historia Constitucional, 15, 223-254. Disponible en: http://dx.doi.org/10.17811/hc.v0i15.403‍2014); Simal (Simal, J. L. (2012). Emigrados. España y el exilio internacional, 1814-1834. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.‍2012): 142.

[99]

Gauchais (Gauchais, J. (1832). Histoire de la conspiration de Saumur, mort du général Berton et de ses coaccusés, précis historique dedié aux patriotes de tous les pays. Paris: s/n.‍1832).

[100]

Port (Port, C. (1876). Dictionnaire historique, géographique et biographique du Maine-et-Loire. Paris: Dumoulin.‍1876): 233-‍234.

[101]

Spitzer (Spitzer, A. B. (1971). Old Hatreds and Young Hopes. The French Carbonari against the Bourbon Restoration. Cambridge: Harvard University Press.‍1971): 106.

[102]

Ibid.: 132; Simal (Simal, J. L. (2012). Emigrados. España y el exilio internacional, 1814-1834. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.‍2012): 155.

[103]

Debidour (Debidour, A. (1904). Le général Fabvier: sa vie militaire et politique. Paris: s/n.‍1904): 213-‍222; Stites (Stites, R. (2014). The Four Horsemen: Riding to Liberty in Post-Napoleonic Europe. Oxford: Oxford University Press.‍2014): 46.

[104]

Nagy (Nagy, L. (2014). L’émissaire de la charbonnerie française au service du Trienio Liberal. Historia Constitucional, 15, 223-254. Disponible en: http://dx.doi.org/10.17811/hc.v0i15.403‍2014): 237. Mémoire remis par le colonel Husson, de Tours, au lieutenant-général José O’Donnell [] Archives Nationales: F7 6664ª (dossier 1265c).

[105]

Bibliografía concentrada además mayoritariamente entre finales del xix y principios del xx. Estudios más recientes, como el de Fureix (Fureix, E. (2002). Un rituel d’opposition sous la Restauration: les funérailles libérales à Paris (1820-1830). Genèses, 46 (1), 77-100. Disponible en: https://doi.org/10.3917/gen.046.0077‍2002), se han aproximado a las prácticas políticas de la oposición liberal durante el periodo; por ejemplo, a través de sus ritos funerarios, a menudo excusa para concentraciones multitudinarias y demostración de fuerza.

[106]

Galotti (Galotti, A. (1820). Sicut erat in principio et nunc et semper, par M. Galotti. Paris: A. Lanoe.‍1820): 5 y (Galotti, A. (1831). Mémoires de A. Galotti, officier napolitain, condamné trois fois à mort. Paris: Moutadier.‍1831); Vegliante (Vegliante, J. C. (2000). Les Mémoires d’Antonio Galotti. En La traduction-migration. Déplacements et transferts culturels Italie-France XIXe−XXe siècles. Paris: L’Harmattan.‍2000).

[107]

Vaudoncourt (Vaudoncourt, F. G. (1835). Quinze ans d’un proscrit. Paris: Duffrey.‍1835, vol. 3): 135.

[108]

Duvergier (Duvergier, A. (1820a). Constitution politique de la monarchie espagnole; promulguée à Cadix, le 19 de mars 1812. Traduite de l’espagnol par Aimé Duvergier. Paris: Corréard.‍1820): «Préface», s/n.

[109]

Larroche (Larroche, E. (2013). L’expédition d’Espagne. 1823: de la Guerre selon la Charte. Rennes: Presses Universitaires de Rennes. Disponible en: https://doi.org/10.4000/books.pur.134844‍2013): 16-‍17.

[110]

Ibid.: 7.

[111]

Ibid.: 8-9.

[112]

Sánchez Montero (Sánchez Mantero, R. (1981). Los Cien Mil hijos de San Luis y las relaciones franco-españolas. Sevilla: Universidad de Sevilla.‍1981).

[113]

Chateaubriand (Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.‍1851): 2 y (Chateaubriand, F. R. de (1861b). Discours sur l’intervention en Espagne, prononcéà la chambre des pairs, en mai 1823. Œuvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.‍1861b): 30; Hugo (Hugo, V. (1862). Les Misérables. Paris: Pagnerre.‍1862): 2.ª parte, 194-‍195.

Bibliografia[Subir]

[1] 

Alcalá Galiano, A. (1886) [2008]. Memorias de D. Antonio Alcalá Galiano. Madrid: Visor.

[2] 

[Auvray], J. A. A. (1820). Réflexions sur la révolution d’Espagne, avec un commentaire historique, politique et critique de la Constitution des Cortès, par J. A. A***. s/l.

[3] 

Badía, J. F. (1991). Proyección exterior de la Constitución de 1812. Ayer, 1, 207-‍248.

[4] 

Basabe, N. (2012). Diez años de la Constitución de Cádiz en el debate político francés: 1814-‍1824. Historia Constitucional, 13, 23-‍27. Disponible en: http://dx.doi.org/10.17811/hc.v0il3.324.

[5] 

Bertier de Sauvigny, G. (1970). Metternich et la France après le congrès de Vienne. Paris: Hachette.

[6] 

Bluche, F. (1984). El bonapartismo. México DF: Fondo de Cultura Económica.

[7] 

Bruyère-Ostells, W. (2006). Réseaux maçonniques et para-maçonniques des officiers de la Grande Armée engagés dans les mouvements nationaux et libéraux. Cahiers de la Méditerranée, 72, 153-‍169.Disponible en: https://doi.org/10.4000/cdlm.1166.

[8] 

Calmette A. (1913). Les Carbonari en France sous la Restauration, 1821-‍1830 (suite). La Révolution de 1848. Bulletin de la Société d’histoire de la Révolution de 1848, 10 (56), 117-‍137. Disponible en: https://doi.org/10.3406/r1848.1913.1516.

[9] 

Castells Oliván, I. (1989). La Constitución gaditana de 1812 y su proyección en los movimientos liberales europeos del primer tercio del siglo xix. Trocadero: Revista de Historia Moderna y Contemporánea, 1, 117-‍132. Disponible en: https://doi.org/10.25267/Trocadero.1989.i1.08.

[10] 

Chateaubriand, F. R. de (1820). De l’Espagne. Le Conservateur, 29-1. Paris: Bureau du Conservaeur.

[11] 

Chateaubriand, F. R. de (1838/1851). Congrès de Vérone. Guerre d’Espagne. Négociations: colonies espagnoles. Paris : Delloye E. et V. Pénaud.

[12] 

Chateaubriand, F. R. de (1861a). Opinion sur le projet de loi relatif à la suspension de la liberté individuelle. Œuvres uvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.

[13] 

Chateaubriand, F. R. de (1861b). Discours sur l’intervention en Espagne, prononcéà la chambre des pairs, en mai 1823. Œuvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.

[14] 

Chateaubriand, F. R. de (1861c). Discours sur la loi relative à l’emprunt de cent millions, prononcéà la chambre des députés le 25 février 1823. Œuvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.

[15] 

Chateaubriand, F. R. de (1861d). Discours sur la loi relative à l’emprunt de cent millions prononcéà la Chambre des Pairs le 15 mars 1823. Œuvres complètes de Chateaubriand, vol. VIII: Politique. Opinions et discours. Paris: Académia.

[16] 

Chateaubriand, F. R. de (2004). Mémoires d’outre-tombe. Paris: Garnier.

[17] 

Debidour, A. (1904). Le général Fabvier: sa vie militaire et politique. Paris: s/n.

[18] 

Dufour, G. (2003). El primer liberalismo español y Francia. En E. La Parra y G. Ramírez Aledón (coords.). El primer liberalismo: España y Europa, una perspectiva comparada (pp. 125-‍136). Valencia: Biblioteca Valenciana.

[19] 

[D. V. T.] (1820). Conspiration de 1820. Précis historique et réflexions. Paris: Marchands des Nouveautés.

[20] 

Duvergier, A. (1919). Catéchisme politique de la constitution espagnole, applicable à toute constitution fondée sur les principes. Paris: A. Bobbé.

[21] 

Duvergier, A. (1820a). Constitution politique de la monarchie espagnole; promulguée à Cadix, le 19 de mars 1812. Traduite de l’espagnol par Aimé Duvergier. Paris: Corréard.

[22] 

Duvergier, A. (1820b). Pétition adressée à MM. les membres de la Chambre des Députés. Paris: A. Boucher.

[23] 

Duvergier de Hauranne, P. (1824). Coup d’oeil sur l’Espagne. Paris: Baudoin Frères.

[24] 

Fernández Sarasola, I. (2011). La Constitución de Cádiz. Origen, contenido y proyección internacional. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

[25] 

Fureix, E. (2002). Un rituel d’opposition sous la Restauration: les funérailles libérales à Paris (1820-‍1830). Genèses, 46 (1), 77-‍100. Disponible en: https://doi.org/10.3917/gen.046.0077.

[26] 

Galotti, A. (1820). Sicut erat in principio et nunc et semper, par M. Galotti. Paris: A. Lanoe.

[27] 

Galotti, A. (1831). Mémoires de A. Galotti, officier napolitain, condamné trois fois à mort. Paris: Moutadier.

[28] 

Gauchais, J. (1832). Histoire de la conspiration de Saumur, mort du général Berton et de ses coaccusés, précis historique dedié aux patriotes de tous les pays. Paris: s/n.

[29] 

Girardet, R. (1998). La societé militaire, de 1815 à nos jours. Paris: Perrin.

[30] 

Grégoire, H. (1814). De la constitution française de l’an 1814. Paris: A. Égron.

[31] 

Guizot, F. (1820). Du gouvernement de la France depuis la Restauration, et du ministère actuel, suivi de notes sur les révolutions d’Espagne, de Naples et du Portugal. Paris: Ladvocat.

[32] 

Guizot, F. (1858). Mémoires pour servir à l’histoire de mon temps. Paris: Michel Lévy frères.

[33] 

Haller, C. L. von (1820). De la constitution des Cortès d’Espagne, par M. de Haller, auteur de la Restauration des Sciences Politiques, traduit de l’allemand par lui-même. Paris: H. Nicolle.

[34] 

Hobsbawm, E. (1963). Primitive Rebels. Studies in archaic forms of social movement in the 19th and 20th centuries. New York: Praeger.

[35] 

Hobsbawm, E. (1987). Las revoluciones burguesas. Barcelona: Labor.

[36] 

Hugo, V. (1862). Les Misérables. Paris: Pagnerre.

[37] 

Lasteyrie, C. P. (1814). Constitution politique de la monarchie espagnole promulguée à Cadix le 19 mars 1812. Paris: Dentu.

[38] 

Lanjunais, J. D. Comte de (1821). Vues politiques sur les changemens à faire à la Constitution d’Espagne, afin de la consolider, spécialement dans le royaume des Deux-Siciles. Paris: Badouin Frères.

[39] 

Larroche, E. (2013). L’expédition d’Espagne. 1823: de la Guerre selon la Charte. Rennes: Presses Universitaires de Rennes. Disponible en: https://doi.org/10.4000/books.pur.134844.

[40] 

Malandain, G. (2000). La conspiration solitaire d’un ouvrier théophilanthrope: Louvel et l’assassinat du Duc de Berry en 1820. Revue Historique, 302, 2 (604), 367-‍393. Disponible en: https://www.jstor.org/stable/40956653.

[41] 

Malandain, G. (2011). L’introuvable complot. Attentat, enquête et rumeur dans la France de la Restauration. Paris: EHESS.

[42] 

Martignac, J. B. S. G. de (1832). Essai historique sur la révolution d’Espagne et sur l’intervention de 1823, par M. le vicomte de Martignac. Paris: A. Pinard.

[43] 

Nagy, L. (2005). Les hommes d’action du parti libéral français et les révolutions européennes. En J. Y. Mollier, M. Reid y J. C. Yon (dirs.). Repenser la Restauration (pp. 45-‍57). Paris: Nouveau Monde Éditions.

[44] 

Nagy, L. (2014). L’émissaire de la charbonnerie française au service du Trienio Liberal. Historia Constitucional, 15, 223-‍254. Disponible en: http://dx.doi.org/10.17811/hc.v0i15.403.

[45] 

Nagy, L. (2018). Les premiers échos du pronunciamiento de 1820 dans la presse parisienne. El Argonauta Español, 15. Disponible en: https://doi.org/10.4000/argonauta.2726.

[46] 

Nagy, L. (2019). Les mots de l’insurrection sur les Pyrenées: chansons et proclamations séditieuses en circulation sur le cordon sanitaire durant le Trienio Liberal. Historia Constitucional, 20, 545-‍583. Disponible en: http://dx.doi.org/10.17811/hc.v0i20.

[47] 

Núñez de Taboada, E. (1814/1820). Constitution politique de la monarchie espagnole, promulguée à Cadix le 19 mars 1792 (sic), précédée du Rapport de la Commission des Cortès chargée de présenter le Projet de Constitution, traduit de l’Espagnol en Français par E. Núñez de Taboada, Directeur de l’Interprétation générale des langues. Paris: Firmin Didot.

[48] 

Núñez de Taboada, E. (1821). Constitution militaire de la monarchie espagnole, adoptée par les Cortès nationales de 1821. Paris: s/n.

[49] 

Port, C. (1876). Dictionnaire historique, géographique et biographique du Maine-et-Loire. Paris: Dumoulin.

[50] 

Pradt, D. de (1820). De la révolution actuelle en Espagne, et de ses suites. Paris: Béchet.

[51] 

Rouyer, C. M. (1814). Mon dernier mot, ou Lois, proclamations et déclarations suivant leur ordre chronologique, en réponse à plusieurs brochures qui ont paru depuis le 6 avril jusqu’au 20 mai; précédé de quelques maximes relatives à l’économie politique, et terminée par des notes. Paris: s/n.

[52] 

Sánchez Mantero, R. (1981). Los Cien Mil hijos de San Luis y las relaciones franco-españolas. Sevilla: Universidad de Sevilla.

[53] 

Simal, J. L. (2012). Emigrados. España y el exilio internacional, 1814-‍1834. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

[54] 

Simal, J. L. (2017). Circulación internacional de modelos políticos en la era posnapoleónica: cultura, debate y emulación constitucionales. Revista de Estudios Políticos, 175, 269-‍298. Disponible en: https://doi.org/10.18042/cepc/rep.175.09.

[55] 

Spitzer, A. B. (1971). Old Hatreds and Young Hopes. The French Carbonari against the Bourbon Restoration. Cambridge: Harvard University Press.

[56] 

Stites, R. (2014). The Four Horsemen: Riding to Liberty in Post-Napoleonic Europe. Oxford: Oxford University Press.

[57] 

Varela Suanzes-Carpegna, J. (1992). El liberalismo francés después de Napoleón (de la anglofobia a la anglofilia). Revista de Estudios Políticos, 76, 29-‍44.

[58] 

Vaudoncourt, F. G. (1835). Quinze ans d’un proscrit. Paris: Duffrey.

[59] 

Vaulabelle, A. T. de (1858). Histoire des deux restaurations. Paris: Perrotin.

[60] 

Vegliante, J. C. (2000). Les Mémoires d’Antonio Galotti. En La traduction-migration. Déplacements et transferts culturels Italie-France XIXe−XXe siècles. Paris: L’Harmattan.