Tras haber «abandonado» varios años el estudio del derecho monetario y financiero internacional por mi trabajo como letrado en el Tribunal de Justicia (con la salvedad de la unión bancaria europea), la lectura de la obra de Rafael Marín me ha devuelto una «felicidad perdida». He leído con avidez y sin descanso sus más de cuatrocientas páginas, que me han transportado a ese segmento técnico y peculiar del derecho internacional público, tan instructivo para su análisis por los iusinternacionalistas. Soberanía monetaria, moneda, tipo de cambio, estabilidad financiera global, criptomonedas, monedas digitales de bancos centrales, toda una danza de conceptos económicos a los que las normas jurídicas internacionales intentan «domesticar» (sin demasiado éxito) a través de un entramado multiforme de organizaciones internacionales, foros internacionales y standard setting bodies. Este entramado institucional genera un derecho mayoritariamente suave (soft law), que la obra que comentamos va destripando progresivamente y con mucho tino.

El libro comienza con un capítulo 0, llamado «Exposición de motivos: el sistema monetario y financiero internacional como origen de bienes y males públicos globales en un mundo polarizado, fracturado y ¿multipolar?». Le sigue un capítulo I, denominado «Introducción». Creo que todo el análisis se podría haber fusionado en un único capítulo introductorio para conseguir una mejor sistemática. Ahora bien, el autor presenta maravillosamente el tema y pone de relieve la importancia de la estabilidad financiera internacional como bien público global de enorme trascendencia para fomentar el respeto de la democracia, los derechos humanos, el Estado de derecho e, incluso, la paz y seguridad internacionales. También descubre las dificultades para asegurar esta estabilidad monetaria y financiera internacional en un mundo en el que el poder económico está cambiando con el ascenso de China y de los países asiáticos, así como en un contexto de innovación tecnológica que está modificando radicalmente el funcionamiento de los mercados financieros (criptomonedas, monedas digitales de bancos centrales, Fintech, etc.).

Como anuncia claramente el autor en la introducción, su investigación se divide en dos grandes partes, a las que se dedican los capítulos II y III, que constituyen los elementos centrales de la obra.

El capítulo II analiza la dimensión institucional del sistema monetario y financiero internacional en los tres primeros apartados, contraponiéndolo con la mucho más institucionalizada integración monetaria y financiera de la UE. Primero se describen los numerosos grupos informales que interactúan en este ámbito, con los que los Estados han querido debilitar el poder de las organizaciones internacionales competentes en esta materia. Se estudian el G-7/8, el G-10 y el más novedoso G-20, así como el Consejo de Estabilidad Financiera, que ha pretendido coordinar el trabajo regulatorio de los abundantes standard setting bodies que operan en el ámbito financiero internacional (desde el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea hasta la Organización Internacional de Comisiones de Valores, pasando por el Grupo de Acción Financiera Internacional o el Comité sobre el Sistema Financiero Global). Seguidamente se describen el funcionamiento y las competencias de una organización internacional muy técnica y poco conocida, pero con mucha relevancia, como es el Banco de Pagos Internacionales, para luego aterrizar en el estudio del Fondo Monetario Internacional (FMI), que es la organización internacional con más capacidad de influir en el sistema monetario y financiero internacional. Su estructura, su funcionamiento y sus funciones son examinadas con precisión.

Como decía, el capítulo II contiene un último y largo apartado cuarto, que se dedica a los desarrollos institucionales de la integración monetaria y financiera europea tras la Gran Recesión de 2008. Este apartado creo que es el menos conseguido de la obra. No se conecta bien con los tres apartados precedentes del capítulo II, y se analizan algunos de los desarrollos institucionales de la UE que han completado la unión económica y monetaria tras la gran crisis de 2008, en especial, los tres pilares de la unión bancaria. Pero se incluyen también algunos puntos que no tienen carácter institucional, como es el caso de la propuesta de euro digital. También se menciona la unión de los mercados de capitales, pero no se aborda luego su análisis.

El capítulo III se dedica al estudio detallado de las especificidades normativas que se producen en el ámbito de las relaciones monetarias y financieras internacionales. El autor realiza un esfuerzo encomiable por sistematizar los diferentes tipos de normas y actos generados por el entramado institucional del sistema monetario y financiero internacional, intentando determinar sus efectos jurídicos. Desde la costumbre hasta las normas convencionales, pasando por los principios generales, los actos de las organizaciones internacionales, los actos unilaterales, los actos concertado no convencionales y las variadas normas de soft law (especialmente las normas técnicas monetarias y financieras). Las problemáticas jurídicas que se plantean son muy variadas y de gran interés para el desarrollo del derecho internacional público.

La obra se cierra con cinco conclusiones que sintetizan el análisis desarrollado por el autor. La estabilidad monetaria y financiera es un bien público global, bien protegido ya en el derecho de la UE, pero aún con protección insuficiente en el derecho internacional. La actual arquitectura monetaria y financiera internacional, con predominio del dólar estadounidense, no está acompasada con la evolución reciente de la economía internacional en la que China y los BRICS van ganando peso. El tejido institucional del sistema monetario y financiero internacional tiene una gobernanza deficiente, porque carece de un centro de poder claro y sufre de la proliferación de múltiples foros informales y standard setting bodies. El sistema institucional de la UE en materia económica y financiera sí se ha fortalecido notablemente con la unión económica y monetaria y con la unión bancaria. Los procedimientos de nomogénesis constituyen un laboratorio de modernidad jurídica de enorme interés para la evolución de los procedimientos de creación de normas del derecho internacional.

El profesor Marín Aís se ha atrevido a zambullirse en las normas aplicables al sistema monetario internacional y, también, en las que rigen la unión monetaria y la unión bancaria de la UE. En la Universidad de Granada contaba con la base de numerosos trabajos elaborados por otros compañeros (en especial, el profesor Hinojosa Martínez y yo mismo). Me alegro mucho de que haya decidido recorrer esa senda y de que haya alumbrado una monografía tan interesante. Recomiendo vivamente su lectura a todos los iusinternacionalistas y personas interesadas en conocer el funcionamiento del sistema monetario y financiero internacional y su regulación jurídica. Aprenderán mucho y no saldrán defraudados con su lectura, que se realiza con facilidad por la excelente redacción que tiene.