Control de constitucionalidad y límites al poder de reforma constitucional en América Latina. Un análisis comparativo de la evolución jurisprudencial de los máximos tribunales en Argentina y Colombia

Palabras clave
control de constitucionalidad
Reforma constitucional
Argentina
Colombia
urisdicción Constitucional.
Resumen
En América Latina el control de constitucionalidad está en manos de los jueces e implica hacer prevalecer las normas de la Constitución Nacional sobre el resto del ordenamiento jurídico y, en consecuencia, hacer efectivo el principio de la supremacía constitucional. Pero ¿qué sucede cuando la norma controlada es parte al mismo tiempo de la norma controlante? ¿Puede reputarse inconstitucional una disposición incorporada en el texto de la Constitución Nacional a través de una reforma constitucional? En otras palabras, ¿puede un juez (poder constituido) controlar lo actuado por la Convención Constituyente (poder constituyente)?

En el presente trabajo se analizarán estas cuestiones a partir del análisis comparativo de los modelos jurisprudenciales nacidos a raíz de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Argentina y de la Corte Constitucional en Colombia. Mientras en este último caso, la propia Constitución reconoce la facultad de la Corte Constitucional para controlar las reformas de la Constitución (arts. 241 y 379), existiendo en la práctica numerosos pronunciamientos de este tribunal, mientras que en Argentina la Carta Magna nacional nada dice al respecto y solo encontramos tres pronunciamientos del máximo tribunal nacional en los cuales fue cambiando su postura sobre este complejo asunto.

El objetivo será entonces comparar ambos modelos centrando el análisis en los argumentos esgrimidos por uno y otro tribunal a la hora de ejercer (o no) un control sobre la labor del poder constituyente derivado o reformador.
Keywords
Constitutional Control; Constitutional Reform; Argentina; Colombia; Constitutional
Abstract
In Latin America, constitutional review is exercise by the judiciary branch and seek to ensure the dispositions of the National Constitution over the rest of the legal system in order to give effect to the principle of constitutional supremacy. But what happens when the controlled norm is at the same time, the controlling norm? Is it possible to declare unconstitutional a provision incorporated in the constitutional text through a constitutional reform? In other words, Can a judge (part of the constituted power) exert control over the Constitutional Convention (the constituent power)?

This paper intends to address these issues from a comparative analysis of the jurisprudential models born from the judicial decisions of the Argentine Supreme Court and the Colombian Constitutional Court. While in this last case, the Constitution itself recognizes the faculty of the Constitutional Court to control the Constitutional dispositions (sections 241 and 379), and consequently, there are numerous judicial pronouncements of this Court, in Argentina the Constitutional Charter does not say anything at all on the matter, and we can find only three pronouncements, in which the Supreme Court was changing its position regarding this complex matter.

The main aim is to compare these two models focusing the analysis on the

arguments put forward by both Courts in exerting (or not) their control over the

production of the constituent power