Sufragio y discapacidad. Notas sobre el régimen de votación de las personas discapacitadas

Palabras clave
Sufragio, derecho de voto, elecciones, discapacidad, régimen electoral, votación
Resumen
El objetivo de este trabajo es ofrecer una visión primera y general sobre la forma en que las personas especialmente vulnerables pueden votar hoy día en España. Con este fin se toma como punto de partida una rápida panorámica sobre el régimen de votación vigente en nuestro país, es decir, sobre las normas que rigen en la actualidad la emisión del voto en España, tras lo cual se examinan de forma específica las cuatro grandes líneas normativas en que se concreta el voto de este grupo de personas: las normas que facilitan el uso de los procedimientos ordinarios de votación (directo y a distancia) por parte de las personas con problemas de desplazamiento; el procedimiento especial de votación directa de las personas que, por discapacidad, no pueden votar por sí mismas; el procedimiento especial de voto directo de los invidentes usuarios del lenguaje braille; y el procedimiento especial de votación a distancia de las personas que se hallan en una situación de incapacidad que les impide formular personalmente la correspondiente solicitud. Finaliza el trabajo con unas breves consideraciones críticas de carácter conclusivo.
Keywords
Suffrage, voting rights, elections, disability, electoral law, voting
Abstract
This paper provides a general view about how especially vulnerable people are able to vote nowadays in Spain. It begins with a brief overview of the general regime governing voting in Spain and how votes are emitted. It then examines the normative guidelines affecting the vote for the disabled in more specific detail: access for voters with special mobility needs (direct or by post); special procedures of direct voting for disabled people unable to vote unaided; special procedures enabling the blind to use using braille so they can vote directly; and the special procedure for remote voting by persons whose disablement prevents them from personally filing the corresponding application. Finally, by way of conclusion the paper adds some critical considerations.