Reforma constitucional y derechos sociales: la necesidad de un nuevo paradigma en el derecho público español

Palabras clave
Reforma constitucional
derechos sociales
derechos subjetivos
reversibilidad de los derechos
presupuesto público.
Resumen
La crisis económica, social y política en que nos hallamos ha generado la idea de que haría falta una reforma de la Constitución española. Frente a la doctrina tradicional y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional español, según las cuales los derechos sociales no constituyen derechos directamente aplicables sino meros principios orientadores, van ganando peso otras opiniones doctrinales que insisten en la necesidad de reforzar su carácter de derechos subjetivos. Si bien puede ser preciso un cambio en la letra del texto constitucional, debería tenerse en cuenta que ha sido sobre todo la concepción doctrinal preponderante sobre los derechos sociales en España y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional las que han conducido a la situación actual. Este artículo propone las posibles líneas básicas de una nueva lengua de los derechos sociales que permita una protección de estos acorde con los estándares internacionales y con lo que se está llevando a cabo en países de nuestro entorno.
Keywords
Constitutional reform; social rights; subjective rights; regression; public budget.
Abstract
The economic, social and political crisis has created the idea that we need a reform of the Spanish Constitution. Given the traditional jurisprudence and the case law of the Constitutional Court, according to which social rights are not directly enforceable rights but mere political mandates, some other opinions consider that we need to strengthen their character of subjective rights. Considering that the dominant conception of social rights and the constitutional case law have created the current situation, a simple change in the letter of the Spanish constitution could not be enough. This article proposes the main lines for a new language of social rights that assures the protection of social rights, following international standards and foreign experiences.