Censura colateral y proceso eficiente: efecto horizontal de la libertad de expresión en el ámbito digital

Palabras clave
Efecto horizontal
Libertad de expresión
intermediarios
censura colateral
proceso eficiente.
Resumen
Tanto el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han señalado el valor de la libertad de expresión no solo en las relaciones de verticalidad entre el Estado y el ciudadano, sino igualmente en las de carácter horizontalidad, requiriendo con ello una correcta ponderación de los intereses en juego a través del principio de proporcionalidad. La Directiva (UE) 2019/790, sin embargo, viene a desvincularse de esta ponderación a través del requerimiento de un mayor nivel de supervisión por parte de los intermediarios mediante técnicas de filtrado y con una redacción difusa de la norma que genera incentivos para el ejercicio de una censura colateral, con el consiguiente efecto desaliento. Frente a esta problemática, la delimitación de la responsabilidad del intermediario necesitaría de la implementación de mecanismos ponderativos respetuosos con la presunción de inocencia y el requerimiento de un conocimiento específico. Y ello a pesar de que implique una menor eficiencia en la identificación y eliminación de posibles infracciones, es decir, vinculando el alcance de su responsabilidad no solo con la necesidad de un proceso eficiente, sino fundamentalmente con el reconocimiento de la capacidad dialógica ciudadana con un efecto horizontal en la libertad de expresión para el establecimiento de espacios de no colaboración que eviten la censura colateral del intermediario.
Keywords
Horizontal effects; freedom of speech; internet service providers; collateral censorship; efficient process.
Abstract
Both the European Court of Human Rights and the Court of Justice of the European Union have highlighted the value of freedom of speech not only in vertical relations between States and citizens, but also in horizontal relations through the proportionality principle. Directive (EU) 2019/790 by means of emphasizing the need for an efficient process has increased the requirements for the safe harbour, that is, to be considered neutral actors and avoid liability intermediaries must implement a higher level of supervision on content uploaded through filtering techniques that generates incentives for collateral censorship causing chilling effects on freedom of speech. Faced with this problem, the scope of internet service providers’ liability should be delimited according to the due process rights and the requirement for specific knowledge even if this implies less efficiency to block infringing content. In other words, internet service providers’ liability would be justified not only on the need for efficiency, but fundamentally on the recognition of citizens’ dialogical capacity linked to the horizontal effect of freedom of speech to promote creativity and avoid collateral censorship on the internet.