La articulación de la soberanía digital en el marco de la Unión Europea

Palabras clave
Soberanía digital
modelo digital europeo
fundamento
concepto
naturaleza jurídica.
Resumen
La soberanía digital europea constituye, desde hace algún tiempo, el núcleo de un discurso político, institucional y doctrinal que se ha trasladado, asimismo, al ámbito normativo, de manera que se está convirtiendo en un componente estructural, funcional y axiológico del modelo digital europeo. Al igual que su antecedente en el mundo físico, se trata de una categoría controvertida por distintos motivos que justifican la necesidad y el interés de su análisis. El primero atiende al contexto mismo en el que ha de operar —el digital— donde convive con un concepto aparentemente similar, pero distinto, que es el denominado principio de soberanía cibernética. En segundo término, se plantea el dilema de su fundamento respecto del que no existe acuerdo en el marco europeo. En tercer lugar, se identifica una problemática conceptual de fondo a la que se suman tanto una relativa imprecisión terminológica como la presencia de diversas propuestas de definición que ilustran, asimismo, sobre la ausencia de consenso al respecto. Finalmente, se encuentra la cuestión de su naturaleza, cuyo examen permite identificar algunos parámetros básicos para la comprensión de la soberanía digital europea como categoría normativa.
Keywords
Digital sovereignty; European digital model; foundation; concept; legal nature.
Abstract
institutional and doctrinal debate that has also been transferred to the normative sphere in such a way that it is becoming a structural, functional and axiological component of the European digital model. As in the case of its precedent in the physical world, this is a controversial category for various reasons which justify the need and interest for its analysis. The first reason relates to the context itself in which digital sovereignty has to operate —the digital one— where it coexists with an apparently similar but different concept, which is the so-called principle of cyber sovereignty. Secondly, a problem arises regarding its basis, on which there is no agreement within the European framework. Thirdly, there is a fundamental conceptual issue, which is aggravated by a relative lack of terminological precision and the presence of various proposals for definitions, which also illustrate the lack of consensus on the subject. Finally, there is the question of its nature, whose analysis helps to identify some basic parameters for the understanding of European digital sovereignty.